Corte porteña exige sacar a músicos de las calles de Viña
VIÑA DEL MAR. Tribunal de alzada falló a favor de vecino de la calle Valparaíso que reclamó por ruidos molestos y ordenó que se utilizara la fuerza pública.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó al municipio de Viña del Mar que denuncie "efectivamente" a quienes infrinjan la ordenanza sobre ruidos molestos en las calles de la ciudad y que requiera el auxilio de la fuerza pública de Carabineros si es necesario para hacerla cumplir.
El tribunal porteño falló a favor -en parte- de Héctor Cifuentes, vecino del sector y abogado con oficina en el edificio El Escorial, ubicado a un costado de la calle Valparaíso, en el recurso de protección que presentó en marzo de este año contra el municipio, Carabineros de Chile, la Seremi de Salud, la Seremi de Medio Ambiente, la Superintendencia de Medio Ambiente y contra quien resultara responsable. El motivo de la acción judicial radicaba en la molestia constante que argumentó el profesional por los ruidos molestos que ocasionarían a diario algunos músicos callejeros en horarios de oficina.
Medidas pertinentes
El municipio, hace algunas semanas, presentó una nueva ordenanza que regulará la actividad musical en las calles de Viña del Mar y que estipula que quienes quisieran tocar música en espacios públicos tendrán que postular para hacerlo, entre otras medidas de control. Sin embargo, este reglamento aún no entra en vigencia (ver recuadro).
Si bien el tribunal de alzada porteño acogió la solicitud respecto del municipio, no lo hizo frente a las otras cuatro instituciones nombradas. En concreto, la Corte dijo que el municipio "deberá proceder a adoptar de inmediato las medidas pertinentes para cumplir con su obligación en cuanto a denunciar efectivamente a los infractores a la ordenanza sobre ruidos molestos que se ubican en los espacios públicos del centro de la ciudad de Viña del Mar, señalados por el recurrente, requiriendo el auxilio de Carabineros de Chile en su caso, e informando a esta Corte de las medidas adoptadas para el ejercicio efectivo de su función, en aras a hacer cesar los ruidos molestos que perturban el derecho del recurrente a vivir en un medio ambiente libre de contaminación".
"Alta importancia"
Cifuentes comentó que esta sentencia es "de la más alta importancia", pues reconoció que lo han llamado colegas "de diversas partes del país interesados en el tema, porque resuelve un debate muy vital entre la libertad de expresión, que cede frente a un bien colectivo como es la defensa del medio ambiente libre de contaminación acústica en los espacios públicos como las plazas y veredas. Abre por primera vez en la historia del país el recurso de protección a este delicado tema, que las personas puedan transitar, permanecer y vivir sin que otras se apropien de ese espacio que nos pertenece a todos y lo usen como su sala priva de espectáculos, destruyendo la vida normal con ruidos, música, prédicas, bombos, etcétera, a todo volumen sin consideración a los demás".
Agregó que "la autoridad reconoce que no está cumpliendo su deber. La sentencia contiene un reproche muy enfático a lo que llama 'la renuncia de la autoridad y al derecho", explica que una dejación como esa, propicia la autotutela o la ley del más fuerte, lo que representa el summum de lo arbitrario en un estado de derecho, máxime si proviene de una autoridad que tiene la posibilidad de contar con el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir la normativa", y dijo también que "no es necesario que una persona específica sea la afectada para que se pueda solicitar su protección por las demás, lo que tiene consecuencias extraordinaria".
Municipio acatará fallo
Aunque cinco días después del fallo porteño la Municipalidad de Viña del Mar apeló la sentencia y la causa se elevó a la Corte Suprema bajo el siguiente argumento expresado por el municipio: "El hacer cumplir la ordenanza depende de la cooperación y acción conjunta con Carabineros de Chile y no es de exclusivamente del municipio ejercer esa labor (...) "Se ha dicho, en miles de fallos, que la Municipalidad, ya sea a través de Seguridad Ciudadana o de sus Inspectores, carece de fuerza coercitiva ni de la facultad de mantener el orden público mediante la fuerza, como lo pretende la Ilustre Corte de Apelaciones", ayer, al mismo tiempo que este Diario consultaba al municipio sobre el tema, la administración consistorial decidió desistir de la apelación realizada.
Desde el municipio dijeron que "esta sentencia explicita las medidas que el municipio debe ejecutar y obliga a cursar las infracciones por ruidos molestos y a requerir el apoyo de Carabineros de Chile. Se debe esperar que se encuentre ejecutoriada (la sentencia) para ejercer de inmediato todas las acciones necesarias y así dar cumplimiento a lo resuelto por la Corte de Apelaciones".
Ordenanza regirá en próximos días
Aunque la nueva ordenanza municipal que regulará al comercio ambulante y a los músicos callejeros -estos serán evaluados por el Departamento de Cultura de la Municipalidad de acuerdo a un reglamento que medirá calidad, credibilidad, factibilidad técnica de realizarse en la vía pública, impacto vial y ambiental por contaminación acústica, entre otros- ya fue aprobada por el Concejo Municipal el 8 de junio, aún no está en vigencia. El municipio dijo que "en los próximos días se dictará el decreto alcaldicio que aprobó dicha normativa, la que ha seguido el trámite administrativo correspondiente".
"Se debe esperar que se encuentre ejecutoriada (la sentencia) para ejercer de inmediato todas las acciones necesarias y así dar cumplimiento a lo resuelto por la Corte de Apelaciones"
Municipalidad de, Viña del Mar"