Pamela Boltei
Esta semana se conoció de la investigación que realiza el Ministerio Público por el presunto delito de tráfico de inmigrantes, caso en el que se incluyeron escuchas telefónicas al actual presidente del Senado, Andrés Zaldívar.
El abogado Juan Carlos Manríquez, quien ha asesorado a parlamentarios respecto de las consecuencias de este caso y también al Senado en otras situaciones, como en el caso "Copy paste", explica la legalidad de realizar escuchas telefónicas en la actualidad y habla de los posibles efectos tras los cuestionamientos que hoy existen al rol y actuar de la Fiscalía y del Senado.
- ¿Es legal la grabación al presidente del Senado, Andrés Zaldívar, considerando el delito que se investiga?
- Hay que hacer distingos necesarios para no equivocarse. Para que se haga una escucha -que es una medida intrusiva que afecta derechos y garantías fundamentales del potencial imputado y de terceras personas- se requiere convencer a un juez de garantía que se tienen antecedentes serios, que la medida es indispensable y que el delito tiene asignada una pena teórica de crimen. Todo se tramita en reserva, se ordena un secreto ubérrimo y si se trata de ciertos delitos (de acuerdo a la Convención Internacional contra la corrupción funcionaria, lavado de activos o trata y tráfico ilícito de personas) la causa ni siquiera debe figurar en el sistema informático de libre acceso del Poder Judicial, según ordenan las reglas del Protocolo de Palermo (I y II). Además, Chile suscribió esa Convención y hace algunos años creó un delito de trata y tráfico ilícito de personas en el Código Penal, para cuya investigación pueden usarse todas las técnicas para indagar el crimen organizado, en especial las interceptaciones, pero no se exige pena de crimen. En ese contexto, y si es como se ha dicho, que se indaga a un tercero, no a un parlamentario aforado, como partícipe de un posible tráfico ilegal de personas, la escucha estaba pedida y concedida legalmente. Ahora bien, la información que se autorizó obtener por esa vía era sólo la pertinente a ese delito de trata de personas, no otra. Toda otra información de cualquier otro hecho impertinente a ese caso no puede ser usada en un juicio, pues sería prueba ilegal, ya que se habría violado la privacidad sin orden judicial específica.
- ¿Es posible la tesis del error en subir la información al portal o podría tratarse de otra cosa?
- Es posible. Siempre pueden ocurrir errores de procedimiento informático al ingresar estas peticiones o no bloquearlas de acuerdo al protocolo, y eso, entiendo, es materia de indagación administrativa ordenada por la Corte Suprema.
- ¿Qué implicancias puede traer esto para el Senado como institución, como poder del Estado, y para sus representantes?
- Sea el Senado o cualquier persona, hay que considerar que la afectación de derechos fundamentales debe ser la última ratio de toda posible vía para obtener información relevante a un caso, debe pedirse y otorgarse con extremo cuidado, con fundamentos muy serios. Una vez obtenida, todo lo que se colecte desde la privacidad de alguien que sea impertinente al caso que motivó la escucha debe ser procesado, expurgado de los informes policiales y destruido. De otro modo, el ciudadano podría quedar completamente expuesto a todo tipo de injerencias indebidas y afectar su vida privada, honra o familia sin un motivo legal, generando un gran y grave prejuicio y perjuicio a su dignidad. Ahora, si se trata de posible información adicional sobre otros posibles delitos para los que no hubo orden, a falta de una fuente alternativa para esa evidencia; cuando no se trata de un hallazgo inevitable o la información no estaba a plena vista, no se puede usar. Es 'fruto del árbol prohibido', es evidencia obtenida con violación de garantías y, por tanto, nula. La Fiscalía y las partes, también los jueces, tienen la obligación de no introducir ni producir prueba ilegal en sus casos.
- El presidente de la Corte Suprema criticó que haya sido tan fácil intervenir el teléfono del presidente del Senado. ¿Coincide con ello? ¿Por qué ocurre?
- El presidente del máximo tribunal, con buen criterio, ha expresado la prudencia y mesura que se espera de todo juez profesional y serio, cuando de afectar los derechos fundamentales y la honra de las personas se trata. Manifestó el estándar esperable para dictar una medida intrusiva y en ello coincido con él.
- ¿Qué implicancias puede traer este caso para el Estado en sí, considerando que en este caso están involucrados la Fiscalía y el Poder Legislativo?
- Un desbalance serio, si no se respetan los frenos que la Constitución y los tratados ponen a los poderes de persecución penal. Sin control ni contrapesos no hay justicia.
- En caso de haber escuchas a otros senadores, ¿qué consecuencias podría traer aquello?
- Si las hay, habrá que estar muy atentos a cómo se obtuvieron y cómo y para qué se están usando.
- Al parecer habría otras conversaciones no vinculadas con el caso en la transcripción completa de las llamadas. ¿Qué puede ocurrir con ello? ¿Es viable utilizarlas si se identifican otros delitos y de qué depende?
- Me remito a lo que ya dije. Si así fuera, es evidencia de origen ilegal, nula y estéril.
- ¿Usted dice que esa información no podría ser usada para el caso "copy paste" u otro. ¿Por qué?
- Porque es efecto expansivo del pecado de origen: fruta envenenada.
- ¿Qué puede suceder en estos casos, donde el poder del Estado encargado de investigar y condenar delitos está involucrado e investigado, por un lado, con los cuestionamientos al actuar de la Fiscalía y, por otro, con los dichos del presidente de la Corte Suprema?
- Se indagan hechos preliminares de un posible error de procedimiento interno por lo que se ha dicho, no se investiga al Poder Judicial. Por tanto, hay que hacer con calma y prudencia todas las diligencias sin adelantar juicios.
"Si es como se ha dicho, que se indaga a un tercero, no a un parlamentario aforado, como partícipe de un posible tráfico ilegal de personas, la escucha estaba pedida y concedida legalmente""
"Un desbalance serio, si no se respetan los frenos que la Constitución y los tratados ponen a los poderes de persecución penal. Sin control ni contrapesos no hay justicia""