| Usted está en : Portada : Guía de Tramites | Miércoles 2 de junio de 2004 |
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En qué consiste:
Es un trámite de modificación de destino de un bien raíz, que se debe realizar cuando se produce un cambio de destino, por ejemplo de vivienda a comercial.
Dirigido a quienes:
Propietario del bien raíz.
Qué requisitos se deben cumplir:
Que se haya producido un cambio de destino o uso del bien raíz., total o parcial.
Documentos requeridos:
Fundamentar la fecha en que se produjo el cambio de destino o uso.
Cuando el cambio afecte a parte del bien raíz, acompañar croquis a escala de la propiedad, indicando superficie y destine de las construcciones y/o terreno.
Formulario Nº2118
Resolución aprobada de cambio de destino emitida por el organismo competente:
Bienes Raíces No Agrícolas: Municipalidad.
Bienes Raíces Agrícolas: Servicio Agrícola y Ganadero
Dónde lo puedo hacer:
A la Oficina del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a la ubicación de la propiedad. De lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.
De qué servicio depende: Servicio de Impuestos Internos (SII) |
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