Corte Suprema suspende por un mes a alcalde de La Calera
judicial. Confirma resolución por incumplir sentencia que le ordenó abstenerse de concretar demolición de inmueble.
La suspensión del empleo por un mes, con goce de medio sueldo, fue la sanción confirmada por la Corte Suprema contra el alcalde de La Calera, Eduardo Martínez Machuca, quien haciendo caso omiso de la resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en torno a un recurso de protección que se había presentado en su contra y que ordenaba abstenerse de amenazar y concretar la demolición del inmueble por el que mantenía una disputa con la Universidad de Aconcagua, ordenó dicha demolición que se concretó en marzo de 2012.
Caso
El caso se remonta al 6 de febrero de 2007, cuando la Corporación Universidad de Aconcagua celebró con la Municipalidad de La Calera un contrato por el cual esta última entregó en comodato al plantel el inmueble de su dominio, ubicado en avenida Latorre N° 180-182, estableciéndose, además, que el acuerdo contractual tendría una vigencia de 10 años a partir de la fecha de su otorgamiento.
El 23 de febrero del año 2011, la Corporación Universidad de Aconcagua recurrió de protección en contra de la Municipalidad de La Calera, representada por su alcalde, Eduardo Martínez, solicitando el cese de los actos arbitrarios e ilegales consistentes en la amenaza de demolición del citado inmueble que la recurrente usaba en calidad de comodataria, en virtud del contrato de comodato antes mencionado.
La Municipalidad había comunicado a la universidad el término del contrato de comodato y, posteriormente, le informó que procedería a la demolición del inmueble, ya que en ese lugar se construiría un Centro Cultural Municipal, cuyo proyecto también está cuestionado.
fallo clave
En abril de ese mismo año la Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó sentencia, acogiendo el recurso de protección rol N° 121-2011, señalando, entre otras consideraciones, que "la decisión unilateral de la recurrida (la Municipalidad) en orden a demoler las dependencias actualmente ocupadas por la Universidad de Aconcagua, constituye un acto ilegal que vulnera claramente el derecho de propiedad".
En la oportunidad el tribunal precisó que la recurrida debía "abstenerse de amenazar y concretar la demolición del inmueble, hasta que las dificultades de orden jurídico que puedan existir entre las partes derivadas del contrato de comodato se resuelvan en el procedimiento administrativo y/o judicial correspondiente".
Pese a ello, el 24 de febrero el alcalde ordenó el decreto de demolición.
"Acataré fielmente la sanción"
A través de una declaración pública, el alcalde de La Calera, Eduardo Martínez, se manifestó dispuesto a cumplir la sanción impuesta por la Corte Suprema, calificándsolo como parte de los sacrificios por dotar a la comuna de un edificio para un centro cultural. "Tengo la certeza de haber actuado correctamente en defensa de los intereses de la ciudadanía de La Calera y por tanto acataré fielmente la sanción impuesta por la Corte de Apelaciones de Valparaíso", explicó el jefe comunal. Agregó que ahora solo está a la espera que defina la fecha del periodo en que deberá cumplir la sanción impuesta por los tribunales de justicia.