Suprema y saqueos del 27/F: Estado de excepción limitó el actuar de militares
terremoto. Fallo concluyó que el Gobierno de la época cumplió su tarea, aunque el juez Sergio Muñoz no compartió el criterio.
En un fallo dividido, la tercera sala de la Corte Suprema rechazó ayer un recurso de casación presentado por un grupo de comerciantes de San Pedro de la Paz, en la Región del Biobío, que pretendía el pago de una indemnización por los destrozos y saqueos sufridos tras el terremoto y tsunami del 27 de febrero de 2010.
Los ministros consideraron en lo medular que el Estado cumplió su labor al dictar un estado de excepción, como hizo el entonces Gobierno de Michelle Bachelet el 28. Sin embargo, concedieron en que éste no implicaba que las Fuerzas Armadas se hicieran cargo en propiedad de la seguridad de las zonas afectadas por el sismo de 8,8 grados en la escala Richter.
Según el máximo tribunal, el Ejecutivo invocó la Ley 16.282, que fija disposiciones para casos de sismos o catástrofes, tal como se ha hecho desde 1990.
Los ministros establecieron que la situación hubiera sido diferente si se hubiera invocado la Ley Orgánica Constitucional de Estados de Excepción N° 18.415, dictada en 1985. En ella, la autoridad civil se subordina a la autoridad militar de un Jefe de Defensa Nacional, que debe nombrar el Presidente de la República.
En su fallo, los jueces también rechazaron una posible infracción por la eventual declaración tardía de estado de excepción constitucional, como alegan los demandantes y varias autoridades políticas de las regiones afectadas, que aseguran que las 48 horas que tardó en concretarse el decreto favorecieron la ocurrencia de saqueos y vandalismo.
Los ministros establecieron que esa es una facultad propia del Ejecutivo y ajena al control de la autoridad jurisdiccional, por lo que no es fiscalizable por los tribunales.
OPOSICIÓN DE MUÑOZ
La determinación fue adoptada con el voto a favor de los ministros Héctor Carreño y María Eugenia Sandoval; además de los abogados integrantes Emilio Pfeffer y Alfredo Prieto. En contra votó Sergio Muñoz.
El próximo presidente de la Corte Suprema consideró que era "indudable que ante la situación de catástrofe que afectó a la Región del Biobío (...) la autoridad civil tenía el deber de adoptar de manera inmediata el máximo de medidas extraordinarias" y "ciertamente tener presente la posible comisión de hechos delictuales, de lo que surge inmediatamente un deber de protección de la población y de prevención de tales ilicitudes".
Muñoz consideró como una "omisión" que el decreto presidencial no estableciera explícitamente la salida de las fuerzas castrenses a la calle. A su juicio, ello habría provocado "el restablecimiento más oportuno de la normalidad".
"En consecuencia, resulta ineludible concluir que en la especie hubo incumplimiento de los deberes de servicio contenidos en la ley", consideró.
CRÍTICAS DE LA UDI
El diputado UDI Jorge Ulloa insistió en que hubo "abandono del Estado" y aseguró que con el fallo "no se imparte justicia".
Su postura coincide con la de Jacqueline Van Rysselberghe, quien tuvo un activo rol en la emergencia, primero por su carácter de alcaldesa de Concepción y luego como coordinadora de la emergencia designada por el entonces Presidente electo Sebastián Piñera, y desde el 11 de marzo de 2010 como intendenta del Biobío.
La actual senadora electa expresó a este medio su sorpresa por la determinación y manifestó que era "curioso" que se resolviera tras la elección presidencial, donde resultó ganadora Michelle Bachelet.
Aunque reconoció que todavía no leía completo el fallo ni era una experta en la materia, consideró que "esta es una manera bastante olímpica del Poder Judicial de lavarse las manos. Es cosa de ver las imágenes para saber que el orden público estaba desbordado".
La siquiatra insistió en que "claramente hubo negligencia del Estado al no permitir que las Fuerzas Armadas salieran a restablecer el orden público".
Durante la campaña presidencial, Michelle Bachelet dijo en al menos dos ocasiones que ella le solicitó el mismo 27 de febrero a las autoridades militares que salieran a colaborar en la emergencia. Sin embargo, recordó que en el Biobío la institución coordinadora de esa tarea era la Armada, cuyas dependencias e infraestructura también fue duramente afectadas por el fenómeno natural.
La entonces Presidenta ha afirmado que en vista de ello le hizo la petición al Ejército, que salió con su unidad local y que los refuerzos tardaron dos días en llegar a esa zona a causa de los problemas de conectividad que afectaron al país y los daños a la propia infraestructura castrense.
Ayer, Van Rysselberghe reconoció que tras la emergencia los militares salieron a la calle, agregando que lo hicieron "los que estaban acá" pero "sin armas", sólo "como apoyo a la comunidad" y "sin hacer nada".
Van Rysselberghe añadió que la declaración de estado de excepción permitió que se decretara el toque de queda y en dos semanas se restableciera el orden público en esa región.
Aunque todavía restan los juicios orales contra ex colaboradores del Gobierno anterior, la senadora electa consideró que tras la reelección de Bachelet y los informes de dos comisiones de la Cámara de Diputados, "el tema ya está medio agotado".
Los demandantes de San Pedro de la Paz
La decisión de la Corte Suprema refrendó lo que ya había establecido el tercer juzgado civil de Concepción y la Corte de Apelaciones de dicha ciudad. El recurso de indemnización de perjuicios contra el fisco de Chile había sido interpuesto por Rebeca Campos Herrera, Jacqueline Inostroza Ríos, Verónica, Casanueva Hitschfeld, Sociedad Lavaseco Firenze Limitada y Sociedad Comercial y Transportes Jahr Limitada.
"Ante la situación de catástrofe (...) la autoridad civil tenía el deber de adoptar de manera inmediata el máximo de medidas extraordinarias"
Juez Sergio Muñoz
Ministro de la Corte Suprema
"Claramente hubo negligencia del Estado al no permitir que las Fuerzas Armadas salieran a restablecer el orden público (...) El tema ya está agotado"
Jacqueline Van Rysselberghe
Exintendenta del Biobío