El Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmó que presentó una denuncia ante la Fiscalía Oriente contra los hermanos Maxo y Alberto Calderón Crispín, excontroladores de Johnson"s y hoy ligados a la propiedad de Ripley, por un perjuicio de cerca de 22 millones de dólares.
Según un comunicado del Ministerio Público, a ambos se les investigará como presuntos autores de delito tributario de uso irregular del beneficio del artículo 14 bis de la Ley de Impuesto a la Renta.
Según la entidad, los Calderón habrían buscado "evitar el pago del impuesto correspondiente a la enajenación de 387 millones de acciones de Ripley, generando un perjuicio fiscal estimado inicialmente en $ 12.200 millones".
incompletas o falsas
La denuncia, dirigida en contra de las personas indicadas y de quienes resulten responsables, fue presentada en la Fiscalía el 28 de abril.
La norma invocada sanciona conductas como la presentación de declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que puedan inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda, o el empleo de otros procedimientos dolosos encaminados a ocultar o desfigurar el monto de las operaciones realizadas o burlar el impuesto.
El caso surgió a raíz de una fiscalización efectuada por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII. La auditoría especializada del SII habría evidenciado la existencia de operaciones de reorganización empresarial sin una razón de negocios y la constitución de sociedades instrumentales con un capital inicial de $ 100 mil.
La idea, según el SII, sería acoger esas operaciones a los beneficios del régimen de tributación simplificada del artículo 14 bis y recibir el mayor valor por la venta de 387 millones de acciones de la empresa Ripley Corp SA, para burlar el Impuesto a la Renta que generaría la operación.
Ordenan entregar datos de La Polar
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que ordenó al SII entregar información tributaria del Caso La Polar a Pablo Alcalde. El fallo determina que la entrega de esos datos no vulnera la reserva de información tributaria. El informe señala que "los planes de fiscalización y sobre la base de la medida para mejor resolver dictaminada por el CPLT, ha permitido arribar a la conclusión que no dan cuenta de datos patrimoniales que permitan configurar la tesis del secreto tributario; más aún, no se logra percibir un grado que genere un riesgo de que afecte las funciones del Servicio reclamante".