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Alumna de Santa María College gana concurso de ensayos "Deberes y derechos ciudadanos"

tesis. Anaiz Ibaceta sustenta que cualquier esfuerzo por hacer estos derechos propios empodera a la ciudadanía.
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Con el texto "Los deberes y derechos ciudadanos" que postula la tesis de que "deben aplicarse a partir de un principio de igualdad y quien debe velar por esto es el Estado con políticas públicas permanentes y el Gobierno como fiscalizador de que esto estos principios se cumplan", la alumna del primer año medio del Santa María College, Anaiz Alexandra Ibaceta Tapia, de la comuna de Santa María, fue la ganadora del concurso de ensayos cívicos en el que participaron seis establecimientos de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué, San Antonio, Quillota y San Felipe.

Organizado por la Secretaria Regional Ministerial de Justicia y por el Instituto Regional de la Juventud, la competencia estaba dirigida a estudiantes de educación media y buscaba potenciar la formación en los mencionados conceptos cívicos. Menciones honrosas recibieron Lisbeth Paz Apablaza Pinto, Alejandro Jorge Quiroz Olivares y Camila Victoria Estefania Maldonado Ávalos, del Liceo Bicentenario de Viña del Mar; y Pía Ignacia González Torres, del colegio Santa María de La Ligua.

preexistentes

En el ensayo "Los derechos y deberes ciudadanos", Anaiz Ibaceta parte explicando que "están adscritos originalmente a los Derechos Humanos, pero más antiguamente al Derecho Natural del Hombre que hacía referencia al deber que tenía éste de cumplir su compromiso con quienes lo rodeaban en una condición de siervo para y con los demás. Los deberes y derechos ciudadanos manifiestan sus principios formales en la declaración de Independencia de Estados Unidos (1776), planteando como bases fundamentales de dichos derechos; la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad".

"Estos derechos y estos deberes de alguna manera predeterminan la jurisdicción de un Estado, los conceptos propuestos en estos son preexistentes a la constitución de un país", señala y agrega: "Chile no es la excepción a la trascendencia de estas normas generales e internacionales, ni tampoco resulta ajeno para Chile el efecto que tiene esta universalidad en las distintas realidades en que se desenvuelven sus ciudadanos, principalmente bajo un contexto de desigualdad como la que existe hoy en Chile".

La alumna sostiene que "el que la noción fundamental de los derechos y deberes como ciudadanos no conciba la desigualdad social como un hecho, por obstruir el apropiado desarrollo de una cultura cívica, de alguna manera está negando la existencia de esta desigualdad presuponiendo que estos derechos y deberes se llevaran a cabo bajo las más idóneas condiciones, cosa que no sucede".

realidad local

Subraya que "el desarrollo de los derechos y deberes ciudadanos desde una perspectiva de desarrollo local y regional están supeditados a una condición altamente centralizadora de la gobernabilidad de Chile y la correcta implementación de sus políticas públicas y su énfasis en un desarrollo cultural, inclusive una mayor ocupación por la cultura cívica. Es por esto que bajo la mirada de una realidad local más bien provincial de San Felipe creo necesario plantear el enunciado de que la universalidad de los derechos y deberes ciudadanos terminan por anularnos en nuestra particularidad de individuos antes que como grupo social, condicionados por un contexto determinado".

Así, agrega, "como una tónica ya de la historia viene siendo que el desarrollo del pensamiento humano, específicamente desde la etapa en que se acoge como discurso absoluto a la Ilustración, el conocimiento se estructure bajo el ordenamiento de conceptos totalizadores, para así desarrollar los distintos ámbitos de la ciencia y la experiencia, como lo es la moral en representación universal de nuestra condición individual y la convivencia de esta individualidad con su entorno social y el compromiso que tiene con este entorno, y que finalmente hacen necesaria la adquisición de cierta noción cívica para el compartir diario con nuestros pares, esta moral la podemos medir a través de la legalidad de nuestro Estado, que se manifiesta en la Constitución de Chile, pero así como los derechos del hombre trascienden al Estado y a su legalidad, esta legalidad también a su vez existe independientemente de la persona a la que se le aplica".

"La legalidad con la que se rigen estos derechos y deberes se desarrolla desde la perspectiva del reconocimiento de un determinado sujeto-jurídico, por lo que terminan por borrarse diferencias fundamentales de acuerdo a cada contexto social existente en el país, a pesar de que el principio constitucional de la igualdad humana ordena que todas las personas deberán ser tratadas en la misma forma, sin que importen sus preferencias políticas o la religión a la cual pertenezcan (Fuster, J., 1992, pág. 47), pero sin embargo el que como ciudadanos estemos adscritos a estos deberes y derechos, no significa que gocemos de las mismas condiciones para acceder a estos mismos", sustenta.

brecha económica

"En Chile se evidencia una gran brecha socioeconómica entre los sectores que poseen el poder y quienes se someten a éste, una desigualdad que se va a replicar en todos los ámbitos que estén afectados por distintas condiciones económicas, sociales y culturales y en todos los ámbitos institucionales de Chile entre estos la jurisdicción", indica, y añade que "esto hace muy difícil poder visualizar la apropiación y buena utilidad de los derechos y deberes ciudadanos por las personas, por lo que el poder reivindicativo que ofrecen no se ve posible".

Estas desigualdades, subraya, "se manifiestan por ejemplo en la falta de espacios públicos en los sectores rurales para la convivencia de sus vecinos y los pocos espacios recreativos con los que cuentan no son utilizados de manera apropiada ni empoderadamente por sus habitantes, mientras que en los sectores urbanos se da mayor énfasis al resguardo de una diversidad cultural a partir de distintos espacios representativos para cada grupo, o en el caso de la Educación, si bien la existencia de ésta en ambos sectores está garantizada, la diferencia en la calidad es notable o en la diversidad de esta. También cabe mencionar la representación política en el sector rural ,de hecho hay menos escolaridad que en la ciudad, lo que limita el acceso de sus habitantes a cargos públicos, por lo que la representación política de estos lugares es casi nula, sin obviar las condiciones de calidad de vida como acceso a servicios básicos, situación de vulnerabilidad, etc., hecho que termina por afectar la convivencia de sus habitantes. Esta diferencia se genera en gran parte a causa de la escasa intervención de la autoridad local en estos lugares rurales en comparación con los urbanos, ya que los habitantes rurales no representan en su mayoría el perfil de población que vota".

cONCLUSIÓN

Al concluir su ensayo Ibaceta señala que "los derechos y deberes ciudadanos deben aplicarse a partir de un principio de igualdad, velando antes que todo porque este principio se cumpla, y quien debe velar por esto es el Estado con políticas públicas permanentes y el Gobierno como fiscalizador de que estos principios se cumplan a partir de una condición igualitaria para todas las personas".

" Existen asuntos y cuestiones que según nuestra Constitución y la Constitución de Estados Unidos no están sujetos a la voluntad de la mayoría. Los derechos fundamentales no están sujetos a tal voluntad. Se trata de unos derechos que están garantizados aun en contra del sentir de la mayor parte de la gente. Cualquier esfuerzo por hacer estos derechos propios será útil para un mejor uso de estos (Fuster, J., 1992, pág. 48)", indica.

Finalmente sostiene que "a partir de lo mencionado anteriormente, cualquier esfuerzo por hacer estos derechos propios será útil para un mejor uso de estos, incluso un cuestionamiento y crítica de estos podría garantizarnos una reivindicación en calidad de ciudadanos, de manera que nos posicionemos ante el poder empoderadamente y con exigencias válidas de acuerdo a nuestro propio contexto histórico, social, económico y cultural".