A poco más de dos años del suicidio de Ramón Castillo, alias Antares de la Luz, el líder de la secta pseudorreligiosa que en noviembre de 2012 dio muerte a un recién nacido en una hoguera de Colliguay, el Servicio Médico Legal fue requerido para realizar un examen considerado el símil de una "autopsia psicológica", que busca establecer si el sujeto se encontraba aquejado de un estado de delirio compatible con enajenación mental.
Así fue dado a conocer ayer en el Tribunal de Garantía de Quilpué, en la audiencia en que por quinta vez se otorgó un nuevo plazo de investigar en el bullado caso Secta de Antares, y en el que tanto Fiscalía como defensores y querellante estuvieron de acuerdo.
El examen post mórtem, denominado Informe en Base a Antecedentes, es crucial para que el tribunal quilpueíno considere si es posible aplicar sobreseimiento de los principales implicados en el caso, Pablo Undurraga, considerado hombre de confianza de Antares de la Luz y formalizado por homicidio calificado, y de Natalia Guerra, madre del bebé asesinado y formalizada por parricidio. Las defensas de ambos han argumentado que al momento del crimen se encontraban en un estado de delirio compartido, compatible con enajenación mental, y sometidos al arbitrio de un líder pseudoespiritual que vulneró sus voluntades.
LA METAPERICIA
Una premisa psiquiátrica establece que para que se produzca delirio compartido y enajenación mental, quien ejerce poder sobre los sujetos -en este caso el líder Antares de la Luz- también debe haber padecido un estado similar. Como al tribunal quilpueíno le merecen dudas si obedeció a un real delirio o si solo influyó otro estado psicológico más el consumo masivo de la droga ayahuasca, es que se pidió una aclaración al respecto.
La duda establecida, cabe recordar, provino a partir de una metapericia practicada por el reputado psiquiatra Otto Dörr, quien cuestionó el supuesto estado de enajenación mental o falta de discernimiento en el que habrían estado ambos formalizados.
Algo con lo que no está de acuerdo Claudio Pérez, defensor de Natalia Guerra. "Hay algo similar que hizo la PDI al inicio de la investigación, pero para refutar ese punto del metaperitaje, queremos que lo realice el Servicio Médico Legal".
Pérez sostuvo que parte de la tesis de su defensa se basa en la idea que no es necesario que Antares de la Luz haya estado demente o delirante para que Natalia Guerra -ni Pablo Undurraga- sufrieran de enajenación temporal. "Y es lo que incluso indica esta pequeña ampliación de informe del hospital Dr. Horwitz, que no necesariamente porque el líder tenga un trastorno, las personas que están involucradas en las sectas puedan sufrir ese trastorno".
"Es muy simple -prosiguió el abogado-, puede haber un líder en cualquier ámbito que ejerza un poder tal sobre los sujetos que forman parte de ese conjunto que los pueda trastornar, y para eso no necesariamente el líder puede haber tenido un trastorno psicológico".
El sexto plazo de investigar otorgado ayer por la magistrada María Alejandra Radic, es por otros 60 días, a la espera de que el Servicio Médico Legal entregue el informe sobre Ramón Castillo, y también para que el hospital Psiquiátrico Dr. Horwitz de la capital, entregue los resultados del informe de peligrosidad practicado a Pablo Undurraga y que busca conocer formalmente el estado actual del imputado.
Tal como expuso ayer el abogado Javier Arévalo, representante de Undurraga, su cliente recién fue sometido la mañana de ayer a dicho examen. Debido a la demora con que el centro clínico ha entregado análisis periciales anteriores es que las partes estiman que los exámenes practicados al formalizado no estarán antes de dos meses.
SOBRESEIMIENTO
Tanto el abogado de Undurraga como el de Natalia Guerra coincidieron en que insistirán en solicitar nuevamente el sobreseimiento definitivo de sus clientes. Ya en una primera instancia fue rechazada tal solicitud para ambos. "Nuestra idea es que con el mérito de los informes que se encuentran pendientes, vamos a solicitar el sobreseimiento definitivo por inimputabilidad… Si los informes llegan los próximos 30 días vamos a solicitarlo dentro del plazo pendiente", aseveró Arévalo.
"Puede haber un líder que ejerza un poder tal sobre los sujetos que forman parte de ese conjunto, que los pueda trastornar"
Se le define como un procedimiento de recolección de datos de quien ha fallecido y que facilita la reconstrucción de su perfil psicológico y estado mental antes de morir. De acuerdo a los investigadores Acevedo, Nuñez y Pinzón (1999), una autopsia psicológica requiere un trabajo interdisciplinario de médicos, abogados psiquiatras y psicólogos forenses. Como señala el sitio web psicologiajuridica.org, el procedimiento nace en EE.UU. y pese a que la técnica es bastante conocida y utilizada no se ha establecido un procedimiento estandarizado.
Ernesto Curti