Nueva ley de estadios establece sanciones por xenofobia
FÚTBOL. La normativa se podrá invocar en festejos y desplazamientos de hinchas, establece multas de hasta mil UTM y aumenta facultades a los intendentes.
El vicepresidente de la República, Jorge Burgos, promulgó ayer la nueva ley de violencia en los estadios, que esta vez lleva el nombre de Ley de Derechos y Deberes en el Fútbol Profesional y que comenzará a regir en esta Copa América 2015.
La nueva normativa contiene tres elementos esenciales: la ampliación de la ley a hechos conexos (como entrenamientos, desplazamientos de hinchas desde y hacia los estadios, y festejos en lugares públicos), un régimen sancionatorio efectivo y un estatuto de derechos y deberes de los hinchas.
"Estar promulgando esta ley es un hecho que a todos los que amamos el deporte nos llena de alegría. Esta ley apunta a que el fútbol profesional sea una fiesta social", manifestó el ministro Burgos, quien promulgó esta ley en su calidad de vicepresidente de la República, debido al viaje por Europa de la Presidenta Michelle Bachelet.
"No solo buscamos sancionar a los que se apartan del deporte, sino garantizar a las familias disfrutar sanamente", agregó la autoridad.
MULTAS DE HASTA MIL UTM
El régimen de sanciones incluye multas a los clubes que incumplen la ley y sanciones más drásticas. En concreto, se duplican los periodos de prohibición de ingreso a los estadios (de dos a cuatro años para quienes cometan delitos, y de uno a dos años en el caso de las infracciones); se incorporan sanciones por discriminación o xenofobia, y las infracciones pasan al Juzgado de Policía Local.
Las multas van desde una a mil UTM (alrededor de $ 43 millones), cifra que se puede duplicar o triplicar en caso de reincidencia.
Se regula, asimismo, el derecho de admisión y se establecen especificaciones para su aplicación. Además, se incorpora la solidaridad en su ejercicio, es decir, si un club aplica derecho de admisión, todos los demás clubes lo deben hacer.
Respecto de esto mismo, existirá un registro de las prohibiciones judiciales de ingreso a los estadios y del derecho de admisión ejercido por los clubes, que quedará a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior.
La legislación comprende, además, nuevas facultades para los intendentes, quienes con razones justificadas en alteraciones a la seguridad y el orden público, podrán rechazar la programación de un espectáculo de fútbol profesional, en cuanto al día, el horario y el lugar en que éste se desarrolle, además de revocar la autorización comunicando su determinación a Carabineros, el organizador y el árbitro.
ACCESOS
Para los organizadores de los espectáculos se incorporan exigencias claras, entre ellas el deber respecto de crear accesos diferenciados para grupos familiares, personas que asistan con niños, tercera edad y discapacitados.
La solicitud de los organizadores a la autoridad para la realización de un espectáculo de fútbol profesional deberá realizarse con a lo menos 72 horas de anticipación al desarrollo del partido, salvo en ocasiones especiales y por razones justificadas.
Por último, determina facultades para los guardias privados para que puedan cumplir su tarea preventiva.
Prohibición de ingreso Se duplican los periodos de prohibición de ingreso a los estadios en el caso de infracciones y delitos.
Nuevas facultades Intendentes podrán rechazar la programación de un espectáculo de fútbol por temas de seguridad.
Accesos diferenciados Se exige a los organizadores crear accesos diferenciados para grupos familiares, tercera edad y discapacitados.
Mabel González