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"Defendemos el derecho a vivir como alguien del siglo XXI"

JUDICIAL. Junto a su esposo norteamericano, esta quilpueína, con actual residencia en Concón, se enfrascó en una disputa judicial con el gobierno venezolano por la liberación del opositor Leopoldo López.
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Pamela Boltei

Hace tres navidades, la abogada de la PUCV María Victoria Villegas, quilpueína de nacimiento, niñez y adolescencia, y esposa de John Benedict Londregan, profesor de Ciencias Políticas en la Universidad de Princeton, estaba en una reunión con amigos latinoamericanos en Nueva Jersey cuando una de las asistentes, una doctora venezolana, se acercó a su grupo y le preguntó lo siguiente: "¿Tú sabes lo que yo lamento?". "No", le contestó ella. "Que ninguno de los chilenos que fueron acogidos en mi país cuando ustedes perdieron la democracia, haya venido al rescate de nuestra democracia cuando nosotros la estamos perdiendo ahora".

- ¿Qué pensó en ese momento?

- Que ella tenía razón.

Hace unos siete años, en una de sus visitas a Chile -que duran de junio a junio, a propósito de las vacaciones de su marido-, se compraron un departamento de segunda vivienda en Concón. Ahí estaban ambos el 25 de mayo pasado cuando decidieron ir a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para presentar un recurso de protección a favor del dirigente opositor al régimen de Nicolás Maduro, Leopoldo López, y del destituido alcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, por la huelga de hambre que habían comenzado y la forma en que el gobierno venezolano los estaba tratando, lo que, según consignan en su recurso, atenta contra los derechos humanos.

- ¿Cómo surge la iniciativa de ingresar este recurso?

- Al día siguiente de la noticia que contaba sobre el inicio de la huelga de hambre que realizaban ambos. Decidimos presentar el recurso de protección porque quien expone su vida para defender lo que cree justo no debe estar nunca solo. Un modo nuestro de solidarizar con la crisis política que debe estarse viviendo en Venezuela fue presentar este recurso.

- Un mes después, López levantó su huelga de hambre. ¿Por qué siguieron con el recurso?

- Es que el recurso fue presentado en términos tales que lo que se defendía y se buscaba para ser protegido no era necesariamente la situación puntual de huelga de hambre, sino que el derecho a vivir como una persona del siglo XXI, en libertad de derechos, gozando de ellos, viviendo en tu propia casa, saludando a tus vecinos, besando a tu esposo o esposa, trabajando. Todo eso hoy está impedido en Venezuela para 75 personas. El diputado Richard Blanco dijo en Clarín que en los 16 años de chavismo hubo 3 mil procesados políticos, a quienes, de algún modo, se les han sido conculcados sus derechos. Eso significa que el proceso político en Venezuela está muchísimo más claro, es una dictadura. Felipe González, ex Presidente del Gobierno español y referente del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), lo dijo hace poco, declaró que Maduro respetaba menos los derechos humanos que Pinochet. Eso es una declaración clara de lo que es Madura hoy en día.

Luego de que el recurso patrocinado por Villegas, exabogada de la Comisión Chilena de Derechos Humanos en el periodo de la dictadura, fuera presentado en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, el tribunal se declaró incompetente, pero luego la Corte Suprema, a través de un recurso de hecho, ordenó que dicha acción fuera tramitada de todas formas.

Hace unos días, la Corte porteña solicitó, a través de la Cancillería, que se oficie al embajador de Venezuela en Chile para que emita un informe sobre la situación de López. De acuerdo a Villegas, hasta ahora no habían recibido respuesta y quedó fijada un nueva audiencia para mañana jueves.

- ¿Cómo se puede tratar judicialmente un caso en Chile si ocurre en otro país?

- Esa es la pregunta que todo el mundo se hace. La respuesta tiene que ver con una coyuntura histórica en Chile el año 1973, que significó el quiebre de la institución democrática tradicional que había tenido Chile desde el inicio de su república, y se establece una dictadura. Son los decretos y leyes que se dan en la dictadura en el 73 y 75 los que conmutan la pena de prisión por extrañamiento. Eso posibilitó que todos los que estaban condenados por la dictadura de Pinochet quedasen en libertad de ir a vivir al país que quisieran, los llamados exiliados políticos.

- No existe algo así en Venezuela.

- No existe, pero en Chile ese germen de la coyuntura histórica creó lo que tenemos hoy, es un círculo virtuoso. Después en Chile se dicta la Constitución del 80 y la figura del indulto, además de las garantías constitucionales. En el 90, cuando se inicia la democracia, además de la Reforma Procesal Penal, lo más importante fue la causa contra Pinochet del juez Garzón en España con el proceso de extradición. Ahí se logra una sentencia en la que se condena a Pinochet basándose en los principios de la doctrina universal que establece la Constitución chilena en pocos artículos, donde dice claramente que esta protege a la persona y no dice que protege a los chilenos, o a los habitantes del país, o a los ciudadanos. El artículo 19 insiste en que las libertades y garantías son de la persona, y el artículo 5, inciso 2, habla de que el ejercicio de la soberanía tiene como límite las libertades y garantías de la persona humana. Esto significa que el Estado de Chile reconoce que su poder termina donde comienzan los derechos humanos de cualquier persona, chilena o no.

- ¿Cuál es el objetivo de este recurso?, ¿traerlos a Chile?

- No. Pedimos que los extraditen a la Asamblea General de la OEA.

- ¿Por qué?

- Porque... no sé, nunca he hablado con ellos o con sus esposas y yo no sé dónde ellos quieren vivir. Con el Decreto 81 en Chile se les permitió a los presos políticos chilenos salir del país y escoger dónde ir, era una decisión personal. Una vez que estén en la OEA ellos verán dónde irán, porque son personas dignas con absoluta libertad.

- ¿Y si no resulta?

- Si la corte no me da lugar a la extradición activa para ambos, en subsidio pido que les den asilo político a ambos. En ese caso sería para hacerse efectivo en Chile.

"Decidimos presentar el recurso de protección porque quien expone su vida para defender lo que cree justo no debe estar nunca solo. Un modo nuestro de solidarizar con la crisis política en Venezuela" "El proceso político en Venezuela está muchísimo más claro, es una dictadura. Felipe González, ex Presidente español, lo dijo hace poco, declaró que Maduro respetaba menos los derechos humanos que Pinochet"

"El artículo 5, inciso 2 (de la Constitución chilena), dice que la soberanía tiene como límite las libertades y garantías de la persona humana. El Estado reconoce que su poder termina donde comienzan los derechos humanos de cualquier persona, chilena o no"

Entrevista. María Victoria Villegas, abogada: