Corte rechaza solicitud de desafuero del diputado Urízar
JUDICIAL. En fallo dividido ante imputaciones por fraude al Fisco, voto de mayoría sostiene que son "suposiciones carentes de sustento". Fiscalía y CDE rechazan dictamen y apelarán a la Suprema.
En un fallo divido de 8 votos contra 6, el pleno de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la solicitud de desafuero por el delito de fraude al Fisco reiterado que se le imputa al diputado por el Distrito 10, Christian Urízar Muñoz, por su presunta participación en la sobrevaloración de precios y desvío de fondos para campañas políticas, por un monto de $ 60 millones, a través de la presentación de proyectos concursables con cargo al 6% de del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) para financiar proyectos de Seguridad, Deportes y Cultura.
Según consta en la fundamentación del voto de mayoría emitido por el tribunal de alzada, redactado por la magistrada Silvana Donoso, de los argumentos presentados por la Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado (CDE), "no resulta posible apreciar la existencia de mérito suficiente para formar causa en contra del parlamentario que no sean suposiciones carentes de sustento".
En la vereda contraria y dejando constancia de su convicción en los argumentos expuestos por los acusadores, el voto de minoría recalca que "queda en evidencia que existió una sobrevaloración en los proyectos investigados y que existen sospechas fundadas de que existe un comportamiento que debe ser investigado a cabalidad por la justicia".
Tanto el Ministerio Público como el CDE adelantaron ayer que estudiarán la sentencia y apelarán al dictamen ante la Corte Suprema, la que deberá dirimir en instancia final si Urízar enfrentará los cargos que se le imputan ante la justicia.
El parlamentario se encuentra formalizado desde hace un año por su implicancia en la aprobación de iniciativas para lo cual, según la investigación realizada por el Ministerio Público, en conjunto con su "socio y amigo", Luis Vásquez Aguillón, se encargaba de "reclutar" a organizaciones sociales afines al Partido Socialista, del cual es militante, para elaborar proyectos financiados con la subvención estatal, los cuales fueron aprobados cuando integraba el Consejo Regional (Core) y podía influir directamente en la asignación de los recursos fiscales, en el periodo 2011-2013, previo a presentar su candidatura por un escaño en el Congreso.
Pese a las diversas pruebas presentadas por el Ministerio Público, a través de la Unidad Regional Anticorrupción (Urac) de Valparaíso, toma de declaración a numerosos testigos, dos informes de Contraloría de Valparaíso al Gobierno Regional dando cuenta de irregularidades, así como la querella por parte del Consejo de Defensa del Estado, la que incluye un peritaje contable a 10 proyectos por un total de $ 117 millones, el cual arrojó que sin la intermediación de la empresa Genes EIRL, de propiedad de Luis Vásquez, habrían tenido un costo de 41 millones 500 mil pesos -generando un excedente de $ 45 millones-, así como la sobrevaloración de los proyectos a través del ítem de la coordinación, por casi 20 millones extras, que generó un margen de ganancias del orden de 63%, el voto de mayoría concluye que "no resultando posible apreciar la existencia de mérito suficiente para formar causa contra el parlamentario que permita privarlo del fuero que lo ampara, como no sean suposiciones carentes de sustento, no cabe sino rechazar la petición formulada en estos antecedentes".
El fallo establece además que la declaración de desafuero "no significa ni tiene el alcance de una cabal constatación de los ilícitos descritos por el ente persecutor, ni de la equívoca convicción de la participación del imputado, materia propia de la decisión de fondo que debe adoptar el tribunal competente; la existencia del antejuicio constituye, cuando menos, que de los antecedentes entregados por el Ministerio Público surjan evidencia serias y graves de haberse configurado el delito atribuido y de la intervención del imputado".
Dentro de los seis ministros que se mostraron a favor de autorizar la acusación se cuenta el presidente de la Corte Apelaciones, Raúl Mera Muñoz.
El voto de minoría redactado por el ministro Álvaro Carrasco da cuenta que "en esta instancia no existe rendición de prueba alguna, correspondiendo únicamente entrar a determinar si, de acuerdo a los antecedentes que se mencionan en el libelo, existe mérito para declarar que ha lugar a la formación de causa en contra de quien se pretende privar del fuero constitucional".
Añade que, en esta instancia, "no se trata de resolver si está acreditada la existencia de los ilícitos que se le reprochan al diputado y su participación en los mismos, sino que por el contrario, si atento a los hechos e indicios que se manifiestan en la solicitud, es posible, en el ámbito meramente formal, encuadrar los mismos -de manera seria y grave- en el tipo penal que se estima configurado y su participación en ellos".
Agrega que, en lo relativo a su supuesta participación en los hechos punibles, los antecedentes que se contienen en la solicitud de desafuero: 31 testigos; un peritaje económico contable; dos informes de Contraloría Regional de Valparaíso y 112 documentos, "demuestran a cabalidad que la imputación que se formula es efectivamente seria y grave, aunada a la intervención del Consejo de Defensa del Estado en el mismo sentido; todo lo cual amerita, en aras de la transparencia de su propio actuar, del ente político que representa y en general de la actividad que ejerce, que pueda, en un debido proceso el que constituye una garantía constitucional debidamente protegida legalmente demostrar a cabalidad, en su caso, la inocencia que le asiste en los hechos que se le imputan".
En el punto sexto del voto de minoría se señala que "queda en evidencia que existió una sobrevaloración de los proyectos dubitados, lo que conforma el perjuicio fiscal en los delitos que se encuentran consumados, de manera que resulta a lo menos plausible investigar el destino que tuvieron los dineros que se obtuvieron de manera irregular".
Enfatiza además que, sin importar que los otros cores tuvieran un proceder similar -lo que puede dar lugar a otras investigaciones-, "existen sospechas fundadas y vehementes de que existió un comportamiento que se encuentra en los tipos penales ya señalados, el mismo debe ser investigado a cabalidad por la justicia".
Tras conocer el pronunciamiento del tribunal de alzada, que no dio ha lugar al desafuero en su contra, el diputado Christian Urízar destacó que "la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso determinó rechazar, en todas sus partes, la solicitud de desafuero que hiciera en mi contra el Ministerio Público, rechazo fundado en que en las acusaciones no existe mérito y que sólo se trata de suposiciones carentes de sustento, por lo que el alto tribunal resolvió no ha lugar".
El legislador enfatizó que "como ha sido mi conducta permanente, seguiré colaborando con los órganos jurisdiccionales correspondientes, a la espera de las decisiones que el Ministerio Público estime, reiterando mi total inocencia en los hechos que injustamente se me han imputado".
Respecto al fallo desfavorable en esta instancia, el fiscal Claudio Rebeco argumentó que "seis ministros votaron estimando que habían antecedentes serios y graves para imputar el delito de fraude al Fisco al diputado Urízar, señalando que había mérito suficiente para llevarlo a juicio oral".
El persecutor argumentó que se analizarán "detalladamente" los antecedentes, y estudiar el recurso de apelación. "Discrepamos del fallo, no compartimos el voto de mayoría y es altamente probable el camino de la apelación. Contamos con un plazo de 5 días y oportunamente tomaremos esa decisión", aseveró el persecutor sobre los pasos a seguir en este largo proceso de desafuero.
Tomando en cuenta que en los alegatos del pasado miércoles 13 de abril se habían percibido dudas entre algunos ministros, sobre los argumentos expuestos por Fiscalía, Rebeco reconoció que se trata de un "caso complejo en su estructura y es difícil poder explicar el alcance de la imputación completa en sólo 30 minutos. Me parece relevante que el voto de minoría insiste en que no es posible tomar una decisión con tan poco tiempo de exposición. Lo razonable hubiese sido aquí, que el Tribunal Oral pudiese conocer de la prueba, escuchar los antecedentes con que contaba el Ministerio Público y formarse una impresión de absolución o condena".
Sobre la insistencia del diputado Urízar respecto a que todos los antecedentes en su contra son "sólo presunciones", el fiscal aseveró que "es su opinión, también de los ocho jueces que votaron el desafuero, pero vamos a estudiar los antecedentes en orden a un recurso de apelación".
El representante del CDE, Javier Rojas-Mery, detalló que la institución del desafuero es "una instancia extraordinaria que significa una excepción a la igualdad ante la ley que ampare a los parlamentarios. Eventualmente, si la Suprema rechaza las apelaciones, significa el sobreseimiento definitivo".
El abogado insistió en que "no es la función propia de las Cortes de Apelaciones entrar al fondo del asunto, porque si no se estaría invadiendo la competencia del Tribunal Oral, que es el que recibe las pruebas. Por ello entendemos que se justificaría un recurso de apelación".
Defensa cuestiona credibilidad de pruebas
En los alegatos, la defensa cuestionó la credibilidad de la misma testigo que utiliza la Fiscalía para imputar el fraude frustrado al Fisco a Urízar, ya que a la vez está siendo investigada en otro delito por fondos concursables. Tal situación fue consignada en el fallo que rechazó la solicitud de desafuero, en la arista del proyecto "Danzas de mi tierra" de La Calera. El defensor Andrés Benavides también esgrimió la falta de certeza respecto al paradero de los 60 millones en que se habría defraudado al Fisco. "La rendición de la candidatura ante el Servel estaba aprobada; por tanto, no puedo venir en esta instancia a conjeturar que esos $ 60 millones fueron a financiar una campaña".
"El fallo entra a analizar el fondo de la prueba. Existen antecedentes serios y graves sobre la seriedad de los hechos para dar lugar al desafuero"
Javier Rojas-Mery, Abogado del CDE
"Aquí hay dos informes de la Contraloría, más de 100 testigos y 300 documentos que avalan la tesis del Ministerio Público"
Claudio Rebeco, Fiscal del caso
"Seis ministros votaron estimando que habían antecedentes serios y graves para imputar el delito de fraude al Fisco al diputado Urízar, señalando que había mérito suficiente para llevarlo a juicio oral"
Claudio Rebeco Fiscal acusador
"Discrepamos que la Corte haya entrado a conocer el fondo del delito, sin tener las pruebas y los testigos presentes. Se invadió la competencia del Tribunal Oral"
Javier Rojas-Mery Abogado del CDE
"Como ha sido mi conducta permanente, seguiré colaborando con los órganos jurisdiccionales correspondientes, a la espera de las decisiones que el Ministerio Público estime"
Christian Urízar Diputado investigado
5 días hábiles tienen el Consejo de Defensa del Estado y la Fiscalía de Valparaíso tras el rechazo a la solicitud de desafuero por parte de la Corte de Apelaciones porteña.
2 meses podría tardarse en ser agendada la audiencia ante el Pleno de la Corte Suprema para la apelación al fallo del tribunal de alzada de Valparaíso, que rechazó el desafuero de Urízar.
90 minutos duraron los alegatos de solicitud de desafuero realizado el pasado miércoles, donde intervinieron el Ministerio Público, el CDE y la defensa del diputado Christian Urízar.