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La dura sentencia que condenó a líderes de la "Secta de Colliguay" a cumplir penas de cárcel

FALLO. En una lectura de sentencia que duró 40 minutos, la jueza del Tribunal de Garantía de Quilpué, Deisy Machuca, condenó a la madre del bebé y a la mano derecha de Antares de la Luz a cinco años de presidio efectivo.
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Mabel González / Agencias

"No es menos importante referirse a la muerte de un indefenso, que ni siquiera sus padres quisieron proteger. Se le apodó 'Adefesio', que significa persona fea o ridícula"

Deisy Machuca, Jueza de Quilpué"

Con un crudo relato, que por momentos provocó un profundo silencio entre los medios que estaban apostados en el lugar, la jueza del Tribunal de Garantía de Quilpué, Deisy Machuca, dio lectura a la sentencia de los siete involucrados en el caso "Secta de Colliguay", quienes la semana pasada habían sido declarados culpables tras someterse a un juicio abreviado: Natalia Guerra -la madre del bebé- y Pablo Undurraga, como autores de parricidio y homicidio calificado, respectivamente, y Karla Franchy, Carolina Vargas, Josefina López, María del Pilar Álvarez y David Pastén, como encubridores del crimen.

En una audiencia que duró alrededor de 40 minutos, la jueza dio cuenta de los principales antecedentes que envolvieron al caso durante los casi cuatro años de investigación, periodo en que las defensas intentaron incansablemente acreditar que los integrantes de la secta padecían de un trastorno mental de delirio místico al momento de los hechos.

Sin embargo, en su lectura la jueza descartó por completo dicha tesis, asegurando que todos actuaron de manera voluntaria al ingresar a la secta, e incluso al participar en el ritual que culminó con la muerte del lactante.

Entre los argumentos de la defensa estaban los resultados de 19 peritajes sicológicos practicados a los condenados, que daban cuenta de una enajenación mental cuando integraban la secta. Sin embargo, para el Tribunal los informes fueron realizados muy a destiempo.

"Qué tiene esta juez para sentenciar. Sólo apreciaciones, antecedentes de un estado anterior que por qué no pensar que se puede aparentar un trastorno mental, dando las respuestas esperadas para llevar a error y burlar a los profesionales de salud mental, si se trata de evaluar la mente (...) recordemos que los imputados se volvieron expertos en mentir y ocultar la verdad, a lo que ellos llamaban 'acecho'", sostuvo la jueza.

Compadece con lactante

Durante la audiencia, la jueza también tuvo largos minutos para referirse al lactante, dando cuenta de la "impresión" que le significó la manera en cómo fue asesinado.

"Existió un niño al que llamaron Jesús, que a pocas horas de vida debe experimentar el más espantoso miedo porque su madre no fue capaz de protegerlo, sino que lo sometió a la peor experiencia de vida que se puede tener: ser quemado vivo", dijo Machuca.

"No es menos importante referirse al carácter del ilícito, la muerte de una persona indefensa, que ni siquiera sus padres quisieron proteger, y que desde su concepción nació para morir. Nació repudiado. Se le llamó Lucifer y se le apodó 'Adefesio', que significa persona fea o ridícula. Ni siquiera tuvo ropa al momento de su nacimiento. Fue despojado, además de su derecho a la vida, de su derecho a una familia, de su derecho a recibir amor, cariño, protección, respeto. Nada de eso tuvo el recién nacido, Jesús. No deja de sobrecoger el hecho que ese pequeño recién nacido sintió bienestar únicamente mientras estuvo en la clínica. Luego termina siendo desnudado, atado, asfixiado y amordazado por su propia madre, y puesto en una tabla para ser lanzado vivo al fuego ardiente. Resulta estremecedor sólo ponerse en el lugar de esa persona que nació para morir, por las razones más inexplicables posibles", dijo la jueza durante la sentencia.

Pena efectiva de cárcel

Cuando la semana pasada el Tribunal había acogido el procedimiento abreviado, y condenó como responsables a los siete integrantes de la secta que lideraba Ramón Castillo, alias "Antares de la Luz", los abogados de Guerra y Undurraga solicitaron una pena sustitutiva (remisión condicional), apelando a la imputabilidad disminuida -condición psiquiátrica- de ambos.

No obstante, la jueza rechazó dicha petición para los dos imputados, condenándolos a cumplir una pena efectiva de cinco años de presidio menor en su grado máximo.

"Se nos plantea la imputabilidad disminuida, pero qué tan disminuida podemos considerar la capacidad para matar, pero no para trabajar, para simular, para mentir o para ocultar", sentenció la jueza, quien agregó que el hecho de tener ahora una situación familiar y económica estable no los hace acreedor de una pena sustitutiva.

"Haciendo un análisis lógico y abstracto, la ausencia de estos elementos significaría entonces que las personas con una realidad más desfavorable, sin educación, sin una red de apoyo familiar, sin trabajo ni ingresos deberían entonces cumplir una pena efectiva. Esta conclusión resulta del todo inadmisible, porque ello vulneraría el derecho fundamental de la igualdad ante la ley", argumento la jueza Machuca.

En tanto, los cinco encubridores fueron condenados a tres años de presidio menor en su grado medio. Para ellos sí se les acogió una pena sustitutiva, pero no de remisión condicional como los abogados habían solicitado, sino que de una libertad vigilada intensiva.

Con esto, las defensas tendrán un plazo de cinco días -a contar de ayer- para presentar un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones, lo que fue confirmado ayer. Por mientras, los condenados permanecerán en libertad, pero con arraigo nacional.

" "Existió un niño al que llamaron Jesús, que a pocas horas de vida debe experimentar el más espantoso miedo, la peor experiencia de vida: ser quemado vivo"

Deisy Machuca, Jueza de Quilpué"

Alusión a Colonia Dignidad y DD.HH.

Durante la sentencia, la magistrado de Quilpué calificó como "absurdo" el que los abogados hayan comparado el grado de sometimiento a una secta con "un soldado que va a la guerra y mata en cumplimiento de deber". A su juicio, "más semejante sería compararlos con los hechos ocurridos en Colonia Dignidad, o los actos de militares durante gobiernos en dictadura. Esos casos, y este, se tratan de violaciones a los derechos humanos. Y en aquellos casos, nuestra jurisprudencia ha sido uniforme en condenar a los partícipes: autores, cómplices y encubridores", sostuvo la magistrado de Quilpué.

" "No deja de sobrecoger que el bebé termina siendo desnudado, atado, asfixiado y amordazado por su madre, y puesto en una tabla para ser lanzado vivo al fuego ardiente"

Deisy Machuca, Jueza de Quilpué"

" "Se ha llegado al absurdo de comparar el grado de sometimiento de la secta con un soldado de guerra (...) más semejante sería compararlo con lo de Colonia Dignidad"

Deisy Machuca, Jueza de Quilpué"

" "Por qué no pensar que se puede aparentar un trastorno mental, dando las respuestas esperadas para llevar a error y burlar a los profesionales de salud mental"

Deisy Machuca, Jueza de Quilpué"

años de pena efectiva es la sentencia a la que fueron condenados Natalia Guerra y Pablo Undurraga. 5

involucrados fueron condenados a tres años como encubridores. Los cumplirán en libertad vigilada. 5