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Contraloría insiste a la Corte que dictamen por Los Lilenes no es ilegal ni arbitrario

CONCÓN. Ente fiscalizador rechaza recurso de protección del privado e insiste en que se debe modificar la línea de playa.
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Katherine Escalona M.

A principios de enero de este año la empresa Portoalto Limitada, dueña del terreno del exrestaurante de la playa Los Lilenes, en Concón - donde pretende hacer un proyecto hotelero - turístico y donde se comenzó, en el año 2016, la construcción de un polémico muro en el balneario - presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del contralor nacional, Jorge Bermúdez.

Específicamente porque Bermúdez emanó el 4 de diciembre del año pasado, el dictamen N° 042203 que ordena a Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (Directemar) realizar un nuevo estudio de la línea de playa del sector ya que, a su parecer, el cambio realizado en el año 2016 por el organismo a solicitud del privado "no se ajusta con las circunstancias actuales y particulares del sector costero".

La determinación del ente contralor fue objetada por el particular porque existe un riesgo de que los deslindes de la propiedad cambien, y ante esto, la acción legal fue interpuesta y declarada admisible por la Corte de Apelaciones que solicitó a la Contraloría aclarar la situación.

En respuesta al proceso judicial que está en curso, el organismo contralor confirmó al tribunal de alzada que "el dictamen impugnado no es ilegal ni arbitrario" porque el ente fiscalizador, afirma en el documento, es "competente para emitir el acto interpretativo impugnado, el cual corresponde con la habilitación que las mencionadas normas constitucionales y legales han otorgado a esta entidad de control, cumpliendo con todos los requisitos de validez".

El dictamen impugnado, explica el ente fiscalizador en el escrito, fue realizado bajo la "aplicación de la normativa y jurisprudencia vigentes, que establecen que la playa es un bien nacional de uso público y la línea que se fije debe ajustarse".

Entre los argumentos presentados por la Contraloría para objetar la acción judicial presentada por la empresa Portoalto Limitada, aclara que "en este orden de ideas, resulta improcedente el recurso de protección en contra de actos de esta naturaleza, por cuanto se está atacando la actuación legítima de esta Contraloría General, en uso de sus facultades, consagradas tanto en disposiciones constitucionales como legales, por lo que no puede considerarse que el dictamen emitido sea arbitrario e ilegal, toda vez que la arbitrariedad supondría carecer de razón, ser meramente caprichoso o sin fundamento serio, lo que no ocurre en la especie".

En el documento se explica que "el acto impugnado constituye aplicación de jurisprudencia vigente" y que no se ha efectuado "el principio de contrariedad" presentado por el particular.

Esto porque, precisa el documento, "tal como se ha expresado en el presente informe, lo dictaminado en el cuestionado pronunciamiento tuvo por objeto puntualizar que la Directemar, en uso de sus atribuciones, debe fijar la línea de playa en el borde costero nacional, sin que ello, en la práctica, pueda estimarse como una afectación de algún derecho de un particular y menos altere los deslindes de un inmueble, por cuanto el acto administrativo que debe establecer finalmente dicha línea, conforme a un procedimiento legalmente tramitado, es aquel que debe emanar de la anotada Dirección en armonía con lo indicado en el dictamen".

Con esto, el ente contralor explica que "el dictamen impugnado no altera la línea de playa ni tiene por virtud afectar ni ampliar ningún derecho del particular recurrente, sino que viene a reiterar este deber tan básico de la administración de que la línea de playa se ajuste a lo que en la realidad es la playa".

Y aclara que si el particular tiene objeciones o alguna defensa al respecto, asevera, debe efectuar sus descargos a la Directemar cuando se inicie el proceso de revisión pertinente.

Si algunos de los derechos del particular se ven afectados por el proceso administrativo, precisa la Contraloría, la empresa, dice, "puede hacer uso del derecho ahí contemplado en cualquier etapa de un procedimiento, incluso, con anterioridad a la eventual notificación de la situación que podría perjudicarle".

Para argumentar el recurso de protección la empresa expuso varios antecedentes que daban cuenta de la existencia de vulneración de derechos en base a una propiedad privada. En el recurso informan a la Corte que existe una vulneración de garantías constitucionales de "igualdad ante la ley, no ser discriminados arbitrariamente y el derecho de propiedad en sus diferentes especies".

Los derechos constitucionales "supuestamente vulnerados" fueron explicados por la Contraloría en respuesta a la emitida a la Corte de Apelaciones de Santiago.

Principalmente el ente contralor destacó que la determinación del objetado oficio es ajustada a derecho y está dentro de sus competencias, no existiendo vulneración.

"Este pronunciamiento (refiriéndose al oficio) constituye una manifestación de esa garantía constitucional en cuanto reitera a la administración el deber de someter su acción al ordenamiento y a la jurisprudencia, que resulta obligatoria y de igual aplicación en todos los casos en que se presenten los mismos supuestos de hecho, como en el asunto sub lite. En cambio, dejar de aplicar dicha normativa y pronunciamientos existentes a su caso sería, paradójicamente, una vulneración de la invocada igualdad constitucional", argumenta la institución.

Y concluye que "las garantías constitucionales invocadas han sido debidamente resguardadas, en la medida que esta Contraloría General, al resolver como lo ha hecho, se ha ajustado a la normativa legal y reglamentaria que rige la materia, sin que la parte recurrente haya aportado en este recurso elementos de juicio y demás antecedentes concretos que demuestren, de manera fehaciente, la forma en que se habría producido la privación, perturbación o amenaza de las garantías que supone vulneradas".

Ante los argumentos presentados la Contraloría General de la República solicita al tribunal de alzada tomar en consideración los antecedentes presentados en el escrito y que se proceda a desestimar el recurso de protección en curso que existe en contra del contralor general, Jorge Bermúdez, por estar el oficio resuelto en legalidad.

La determinación de realizar un nuevo estudio de línea de playa en el balneario Los Lilenes, en Concón, detalla el ente contralor, fue tras la solicitud de fiscalizar el caso. Fue el senador Francisco Chahuán, quien expuso la situación y pidió aclarar la legalidad de la modificación de la línea de playa de Los Lilenes el 2016.

La duda, en su momento, fue planteada por el parlamentario cuando a fines del 2016 la empresa Portoalto Limitada determinó construir un muro en el lugar para delimitar el espacio de la propiedad privada que está situada en el sector del exrestaurante Los Lilenes.

Ante esto, la comunidad reaccionó mal y cuestionaron la existencia de una propiedad privada en un terreno, que era considerado, de playa. El muro fue considerado por quienes vieron esta estructura como un elemento que dividía la tradicional playa conconina.

Tras los cuestionamientos planteados, el ente fiscalizador indagó la situación y solicitó informes al Ministerio de Bienes Nacionales, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y la Directemar, antecedentes que fueron determinantes para concluir el dictamen que ahora se encuentra cuestionado por el privado en la Corte de Apelaciones de Santiago.

"Teniendo en cuenta los antecedentes y consideraciones anotadas, las disposiciones citadas, así como las atribuciones que (...) incumben a este organismo de control, procede que ese último tribunal desestime, en todas sus, partes, el recurso de protección"."

Portoalto insiste en que hay ilegalidad

El abogado representante de la empresa Portoalto Limitada, Juan Peirano, dijo que "consideramos que la Contraloría no se hizo cargo de todos los aspectos del recurso de protección que se le ordenó informar. Informó sólo algunos de los aspectos y eso lo va a considerar la Corte cuando tenga conocimiento de esta causa". La propiedad del exrestaurante de la playa Los Lilenes fue adquirido el 19 de mayo del 2016 por la empresa Portoalto Limitada, de propiedad de Abraham Senerman. La empresa asegura que los títulos de dominio de la propiedad privada están todos en regla e inscritos en el Conservador de Bienes Raíces.

"Al haber variado con el tiempo la geomorfología y alcance natural de la playa de mar de que se trata, debiéndose realizar un nuevo levantamiento de dicha línea de la playa"."