Millonario fallo contra soldador por incendio que arrasó con 284 viviendas
VALPARAÍSO. Tribunal civil exculpó a empresa inmobiliaria RVC y Esval por falta de pruebas. Cuestionan el polémico fallo.
El Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso acogió las demandas deducidas por grupos familiares y ordenó a Carlos Eduardo Rivas Quiroz -condenado en juicio oral como autor del delito de incendio, siniestro registrado el 14 de febrero de 2013 y que arrasó casi 300 viviendas ubicadas en los cerros Rodelillo, San Roque y Placeres- a pagar una indemnización de $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos) a cada propietario que resultó con su inmueble siniestrado y de $ 2 millones a cada tenedor o arrendatario por concepto de daño moral.
En el polémico fallo, la magistrada Carmen Gloria Vargas acogió la demanda de indemnización de perjuicios, tras establecer que Rivas Quiroz, soldador de la empresa RVC Constructora Limitada, realizó una actividad riesgosa sin adoptar las medidas necesarias para evitar los riesgos que implica realizar trabajos de corte y soldadura al aire libre en una zona boscosa y con condiciones meteorológicas extremas.
Sin embargo, la jueza rechazó por "falta de pruebas" la demanda civil que en su momento los afectados interpusieron en contra de la empresa constructora, RVC, y la sanitaria Esval, como corresponsable en la propagación del siniestro.
Uno de los abogados demandantes, Vladimir Mondaca, calificó la sentencia como "una burla para la gente pobre de Valparaíso y una aberración jurídica", por lo que hoy presentarán una apelación ante el tribunal de alzada porteño.
El fallo establece que: "Se acoge la demanda de fojas 1 y sus complementos y la demanda de fojas 675 y sus complementos en cuanto se condena a don Carlos Eduardo Rivas Quiroz a pagar una indemnización por daño moral a los actores que se individualizan en el motivo 41 de este fallo y por los montos que allí se señalan, las que deberán pagarse reajustadas de acuerdo a la variación que experimente el índice de precios al consumidor y con los intereses corrientes para operaciones reajustables, desde que este fallo se encuentre firme y ejecutoriado y hasta el día del pago efectivo". El monto ascendería a unos $ 825 millones.
En la arista penal del caso, Carlos Rivas Quiroz fue condenado como autor del delito establecido en la Ley de Bosque, en grado de consumado, a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de 50 unidades tributarias mensuales, suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y se le otorgó el beneficio de la remisión condicional de la pena.
La jueza Gloria Vargas detalló que "la sentencia ha rechazado las acciones que pretendían daño emergente por falta de pruebas, estimando esta juez que los antecedentes que se acompañaron fueron insuficientes para acreditarlo, principalmente la existencia de las cosas y los enseres que estaban dentro de ellas, porque resultaron destruidos por el incendio y no se rindió prueba adicional para los efectos de determinar el tipo de construcción, su tamaño y en qué consistían los inmuebles".
También se desestimó la demanda por lucro cesante, ya que si bien "se estableció que se perdieron algunas herramientas en general, no se probó cuánto era el monto que los demandantes ganaban por cada una de las actividades que tuvieron que dejar de efectuar a raíz del incendio".
La demanda se rechazó respecto a la empresa inmobiliaria "por estimar el tribunal que se demandó a una empresa distinta a aquella respecto a la cual el trabajador tiene contrato de trabajo, son empresas distintas, si bien con nombres muy similares, con rut distintos, y no se probó suficientemente la relación entre ambas".
Respecto a Esval, a la cual se le imputaba haber participado en la propagación del fuego, por cuanto los grifos de agua no pudieron prestar suficiente servicio, "también se rechazó la demanda por falta de pruebas, por cuanto esa afirmación no fue suficientemente probada".
"Es una sentencia vergonzosa, nos parece absolutamente injusto, ya que condena a Carlos Rivas, modesto trabajador que está cesante y no tiene patrimonio alguno, y absuelve a RVC y a Esval, habiéndose establecido el hecho y el daño. El hecho que las familias tienen derecho a una cifra determinada por daño moral, en los hechos, esta sentencia hace que los pobladores no reciban nada", afirmó Vladimir Mondaca, como representante legal de uno de los grupos de familias que interpuso querella.
El jurista insistió que en la sentencia "hay todo un esfuerzo de construcción para decir que RVC no es responsable, argumentando, por ejemplo, que Carlos Rivas era funcionario de la constructora y no de la inmobiliaria, pero resulta que la inmobiliaria es la titular del permiso de construcción. En una entrevista en CNN, el gerente general de RVC le prometió a las víctimas que los iba a indemnizar, donde además Carlos Rivas confiesa que, en un primer momento, lo obligaron a mentir".
"Este fallo es una burla para la gente pobre de Valparaíso, una aberración jurídica y vamos a apelar"
Vladimir Mondaca, Abogado querellante"
Hoy se presentará apelación y recurso
Los abogados querellantes informaron que hoy presentarán la apelación al fallo y "el recurso de casación en la forma", ya que "en el fondo están condenando a Carlos Rivas a casi mil millones de pesos y a que, eventualmente, durante diez generaciones tenga que pagar esa indemnización. En la práctica, Carlos Rivas no tiene cómo pagar, con lo cual esto es una burla. Llevamos desde el año 2013 tramitando este juicio, han declarado cientos de testigos, informes periciales, carabineros, bomberos, y resulta que la jueza condena a una persona tan pobre como los que lo perdieron todo", dijo Mondaca.
millones y medio recibirá, según la sentencia, cada uno de los propietarios de las viviendas siniestradas. $ 4