Autor material y parricidio: las dudas que persisten en el caso
NIBALDO. Debate sobre quién fue el causante de la muerte marcó los alegatos de clausura. Johanna insiste en absolución y Silva busca condena como encubridor.
Hasta el año 44 antes de Cristo tuvo que retroceder el fiscal José Miguel Subiabre para explicar que, aun cuando no exista una prueba concreta de quién realizó la herida cortopunzante que provocó la muerte de Nibaldo Villegas, los imputados Johanna Hernández y Francisco Silva son igual de responsables por el homicidio del profesor.
A lo largo del juicio oral, el Ministerio Público no había hecho referencia en detalle a quién era el autor material del crimen de Villegas, cuyo cuerpo descuartizado apareció flotando días después en la bahía de Valparaíso. Más bien, durante las dos semanas la estrategia del fiscal se basó en culpar a ambos del asesinato, apelando a la planificación mutua que existió días previos y al ocultamiento del cuerpo en el que los dos participaron.
Sin embargo, durante los alegatos de clausura realizados ayer en el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar -la rendición de pruebas había culminado el jueves-, Subiabre dedicó buena parte de su tiempo para argumentar dicho punto y dejar sin efecto la solicitud que a continuación realizarían los abogados defensores.
"En el derecho romano se describe el magnicidio de Julio César. ¿Quién fue el último que le dio el golpe de gracia con el cual muere? ¿Cuántos acometieron? Veintitrés (personas). ¿Qué pasó? Todos respondieron con sus vidas. ¿Alguien pudo establecer quién dio esa estocada final? No, pero todos corrieron con la misma muerte, aquellos 23", aseguró el fiscal, explicando que la coautoría responde a que "cuando hay dos o más personas involucradas en un mismo lugar y momento, bajo un principio común, aun cuando no hayan realizado la misma conducta, son autores".
Encubrimiento
De manera pensada o no, la explicación del fiscal apuntó justamente a la alegación que minutos más tarde realizaron los abogados de Johanna y Francisco. En esa línea, el defensor de Silva, Carlos Oliva, fue quien precisamente aseguró en su argumento que las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público no habían logrado acreditar la participación de su representado en el homicidio.
"No sabemos qué hizo Francisco entre las diez de la noche y la 1:15 de la madrugada de ese día. Ni siquiera podemos acreditar dónde se encontraba físicamente, como sí lo sabemos de la coautora en base a la georreferencia de su celular", indicó el abogado, quien en respuesta a lo señalado por el fiscal aseguró que "no se puede enlodar una responsabilidad global sin que el persecutor haya determinado qué acción realizó cada uno".
"En la acusación se señala que de manera conjunta lo mataron utilizando un arma blanca. ¿Quién tenía el arma? ¿Quién la movió o quién la uso? ¿Fueron ambos? ¿Se fueron turnando?", cuestionó el defensor, quien bajo el mismo argumento solicitó que Francisco fuese condenado por encubrimiento y no por homicidio.
"Él sí participó, pero bajo esa figura y no otra de tipo penal (...) Johanna, a diferencia de él, sí tenía motivos. Ella dijo ser víctima de violencia intrafamiliar, pero fueron los profesionales y forenses quienes indicaron que Johanna puede manejar y manipular fácilmente a un psicópata, en este caso a mi defendido", dijo Oliva.
Parricidio para silva
Otro de los puntos de controversia que marcaron los alegatos de clausura también tuvo que ver con Francisco Silva, en especial por la imputación del delito de parricidio que solicitó el abogado de la familia de Nibaldo, Patricio Olivares.
Como ya lo había señalado con anterioridad, el querellante indicó que para el imputado también debía regir el principio de la comunicabilidad, toda vez que "Francisco dijo que sí conocía las consecuencias de un matrimonio civil y aceptaba el vínculo familiar entre Johanna y Nibaldo".
"Todos los partícipes deben ser sancionados por la misma figura debido a que se trata de un hecho único que no puede ser considerado jurídicamente de diferente manera para cada uno de los intervinientes", sostuvo el abogado, junto con agregar que "las acciones que llevaron a cabo tenían por objeto un solo resultado: causar la muerte del profesor".
Una imputación que, por cierto, fue rechazada por el abogado de Silva, quien aseguró, primeramente, que el imputado no podía responder por el delito de parricidio, puesto que actualmente se encontraba casado, y además porque "es una figura impropia" consagrada exclusivamente para los padres, cónyuges o familiares ascendientes o descendientes del imputado, cuyo parentesco no le cabe a Francisco.
Insiste en absolución
Por parte de Johanna, en tanto, los argumentos del abogado Leandro Díaz se basaron en desacreditar los medios de prueba ofrecidos por la Fiscalía, cuestionando, por ejemplo, que el sitio del suceso estuvo "contaminado" y que no se hayan realizado peritajes a los restos óseos encontrados en Las Docas, en Laguna Verde.
"Nada se pudo probar en este juicio con la prueba escasa, viciada, contaminada y no realizada sobre la participación de nuestra representada", dijo el abogado de la exesposa de Nibaldo, quien por lo mismo volvió a solicitar que la mujer sea absuelta del caso.
Con esto, el juicio oral se retomará hoy, a las 13 horas, con la réplica de cada interviniente y la posibilidad de que los imputados puedan referirse por última vez. Se estima que el veredicto condenatorio se conocerá mañana miércoles.
"Cada uno realizó una conducta que, unida bajo un mismo principio, tenía como objeto darle muerte a Nibaldo Villegas"
José Miguel Subiabre, Fiscal a cargo del caso
"No se puede enlodar una responsabilidad global sin que el persecutor haya determinado qué acción realizó cada uno"
Carlos Oliva, Abogado de Francisco Silva