Secciones

  • Portada
  • Actualidad
  • Opinión
  • Actualidad general
  • Deportes
  • Clasificados
  • Cartelera y Tv
  • Servicios
  • Vida Social
  • Espectáculos
ENTREVISTA. Hernán Larraín Fernández, ministro de Justicia, asegura que el servicio tiene los días contados:

"Ojalá podamos dar por clausurado el Sename antes de que termine el Gobierno"

E-mail Compartir

Patricio Tapia

No basta que una de las funciones principales del Ministerio de Justicia sea el estudio crítico de la legislación para explicar la intensa actividad legislativa que ha impulsado de un tiempo a esta parte y que implicarán, como señala el ministro Hernán Larraín, cambios significativos en distintas áreas del sistema jurídico chileno.

Muy recientemente se promulgó una ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra menores, la que se une a un conjunto de otras iniciativas, en distintos estadios, pero en general bastante avanzadas, alrededor de la infancia y su protección: perfeccionar un Registro de Ofensores Sexuales, modificar la Ley de Adopciones, la creación de dos nuevos servicios que reemplazarán al Sename. Lo que se pretende, señala el ministro, es lograr un "nuevo trato" respecto de la niñez vulnerable y los infractores juveniles.

Incluso lo que podría parecer episódico (como los cuestionamientos a la designación de miembros de la Corte Suprema: primero a la jueza Dobra Lusic y luego a la jueza María Angélica Repetto y la corrupción en Rancagua) se ha preferido abordarlo de una manera más institucional: estudiando una reforma al sistema de nombramientos de jueces en todos los niveles y un mejor sistema de supervisión de las cortes. Aparte de lo anterior, se está tramitando un proyecto de modernización del sistema notarial y también una reforma al Ministerio Público.

-Hace poco se promulgó la ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores. ¿Por qué es apropiado que para estos delitos no importe el paso del tiempo?

-Esta ha sido una gran discusión, porque en el Derecho, en general, el tiempo va cerrando las acciones y consolidando las situaciones que de hecho se producen, por una razón de certeza jurídica. Sin embargo, en los casos de los delitos sexuales en contra de menores, el tiempo juega en contra de las víctimas porque aunque las acciones para poder reclamar de un abuso sexual prescriben 5 o 10 años después de que el niño o niña se convierte en adulto, así y todo, ese tiempo puede ser insuficiente para que la persona se atreva a denunciar el abuso sexual del que fue objeto siendo menor. ¿Por qué? No hay que olvidar que cerca del 80% de los abusos sexuales contra menores son cometidos por familiares o personas cercanas, por lo que dar el paso para hacer la denuncia es siempre difícil. Pero además, y en forma principal, por el impacto sicológico, por el bloqueo, por la dureza que significa para una persona, incluso adulta, hacer esta denuncia. El tiempo beneficia al abusador y perjudica a la víctima, que muchas veces recién puede estar en condiciones de presentar una acción 20 o 30 años después, cuando ha superado las dificultades que supone dar a conocer un hecho así de doloroso. La imprescriptibilidad apunta a eso: que no haya nunca impunidad para un abusador sexual, que el tiempo no lo favorezca y la víctima pueda encontrar un camino para la sanación y la reparación.

-Pero esto es algo muy excepcional en el sistema jurídico, ¿no?

-Sí. Los delitos de lesa humanidad también se consideran dentro de aquellos delitos que, por su gravedad, merecen la imprescriptibilidad. En el caso de los delitos sexuales no es solo la gravedad (se podría pensar en otros delitos también muy graves), sino también por el hecho de que la persona no está en condiciones de ejercer la acción que se permite darle un tiempo adicional.

-Esta ley se une a otras iniciativas en torno a la infancia y su protección. Por ejemplo, el Registro de Ofensores Sexuales.

-Así es. Tenemos este otro proyecto ya aprobado en la Cámara de Diputados. Este registro, en realidad, existe. Lo que pasa es que este registro, llevado por el Registro Civil y que debe incluir a todas las personas que han sido condenadas como abusadores sexuales de menores de edad, tiene como propósito que nadie pueda contratar a una persona con esa condena en áreas de trabajo en que vayan a tener contacto con menores de edad. Pero el registro no está enteramente actualizado. Hay personas que habiendo sido condenadas están cumpliendo labores con menores (profesores o transportistas escolares, por ejemplo), rompiendo esa inhabilidad. Eso porque hay deficiencias en la formulación de las sentencias judiciales que pueden no incorporar en el fallo esta inhabilidad y, por tanto, no se incorpora al Registro. Este tipo de situaciones es la que corregimos con el Registro obligando a los intervinientes en el sistema judicial a solicitar o imponer la pena de inhabilidad cuando corresponda. Una modificación importante es que la inhabilidad, cuando se trata de menores de 14 años, es perpetua, pero cuando se trata de adolescentes entre 14 y 18 años, ella sólo dura 10 años. Creemos, dado el alto índice de reincidencia, que esa inhabilidad debe ser también perpetua.

-¿Hay alguna diferencia entre un "ofensor" y un abusador sexual?

-No, es una forma genérica de identificar a una persona que ha cometido un delito de los contenidos en el Código Penal que consiste en algún tipo de violencia o abuso sexual en contra de menores de edad. Hay una serie de tipos penales que están incluidos.

-¿Cómo se evita la estigmatización del ofensor? Una cosa es que no pueda trabajar con menores, pero podría dificultar conseguir trabajo cumplida su pena.

-La persona también tiene que sobrevivir una vez que ha sido condenada y cumplido su castigo. No hay ninguna objeción a que pueda desempeñarse en cualquier actividad. Lo que ocurre es que cuando va a trabajar en un liceo, por ejemplo, el director del liceo tiene que consultar este registro para ver si está o no incluido en él. Pero si va a trabajar en cualquier otra actividad que no tenga relación con menores no tiene por qué hacerse esa consulta y, por tanto, no va a tener ningún problema o dificultad en desenvolverse en otro ámbito. Lo que queremos es que el ofensor no trabaje en alguna actividad en que tenga contacto con menores. Tenemos que evitar la ocasión de riesgo.

-Tal registro, ¿se aplica a instituciones como la Iglesia católica?

-A cualquier institución, si el trabajo que va a desarrollar va a significar contacto con menores. No hay distinción, yo hablo de colegios o transportes escolares porque son los más frecuentes, pero cualquier otra actividad que signifique contacto con menores va a estar sometida a esta misma restricción.

-Ya que menciona las residencias, también se plantea el cierre del Sename y la creación de nuevos servicios de Protección y Reinserción. ¿Cómo va eso?

-El Sename se mueve en dos áreas: una es la de los niños y niñas en situación de vulnerabilidad y la otra tiene que ver con los infractores juveniles, adolescentes entre los 14 y 18 años. Para estos, estamos trabajando el en Servicio de Reinserción Social Juvenil. Esperamos implique cambios significativos para el proceso de reinserción del menor de edad mayor de 14 años. Al mismo tiempo, el proyecto busca introducir otras modalidades, como la mediación penal juvenil para resolución de los conflictos. Por otra parte, el Servicio de Protección a la Niñez, que va a reemplazar a la otra parte del Sename, también está avanzado. Ahí se están estableciendo mecanismos para poder trabajar de otra manera con la niñez vulnerable hasta los 18 años. Ambos servicios van a reemplazar al Sename. El Sename tiene sus días contados. Esperamos que ambos proyectos terminen su tramitación legislativa este año de manera que podamos empezar de forma gradual a traspasar el Sename a estos dos servicios y ojalá que antes de que termine el Gobierno dar por clausurado el Sename y tener instancias distintas que permitan realmente proteger a una niñez que ha sido muy maltratada. Tenemos que hacer el máximo esfuerzo para que la niñez vulnerable y los infractores juveniles de ley tengan un trato nuevo y distinto.

-En otro orden, se está llevando adelante la modernización del sistema notarial. Se conoció recientemente el caso de un notario que, aparte de sus irregularidades, era vitalicio.

-La modernización de los notarios apunta en varias direcciones. Una, quizá la más importante, es asegurarle a la gente un acceso al servicio de fe pública que sea más expedito, más fácil, más económico, y que le evite la pérdida de tiempo que implica hoy en día ese sistema. Queremos "desnotarizar" la vida de las personas. Actualmente se exigen, por distintas circunstancias, documentos que tienen que ser autorizados ante notario sin que haya ninguna justificación para eso. Y luego estamos tratando de asegurar que los notarios tengan un nombramiento que sea hecho fundamentalmente por mérito y de forma objetiva, pública y transparente y no por vías un poco opacas. Adicionalmente, estamos poniendo limitaciones a la duración de estos cargos: con un tope máximo de 21 años, lo que ya es bastante tiempo, y que por otro lado tengan como edad máxima los 75 años. Hay un grupo de notarios que quedó con un derecho vitalicio, son cerca de un centenar. Nos parece que hay que producir una renovación que es lo que además va a facilitar la modernización de los servicios.

-¿A eso ayuda la institución del "fedatario"?

-Sí, el "fedatario" es un nuevo ministro de fe para todos los trámites más sencillos. En notaría hay trámites más complejos, como los de registro (ej. escrituras públicas) y otros que son simplemente de firma, lo que llaman trámites "de mesón". Lo hace el funcionario y lo lleva a la firma del notario. Nosotros creemos que eso se puede hacer por otro tipo de ministro de fe, los "fedatarios".

-Con las juezas Lusic y Repetto para la Corte Suprema hubo una serie de cuestionamientos. ¿En qué consiste la idea de cambiar el sistema de nombramientos de los jueces y en qué cortes?

-En el caso de los nombramientos de los ministros de la Corte Suprema, existe un sistema que en lo fundamental no queremos cambiar. Hoy día los ministros de la Corte Suprema se nombran por una designación en quina que hace la Suprema y de esa quina el Presidente elije un nombre y ese nombre se somete al Senado que debe aprobarlo o rechazarlo con los dos tercios de los votos. Nosotros queremos que la quina se arme siempre con concursos públicos, que no existan audiencias privadas ni gestiones de lobby y que la quina no esté integrada por un miembro que tenga derecho propio por antigüedad, sino que los cinco entren simplemente por razones de mérito. Y luego queremos terminar con una práctica que se instaló entre el Gobierno y el Senado de una negociación, de un cabildeo, dejando la sensación de que era un trabajo que se hacía en la "cocina", sin la transparencia que requiere. No vamos a cambiar las atribuciones que tiene el Presidente o el Senado, sino que vamos a buscar mecanismos que permitan su ejercicio con una suerte de acercamiento institucional a través del cual el Presidente o el Gobierno va a oír a los senadores antes de enviar su postulación.

-¿Qué pasa con los demás jueces?

-Hoy día, los ministros de la Corte de Apelaciones y todos los jueces en los distintos ámbitos se nombran a partir de una terna que hace la Corte de Apelaciones de la cual el Presidente, a través del ministro de Justicia, elije uno y ese es nombrado. Este sistema nos parece inadecuado, porque se presta para que la Corte de Apelaciones tenga atribuciones más bien de poder respecto de sus subordinados, en circunstancias que lo que tienen que hacer estos ministros es desarrollar labores jurisdiccionales, actuar como jueces, y el nombramiento de jueces no forma parte de esa función. Creemos que eso ha distorsionado la labor de los ministros de las Cortes de Apelaciones y no ayuda a lograr ni la mayor transparencia ni las mejores designaciones. Tampoco nos parece razonable que el ministro de Justicia, por delegación del Presidente, elija a su sola voluntad desde una terna al que estime más adecuado. Estamos elaborando un proyecto que va a crear un Comité de Nombramientos que va a llamar a concurso cada vez que haya una vacante, va a hacer la selección y dentro de los seleccionados finalmente va a nombrar. Es decir, ni las Cortes de Apelaciones ni el ministro de Justicia van a seguir teniendo las atribuciones que hoy día poseen.

-¿Cuán representativo es lo que ocurrió en Rancagua respecto del sistema de justicia, con un agitado caso de corrupción?

-Yo espero que no represente al sistema completo. Quiero pensar que lo que ocurrió en Rancagua es una situación muy excepcional. Pero no sabemos si ocurre y en qué grado puede estar ocurriendo en otro ámbito judicial. Lo que tenemos que hacer es cautelar el funcionamiento de las cortes. Por eso la reforma incluye mecanismos de supervisión más efectivos, como por ejemplo el ministro visitador; queremos convertir eso en un sistema más eficaz que permita también un trabajo de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, para evaluar con instrumentos objetivos y efectivos el funcionamiento de la Corte de Apelaciones y de los Juzgados que dependen de ella, con audiencias públicas, un trabajo que se traducirá en un informe que se entrega a la Corte Suprema y será de conocimiento público. Estamos incorporando un mecanismo de supervisión que permita tener más información, para prevenir o rectificar oportunamente lo que ocurre en las cortes y no llegar a la situación de escándalo que sucedió en Rancagua.

"No hay que olvidar que cerca del 80% de los abusos sexuales contra menores son cometidos por familiares o personas cercanas". "Lo que queremos es que el ofensor no trabaje en alguna actividad en que tenga contacto con menores. Tenemos que evitar la ocasión de riesgo"

"Queremos terminar con una práctica (designaciones a la Corte Suprema) que se instaló entre el Gobierno y el Senado de una negociación, de un cabildeo" "Quiero pensar que lo que ocurrió en Rancagua es una situación muy excepcional. No sabemos si ocurre y en qué grado en otro ámbito judicial"

HANS SCOTT/AGENCIAUNO