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Corte Suprema falla a favor de viñamarino por estafa bancaria

JUDICIAL. Francisco Alviña perdió 1.500 dólares en una transacción digitada desde Chipre. Máximo tribunal dice que el banco deberá reponer esa suma.
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Katherine Escalona M.

Un año esperó Francisco Alviña para lograr la recuperación de un dinero que perdió debido a una estafa bancaria de la que fue víctima el año pasado. Pese a que se encontraba en la página web de su banco, el hombre vio cómo se esfumaban de su cuenta US$ 1.500, dinero equivalente a $ 1 millón.

Por ello interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, tribunal que falló en su contra. Sin embargo, Alviña perseveró ante la Corte Suprema, que falló a favor del viñamarino y estableció que el Banco de Chile debía restablecer la suma que fue sacada fraudulentamente de su cuenta corriente.

La abogada María Angélica Alviña, hermana de la víctima y quien defendió la causa en tribunales, explicó que Francisco fue víctima de una estafa en el momento que realizaba un trámite en la página web oficial del Banco de Chile. Desde ahí, con antecedentes del banco, hicieron la transferencia hacia una cuenta en Chipre.

"El año pasado, él estaba en su oficina digitando y entrando a su cuenta corriente por internet en el Banco de Chile y cuando él hacia esta tarea de corregir los ingresos y egresos se le desplegó un formato de un sistema operativo que tienen para protección de los clientes; por lo tanto, él pensó que esto se estaba desplegando para él y este aviso le pide a él su clave", afirmó la abogada.

La jurista explicó que "él, estando en un sitio seguro del Banco de Chile con todos los logotipos y todo, digitó su clave y en ese minuto comienza el sistema a estar errático, se comienzan a mover las letras, él no podía digitar ni controlar y corta el computador completamente. Cuando lo vuelve a reiniciar le llega un aviso a través de su sistema de cuenta corriente que se ha hecho una transacción en Inglaterra desde Chipre por 1.500 dólares norteamericanos".

Cuando se dio cuenta de la situación, precisó la abogada, "el sale de su oficina, se dirige al Banco de Chile en Valparaíso, cuenta esta situación y no tuvo solución. Tuvo que llenar papeles, recurre al Sernac financiero y el banco finalmente, a través de una carta, le dice que no le va a pagar nada porque no estaba comprobada la situación como se relataba".

Recursos legales

Ante la respuesta de la entidad bancaria, la víctima recurrió a acciones legales y presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, donde todos los ministros fallaron en contra.

Pese a dicha resolución, la abogada María Angélica Alviña insistió. "Volvimos a ingresar el recurso a la Corte Suprema y en abril ingresa el recurso a redacción del fallo con la ministra Ángela Vivanco. En agosto se dicta el fallo en la Corte Suprema a favor del cliente, a favor del cuentacorrentista, a favor del recurrente, con un fallo contundente, y ganamos".

La abogada aclaró que "el banco es una piedra imposible de pasar, con todos sus sistemas a favor, el cliente siempre tiene la culpa. Aquí en Valparaíso no hubo eco, pero en Santiago ganamos: cuatro ministros contra uno, a favor del cliente".

El fallo indica que la entidad bancaria debe velar ante acciones fraudulentas. "Se declara que se acoge el recurso de protección, debiendo la recurrida, Banco de Chile, restituir la suma de 1.500 dólares", explica el fallo.

"El banco está obligado a pagar"

Según aclaró la abogada, la víctima no tenía un seguro asociado para que se efectuase la devolución del dinero, acción que recalcó "no es invalidante para que la protección del banco sea total". El fallo, consignó, "fue contundente en señalar que hoy en día todas las entidades financieras tienen que proteger a sus clientes, tienen los medios económicos y comerciales para ello. Van a tener que responder sin llevarlos a tribunales".

Hospital debe dar medicamento a niña que sufre atrofia medular

SALUD. Máximo tribunal del país resolvió a favor del paciente.
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Hasta la Corte Suprema tuvo que llegar la familia de una menor de 6 años, atendida en el Hospital San Martín de Quillota, para poder optar al medicamento de la niña, denominado Spinraza, remedio que necesita la menor para tratar su enfermedad de atrofia medular espinal.

Tras revisar diversos antecedentes y dar a conocer que "una de las principales razones esgrimidas por los recurridos para no otorgar el tratamiento requerido para la enfermedad que presenta la menor, padecimiento de índole genético, de carácter progresivo, de rara ocurrencia y frecuentemente mortal, consiste en el alto costo del medicamento, dado el sustancial impacto que su adquisición podría tener en los limitados recursos con que cuentan las instituciones públicas para atender las necesidades de otros enfermos", afirma el fallo, la Corte Suprema ordenó al hospital San Martín de Quillota, al Servicio de Salud de Viña del Mar-Quillota, al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y al Ministerio de Salud otorgar financiamiento para el medicamento de la menor.

Esto, basándose en que existen Derechos del Niño y que el artículo 5 de la Constitución estipula que el Estado debe velar por la salud e integridad de un menor de edad.

Vecinos presentan recursos al SEA por obras en Quirilluca

ACCIÓN. Buscan que se invalide la RCA del proyecto "Maratué" en Puchuncaví.
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En mayo de este año, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso aprobó por unanimidad el proyecto habitacional "Maratué", que proyecta la edificación de 14.180 viviendas en un periodo 45 años, en un predio de 1.014 hectáreas ubicado en el sector de Quirilluca, comuna de Puchuncaví.

La aprobación a la iniciativa, de la Inmobiliaria El Refugio Ltda., causó polémica entre los vecinos de la zona, quienes ayer presentaron dos recursos ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en contra del proyecto para revocar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que le otorgó la Comisión para que la edificación no se construya.

El representa de la organización "Salvemos Quirilluca", Ricardo Quero, aseveró que "ingresamos un recurso de reclamación y un recurso de invalidación que trabajamos con una ONG de abogados ambientalistas. En ellos apelamos que no nos respondieron de forma correcta a nuestras observaciones que hicimos en la participación ciudadana y el recurso de invalidación es para demostrar que todo el proceso de evaluación ambiental tuvo vicios".

Agregó que "los diferentes servicios que participaron de la evaluación ambiental dieron su opinión sin ajustarse a derecho y por estos motivos nuestro objetivo es que se revoque la RCA".

Para los vecinos el proyecto habitacional "Maratué" atenta contra el ecosistema de la zona de Quirilluca, que tiene una rica flora y fauna. Estiman que con la puesta en marcha de la iniciativa se efectuará "la tala de 131,7 hectáreas de bosque nativo", por lo que consignó, cuenta con una amplia oposición de la comunidad.

Proyecto

Cuando fue aprobado el proyecto todos los servicios de la Comisión de Evaluación Ambiental regional votaron a favor de la iniciativa y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) aseguró un crecimiento sustentable en la localidad de Quirilluca, Puchuncaví.

El titular de la obra indica en el SEA que "el proyecto se ha diseñado con una densificación menor a la permitida por los Instrumentos de Planificación Territorial vigentes. Se contempla un máximo de 14.180 viviendas, las que serán construidas gradualmente en un plazo de 45 años, aproximadamente".