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Condenan al acusado

JUDICIAL. Autor de violación con homicidio de la pequeña de un año y siete meses arriesga presidio perpetuo.
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Cristián Rojas M.


del crimen


de Ámbar

El Tribunal Oral en lo Penal de Los Andes, en fallo unánime, declaró culpable del delito de violación con homicidio a Miguel Andrés Espinoza Aravena, imputado por el cruel crimen en contra de la pequeña de un año y siete meses Ámbar Lezcano en la comuna de Rinconada, delito por el cual arriesga la pena de presidio perpetuo calificado, como solicitan los querellantes, y que lo mantendría en la cárcel por, al menos, 40 años, cuando recién podría optar a algún beneficio.

Ello, porque el tribunal consideró en su fallo la agravante de alevosía solicitada por los querellantes, aunque la defensa pidió tener en cuenta las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración con la investigación, por lo que el abogado del condenado pidió una pena menor, que en este caso podría ser presidio perpetuo simple, lo que acortaría a 20 años la posibilidad de acceder a beneficios.

Refutan colaboración

La atenuante de colaboración con la investigación fue refutada por la Fiscalía, señalando que el condenado ocultó información y la declaración que dio fue con el único motivo de defenderse de la acusación, y de no ser por ello, habría sido más fácil determinar la culpabilidad de Espinoza.

La abogada querellante Karin Hein, de la Fundación Amparo y Justicia, también pidió rechazar las atenuantes, destacando que no hubo colaboración, puesto que la Fiscalía y las partes acusadoras fueron las que aportaron los elementos para lograr establecer la culpabilidad del imputado. Además, recordó que Espinoza se cambió de ropa para no dar indicios de su brutal delito y en la segunda entrada de los investigadores a su casa encontraron ropa lavada y con fuerte olor a detergente dentro de una bolsa negra perteneciente a Ámbar.

El Sename, también querellante, pidió desestimar la atenuante de colaboración y la Intendencia coincidió, recordando que la defensa intentó atribuir la muerte de la pequeña a una negligencia médica.

En el punto cuarto del fallo la jueza señaló que la exposición de las pruebas y los informes de los peritos permiten establecer los hechos "que, por cierto, resultaron bastante impactantes para estos jueces, tal como ocurrió en su momento con el personal médico que atendió a la menor".

Asimismo, en la lectura del fallo se detalló el brutal ataque, que le provocó a la bebé un estallido gástrico que finalmente le causó la muerte, en medio de "un dolor indescriptible", según indicaron los peritos médicos, agonía que se prolongó por horas, mientras Espinoza fumaba cigarros y bebía tragos, no llevándola hasta un centro médico, sino hasta que llegó su esposa a la vivienda que ambos compartían.

Por otra parte, la jueza indicó que hubo numerosos elementos que permitieron inculparlo, como ropa interior del condenado con restos orgánicos suyos y de la víctima, y desestimó los argumentos de la defensa, señalando que el supuesto estallido gástrico espontáneo, como alegaba, no encuentra respaldo alguno en las evidencias, no había patología anterior y el informe psicológico exaltando las virtudes del condenado era deficiente.

Según detalló el fiscal jefe de Los Andes, Ricardo Reinoso, el tribunal acogió "la tesis de la Fiscalía en torno a la participación de esta persona como autor de este delito y también la concurrencia de las circunstancias agravantes, para que la Fiscalía pueda solicitar la pena que hemos pedido, de presidio perpetuo calificado".

El persecutor explicó que, existiendo agravante y atenuante, "eso se compensa, técnicamente" y argumentó que se debiera desestimar la atenuante de colaboración porque las declaraciones de Espinoza y su esposa, tía de Ámbar, "son testimonios que no aportaron en nada al esclarecimiento de los hechos y eso fue lo que consideró el tribunal en su veredicto. Lo que se intentaba, a nuestro juicio, era justamente desvirtuar la contundente prueba de la Fiscalía, que logró establecer y formar convicción en el tribunal, de su participación culpable en los hechos".

Intentó exculparse

Por su parte, la abogada querellante, Karin Hein, destacó que si bien es probable que el tribunal acoja la atenuante de irreprochable conducta anterior, "también alegaron la colaboración sustancial y en eso sí creemos que no existe ninguna condición objetiva que permita que el tribunal la acoja, porque la verdad es que el condenado hasta último momento negó su participación y aportó prueba para intentar exculparse. Por lo tanto, creemos que no sería conducente la colaboración". L a sentencia con la pena que se le aplicará a Espinoza será el próximo miércoles.

Golpe en el abdomen le causó la muerte

El fallo consigna que, aparte de las lesiones en su zona genito anal que "no pueden sino que corresponder a la secuela de una penetración (...), el cuerpo de la menor presentaba una rotura visceral consistente en un estallido gástrico, que fue la lesión interna que le causó la muerte, además de múltiples otras lesiones, como hematomas en su tórax, brazos, escoriaciones en su boca, además de otras lesiones en su cabeza y rostro, que deben necesariamente atribuirse a la acción de terceras personas, que de manera cobarde actuaron sobre el frágil cuerpo de la niña".

"(Espinoza estaba) muy consciente de la condición grave en que se encontraba Ámbar y no tomó ninguna medida para salvarla"

Karin Hein, Abogada querellante de la, Fundación Amparo y Justicia

Manifestación en Plaza Victoria termina en serios disturbios

PROTESTAS. En Viña del Mar, en tanto, mujeres realizaron performance de Las Tesis frente a Prefectura y Reloj de Flores.
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Una convocatoria en la plaza Victoria a favor de una asamblea constituyente terminó ayer en disturbios en el centro de Valparaíso. A través de redes sociales, el Frente Sindical y la Mesa Social llamaron a reunirse en el tradicional parque porteño a las 13 horas, congregando a unas 200 personas que tenían como fin iniciar una marcha, al igual que la tarde del miércoles, por la avenida Pedro Montt.

Sin embargo, personal de Fuerzas Especiales de Carabineros impidió el desarrollo de la manifestación no autorizada por la neurálgica arteria, utilizando para ello carros lanzagua y lanzagases.

Llamó la atención de los asistentes a la convocatoria y de transeúntes el lanzamiento a gran altura de bombas lacrimógenas. Incluso, una de ellas llegó a la terraza de un departamento del edificio ubicado en la esquina de las calles Condell con Molina.

En Viña del Mar, en tanto, un grupo de mujeres marchó por el centro de la ciudad y en las cercanías de la Prefectura de Carabineros realizaron la performance "Un violador en tu camino", de Las Tesis, acción que repitieron en el Reloj de Flores.