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Corte mantiene las cautelares a carabinero imputado por muerte del hincha de Colo Colo

JUSTICIA. Tribunal de alzada desestimó la apelación interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).
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La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió ayer mantener las medidas cautelares impuestas al cabo primero de Carabineros imputado por atropellar con un camión institucional a un hincha de Colo Colo el pasado 28 de enero, lo que le causó la muerte, según informó Emol.

De esta forma, el tribunal de alzada mantuvo lo ordenado en un principio por el 14°Juzgado de Garantía, instancia en la que el Ministerio Público pedía que se aplicara arresto domiciliario total, mientras se extienda la investigación por cuasidelito de homicidio. En aquella ocasión, la jueza Andrea Acevedo determinó firma mensual y arraigo nacional, quien argumentó que no existió dolo por parte del imputado, sino que una "conducta negligente justificada".

Asimismo desestimó la apelación interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Fiscalía Metropolitana Oriente en contra de la citada resolución.

Confirma resolución

Según el fallo de la Corte de Apelaciones, "los hechos ocurridos el día 28 de enero de 2020 se centran en la salida masiva de un evento deportivo, situación que se produjo en medio de manifestaciones que no han podido, hasta ahora, calificarse como pacíficas".

"El imputado conducía un vehículo de traslado equino; no formaba parte de la fuerza policial contenedora de las manifestaciones y se enfrenta sorpresivamente a una turba que apedreaba a los carros policiales y a sus ocupantes que allí resguardaban el orden y la seguridad pública. En ese momento, se desplazaba por la calzada la víctima acompañada por su pareja", estimó la Sala.

"Además, la calidad de agente del Estado del imputado, la que si bien exige un respeto irrestricto a las garantías fundamentales, de lo que tampoco puede excluirse a todos los ciudadanos, no puede invocarse para calificar de dolosa una reacción negligente y tal vez descontrolada, producto de la situación vivida en el lugar en el que fue agredido por los manifestantes causando daños al vehículo fiscal y lesiones al mismo y a su acompañante", indicó el fallo.

El tribunal también consideró que "la conducta anterior del imputado ha sido intachable", y concluyó apuntando que "por todo lo razonado, no existe mérito, a juicio de estos sentenciadores, para agravar las medidas cautelares (...), motivo por el cual se confirma la resolución".

Reparos a la jueza

Hacia al final del fallo, la Corte de Apelaciones dedicó un párrafo a la controvertida magistrada, que ha estado en el ojo del huracán debido a las expresiones que utilizó durante su resolución y por las que, incluso, le llegaron amenazas.

Aseguró, por ejemplo, que Colo Colo cuenta "con una carga histórica que para el deporte no hace ninguna contribución (...). Tiene esa famosa Garra Blanca de por medio, que sus hinchas o así denominados, tienen una actitud no muy acorde a las reglas sociales".

También sostuvo que "por más que hayan voces (que defienden) que es el derecho a manifestarse, y que en el fondo acá tienen derechos las personas, por desgracia estamos en un Estado en el que se nos han hasta olvidado los deberes y las limitaciones que el propio derecho establece", y añadió respecto al fallecido que habrá que ver "hasta qué punto hay una exposición imprudente al daño, si estaba habilitado para cruzar, y por otro lado el estado etílico. Pensemos que él venía saliendo de un partido de fútbol".

"Se hace presente que esta Corte no comparte las expresiones de carácter personal y juicios de valor invocados por la jueza a quo como parte de los fundamentos de la resolución recurrida", recalcó la tercera Sala.

Los dichos del tribunal de alzada se suman al rechazo de organizaciones como la Asociación de Magistrados, que calificaron de "escandalosa" la forma en que la jueza se expresó.

"No existe mérito, a juicio de estos sentenciadores, para agravar las medidas cautelares (...), motivo por el cual se confirma la resolución".

Tercera Sala de la, Corte de Apelaciones, de Santiago

Partido Comunista niega relación laboral y asegura que apelará al fallo

TRABAJO. Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condenó a la colectividad a pagar más de $170 millones.
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Hace un par de días apareció la noticia que el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago condenó al Partido Comunista a pagar más de $170 millones a una ex trabajadora que interpuso una demanda, luego que no se le reconociera su relación laboral.

La mujer se desempeñó durante casi 30 años como cuidadora de la parcela del PC ubicada en el Arrayán. En el lugar, según explicó en el texto, vivió con su conviviente, quien también trabajó para la colectividad, y sus tres hijos. Acusó no haber recibido sueldo en las casi tres décadas, el cual debió haber sido de $432.000; y que por la falta de ello debió vender su única propiedad, a fin de poder costear los gastos diarios de subsistencia.

Ayer, por primera vez, el partido rompió el silencio e indicó que "hemos instruido a nuestro equipo jurídico de ejercer todos los recursos procesales que la judicatura laboral nos entrega, con el objeto de esclarecer los hechos y por esta vía institucional prime la correcta calificación de los hechos, que no es otra que la inexistencia de la supuesta relación laboral. De esta forma recurriremos a Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago por la vía de recurso de nulidad".

Señaló que el juicio iniciado por la demandante, "reclamando la supuesta relación laboral con nuestra organización, la interpretamos como una respuesta engañosa a nuestro legítimo derecho de reclamar por la vía judicial la restitución de nuestra propiedad, que es ocupada por ella y su familia sin justificación alguna, usufructuando y gozando de un bien durante años, que jamás le ha pertenecido".