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Concejal Chahuán seguirá en prisión preventiva tras decisión de la justicia

JUDICIAL. Corte porteña rechazó la apelación de la defensa del edil, ante la gravedad de los cuatro delitos.
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La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la apelación de la defensa del edil de La Calera, Llamal Karim Chahuán Cerna, quien tendrá que cumplir la prisión preventiva en la cárcel tras su formalización como autor de los delitos de robo en lugar no habitado, tráfico de influencias, tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades y falsificación de documento público.

La determinación del tribunal de alzada fue en fallo unánime -integrada por las ministras Silvana Donoso Ocampo, Sandra Cortés Herrera y la abogada (i) Amalia Cavaletto Flores- quienes precisaron en el fallo tras los hechos expuestos se "subsiste y se mantiene incólume la probabilidad de ocultación de evidencia a la que aludió esta Corte (...) y considerando, además, la reformalización que fuera objeto el imputado, circunstancia que permite afirmar que su libertad constituye un peligro para el éxito de la investigación".

En este contexto, el documento, recalca que con la determinación de continuar la prisión preventiva de Chahuán, se resguarda también la "seguridad de la sociedad". Por esto, indican, "se confirma la resolución apelada de cinco de febrero de dos mil diecinueve, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Llamal Karim Chahuán Cerna".

Sobre la resolución la ministra Silvana Donoso, aseveró que es segunda vez que la sala no acoge la solicitud de la defensa y ante esto dijo que "debo hacer presente que la vez anterior, la oportunidad en que conocimos de la apelación de este mismo imputado, se le habían atribuido sólo dos delitos. En definitiva, dos delitos de robo en lugar no destinado a la habitación, esto es dos robos a tiendas comerciales".

En esa oportunidad, aseveró Donoso, "esta sala confirmó la resolución de primera instancia por cuanto el fiscal hizo presente que además de estas dos causas había una audiencia fijada de reformalización por otros delitos".

Esto delitos, afirmó la ministra Donoso, fueron considerados en la segunda apelación en donde - dijo- "resultaba difícil obtener la libertad, puesto que los cargos que se adicionaron eran bastante graves".

Informe de Carabineros descarta actuar ilegal y arbitrario por lacrimógenas en plaza porteña

JUDICIAL. Escrito es parte de recursos de protección agrupados contra el Gobierno y la policía.
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Katherine Escalona M.

El 30 de enero pasado, el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Raúl Mera informó a este Diario que doce recursos de protección en contra de Carabineros y el Gobierno, por presunto actuar ilegal y arbitrario tras las manifestaciones después del estallido social en la Región de Valparaíso, se agruparon en una sola causa.

Por esto, se solicitaron informes claves para resolver lo reclamado por los recurrentes y la Corte porteña realizó la petición de informes por dos hechos particulares: lo ocurrido el 18 de noviembre en la plaza El Descanso de Valparaíso por el uso excesivo de lacrimógenas y lo suscitado el 9 de noviembre en el hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar, por la misma utilización de medios disuasivos que habrían perjudicado a personal médico y pacientes.

Sin embargo, pese a la solicitud del tribunal de alzada, actualmente sólo se encuentra en el expediente de la causa el informe de Carabineros de Chile respecto al recurso de protección presentado por el presidente de la Junta de Vecinos (JJ.VV.) Miraflores de Valparaíso, Alejandro Figueroa Abarca, quien manifiesta en el recurso que hubo un actuar ilegal y arbitrario de uso de lacrimógenas cuando realizaban una actividad social, el 18 de noviembre del año pasado, en la plaza El Descanso, situación que descartó Carabineros.

Detalles del informe

En el escrito, de siete páginas, elaborado por el general Raúl Silva, jefe (s) de la V Zona, se establece que en forma y fondo el recurso de protección de Figueroa estaría mal presentado por lo que se solicita "rechazarlo".

Los argumentos son diversos. Primeramente, Carabineros argumenta que en el recurso se habla "de todas las personas de la unidad vecinal" presuntamente perjudicadas, quienes no estarían mencionadas en la causa y que lo que pretende el ingreso del recurso es que la Corte de Apelaciones "declare ilegal la utilización por parte de Carabineros de Chile de un medio disuasivo debidamente autorizado y regulado por la normativa vigente", situación que se debería descartar.

Es más, en el punto dos del escrito - que se refiere al fondo del recurso - se deja en evidencia que en la causa ingresada por Figueroa hay citas "que reflejan una contradicción entre los dichos del recurrente, pues permite evidenciar que la intervención policial en el sector residencial de Plaza El Descanso no fue antojadiza ni sin motivo, sino que se debió a la irrupción de gente que corría desde Plaza Aníbal Pinto (sector en que se desarrollaba una manifestación) hacia el sector en donde los vecinos desarrollaban su actividad".

Ante esto, describe el escrito "desde el día 19.10.2019, debido a las manifestaciones que se han generado en el territorio jurisdiccional (...), tanto las Fuerzas Armadas como Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones han desplegado servicios de control de orden público para intervenir cautelando la integridad física de aquellos que se manifiestan pacíficamente, aplicando los protocolos existentes para dar cumplimiento irrestricto al cometido constitucional de restablecer el orden público y la seguridad pública interior".

Bajo está arista, el general Silva, explica en el informe que "situación diversa es que, lamentablemente, la contingencia actual ha provocado una violencia inusitada en las calles, la que redunda en un actuar extremadamente agresivo y con ánimo bélico hacia los funcionarios de Carabineros".

Argumenta, que "Carabineros de Chile, para el restablecimiento del orden público , se encuentra autorizado legalmente para hacer uso de elementos disuasivos y medios de fuerza, lo que conlleva obligaciones y responsabilidades respecto de los derechos que puedan verse afectados por el ejercicio de la misma".

Afirman, además, que la institución ha permitido el desarrollo de manifestaciones pacíficas, dando como ejemplo la suscitada el 27.10.2019 en donde, dice el escrito, "se verificó marcha masiva desde Viña del Mar a Valparaíso", pero - recalcan- después "se generaron incidentes que motivaron la intervención policial" al tratar de entrar al perímetro de seguridad del Congreso Nacional.

Informe del fricke

Respecto al informe del hospital Gustavo Fricke, que sería clave para ver el accionar de Carabineros en la causa, este lunes la Corte emitió una resolución en donde indica que al no llegar la documentación requerida por parte del centro hospitalario, el proceso sigue y no se tomará en consideración.

Ante esto, desde el hospital Gustavo Fricke respondieron que se hará entrega de un oficio al tribunal de alzada con los antecedentes solicitados a la brevedad, solicitando su consideración al tribunal, debido al contexto de la notificación.

Explicaron que "la dirección del hospital (...), informa que revisada la causa consultada en el sistema del Poder Judicial, se observa que el Departamento Jurídico del establecimiento no fue notificado debidamente por la Corte, debido a un error en el correo del destinatario, situación que ha sido señalada en ocasiones anteriores al tribunal".

12 recursos de protección son los agrupados en la causa por actuar ilegítimo y arbitrario.