Gobernadores regionales: nuevas autoridades en el mapa
En paralelo a las elecciones municipales de octubre, los ciudadanos podrán elegir a las máximas autoridades de cada región, que reemplazarán a los intendentes designados por el Gobierno. El cambio, sin embargo, incluye también la creación de delegados presidenciales regionales.
Mariela Puebla V.
E ste año Chile vivirá un cambio en la estructura de sus autoridades regionales y provinciales.
En paralelo a las elecciones municipales del 25 de octubre, la Ley 21.073 contempla también comicios de gobernadores regionales, elegidos mediante sufragio universal, en votación directa y no por nombramiento presidencial como sucede hasta ahora con los intendentes regionales y los gobernadores provinciales. Los nuevos gobernadores durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelegidos por un período más, consecutivo.
Los gobernadores regionales reemplazarán a los actuales intendentes, que, eso sí, no ejercerán de manera individual. Cada uno estará acompañado de un delegado presidencial, quien ejercerá el gobierno interior de cada región, siendo el representante natural e inmediato del Jefe de Estado en el territorio de su jurisdicción.
En la web de la Biblioteca del Congreso Nacional (www.bcn.cl/leyfacil) se consignan las funciones que tendrá la nueva autoridad regional, entre las que destacan:
Formular políticas de desarrollo regional considerando las políticas y planes comunales respectivos.
Someter al consejo regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones, además del proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.
Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo. actual modelo
Para entender los cambios que vienen es necesario conocer el actual modelo de autoridades regionales y provinciales. Chile se divide de norte a sur en regiones (16) y éstas, a su vez, están conformadas por provincias (56 en todo el país). Cada una de estas unidades territoriales tiene una estructura con distintos representantes, objetivos y funciones.
1.gore:
La administración superior de cada región radica hoy en un Gobierno Regional (GORE), constituido por un intendente y un consejo regional, y que se encarga del desarrollo social, cultural y económico de dicha unidad territorial.
El intendente es de exclusiva confianza del Presidente de la República, quien lo nombra o remueve del cargo.
Esta máxima autoridad regional ejerce sus funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Jefe de Estado, de quien es su representante natural e inmediato en el territorio de su jurisdicción.
Le corresponde además la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región.
Los intendentes cuentan además con el apoyo de los secretarios ministeriales regionales o seremis (representantes de cada ministerio en cada región).
El consejo regional, por su parte, es un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del Gobierno Regional y está encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía del territorio y de ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende.
Sus integrantes son los consejeros regionales (cores), que desde 2013 son elegidos por sufragio universal en votación directa. Duran cuatro años en sus cargos y pueden ser reelegidos.
Las materias sometidas a aprobación del consejo regional son estudiadas por los consejeros, que se organizan en distintas comisiones de trabajo, como Coordinación y relaciones institucionales; Infraestructura, transporte y aguas lluvias; Desarrollo social; Salud; Educación y cultura; Medio ambiente; Ordenamiento territorial, planificación, vivienda y reconstrucción; Mujer y género, entre otras.
2. Gobernaciones:
En cada provincia existe una gobernación, órgano territorialmente desconcentrado del GORE que está a cargo de un gobernador nombrado -y removido libremente- por el Presidente de la República.
A los gobernadores les corresponde, de acuerdo a las instrucciones del intendente, supervisar los servicios públicos que existen en la provincia, enfrentar situaciones de emergencia y catástrofes. Además de todas las atribuciones que el intendente les delegue, tienen las que la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional les confiere directamente. Algunas son:
Ejercer las tareas de gobierno interior, especialmente las destinadas a mantener en la provincia el orden público y la seguridad de habitantes y bienes.
Aplicar en la provincia las disposiciones legales sobre extranjería.
Autorizar reuniones en plazas, calles y otros lugares de uso público, en conformidad con las normas vigentes.
Requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
Autorizar la circulación de los vehículos de los servicios públicos creados por ley fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de la función administrativa.
Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional. www.bcn.cl (formación cívica/leyfácil)
PRIMARIAS PARA JUNIO
Tanto la elección de alcaldes como de gobernadores incluye en su itinerario un proceso de primarias por parte de los partidos o coaliciones políticas, para definir a sus candidatos, las que se realizarán el domingo 7 de junio de 2020.