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SMA fiscaliza a Codelco Ventanas por un nuevo peak de dióxido de azufre

POLUCIÓN. Alcalde Carrasco manifiesta su preocupación por el coronavirus y la contaminación en la zona.
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Katherine Escalona M.

Nuevos episodios por emanación de dióxido de azufre (SO2) alertan a la comunidad de Quintero y evidencian una situación que no cesa en la zona. El hecho lo confirmó la seremi del Medio Ambiente, Victoria Gazmuri, quien aseveró que el lunes hubo un peak por dióxido de azufre (SO2) en la bahía, por lo cual la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscalizó a Codelco División Ventanas.

"Durante la noche del 29 de junio, entre las 20.00 y las 21.00, según norma horaria de dióxido de azufre, se registró un peak de 591 ug/m3 en la Estación Quintero, estableciéndose Alerta Ambiental (...) y la SMA se desplegó realizar fiscalizaciones a la empresa Codelco Ventanas", recalcó la autoridad medioambiental.

La seremi Gazmuri dijo que posteriormente, a las 02.00 de la mañana, "se presentó una superación de norma de SO2 de 369 ug/m3" y, por este motivo, "durante toda la jornada (de ayer) hemos llevado un constante monitoreo de los niveles de calidad del aire de las comunas".

Agregó que "a principios de mayo se solicitó el ajuste del plan operacional a Codelco, como señala el PPDA (Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica), a fin de aumentar las exigencias frente al control de emisiones contaminantes" y por la pandemia, donde, aclaró, "las empresas tienen que dar el ejemplo".

Sin embargo, vuelve a ocurrir esta situación y, según detalló el investigador asociado de la Fundación Terram, Hernán Ramírez, esto tendría relación con la empresa estatal.

El especialista dijo que "esta superación de la norma de SO2 coincide con una superación de emisiones de dióxido de azufre por parte de la Fundición de cobre de Codelco Ventanas. La norma de emisión de fundiciones, que debió haber ingresado a revisión el 2018, establece como máximo la emanación para la planta de ácidos de 600 ppm (partes por millón) y esto ayer (lunes) fue superado en dos ocasiones".

Preocupación

El alcalde de Quintero, Mauricio Carrasco, manifestó su preocupación y recalcó que "hemos enviado oficios a la SMA y la Seremi del Medio Ambiente, ya que sabemos que hay un Plan de Descontaminación y una norma horaria de SO2 que ha mejorado en algo la situación, pero no estamos en tiempos normales, estamos atravesando una pandemia mundial. Por lo mismo, solicitamos que en este periodo se pueda exigir que las empresas ajusten aún más sus planes operacionales".

El jefe comunal subrayó que "la ecuación contaminación más coronavirus puede resultar tremendamente grave. El hospital ya está destinando sus esfuerzos en atender a los pacientes covid, pero no podría dar abasto ante un nuevo episodio de contaminación".

591 ug/m3 fue la emanación de SO2 más alta que se registró la noche del lunes, según informó la seremi.

Suprema ratifica millonario pago de indemnización municipal

JUDICIAL. Mantuvo fallo que condena a la casa consistorial porteña a cancelar $ 50 millones a vecina que cayó en escalera.
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La Corte Suprema mantuvo la sentencia que condenó a la Municipalidad de Valparaíso a pagar una indemnización de $ 50 millones por concepto de daño moral a una transeúnte que sufrió lesiones al caer por el mal estado de la escalera Tres del cerro Yungay, a la altura de la calle Almagro.

La afectada, de 47 años, sufrió importantes lesiones en su cabeza y extremidades, a lo que se suma un daño psicológico por el accidente, motivo por el cual demandó por daños morales al municipio. El hecho ocurrió el 5 de septiembre de 2018.

En la causa rol 24.322-2020, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Álvaro Quintanilla y Jorge Lagos- rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por el municipio en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que condenó a la demandada por falta de servicio.

"Como puede advertirse, el recurso incurre en deficiencias que lo hacen inviable, pues se construye contrariando las circunstancias fácticas establecidas por los sentenciadores del mérito intentando variarlas, toda vez que propone la inexistencia de falta de servicio y la improcedencia de la responsabilidad de su parte, por cuanto no se habría analizado en el fallo la concurrencia de la relación de causalidad entre el hecho dañoso y los perjuicios reclamados por la actora y el elemento de la culpabilidad, como tampoco se habría acreditado el lugar del accidente, lo que a la luz de lo expuesto en el motivo precedente, ello no resulta efectivo", sostiene el fallo.

"A mayor abundamiento, el recurso tampoco cita la norma decisoria que establece la responsabilidad por falta de servicio de las municipalidades y que se encuentra en la Ley Orgánica Constitucional respectiva", sostuvo la resolución.

"El presente recurso de casación en el fondo no puede prosperar y debe ser desestimado por incurrir en manifiesta falta de fundamento".

Tercera Sala Corte Suprema

Carabineros detecta local en Viña que vendía alcohol sin patente

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En los patrullajes que realiza por la comuna, Carabineros de la 1ª Comisaría de Viña del Mar detectó a un local comercial, ubicado en calle 14 Norte, que comercializaba bebidas alcohólicas en plena cuarentena, sin contar con los permisos para ello. Al verificar la documentación y la razón social, los funcionarios se percataron de que el negocio no mantenía patente comercial ni de alcoholes, por lo que se encontraba funcionando de manera irregular.

Por ello, Carabineros decomisó gran cantidad de licores, cervezas y otras especies, deteniendo al regente del local por infringir el Art. 318 del Código Penal y a su comprador. Conforme a las instrucciones del fiscal de turno, ambos detenidos quedaron apercibidos bajo el Art. 26. Las fiscalizaciones siguen en toda la ciudad.