Centralismo y burocracia en la ley de rentas regionales
A pesar de lo esperada que es la iniciativa por representantes de distintas zonas del país, el rol preponderante de la Subdere, en otras cosas, ha generado varios cuestionamientos. Expertos en la materia analizan el cuerpo legal y los contenidos mínimos que debiera tener.
Pocas semanas lleva en su cargo el ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, y ya ha comenzado a fijar las prioridades para su periodo al mando de la cartera. Al subsidio al empleo o la ansiada reforma a las pensiones, el titular de la cartera sumaría la denominada Ley de Rentas Regionales, la cual tiene por objetivo entregar mayor autonomía financiera a las regiones, lo cual toma mayor relevancia cuando estamos ad portas de la elección de gobernadores.
El proyecto de ley que "fortalece la descentralización financiera de los gobiernos regionales, establece normas sobre responsabilidad fiscal y crea fondos que indica", bastante esperado por las bancadas regionalistas, entró sigilosamente al Congreso a fines de septiembre de 2020, casi un año después del compromiso del Gobierno.
En el mensaje de la iniciativa, el Presidente Sebastián Piñera hace hincapié en la necesidad de modificar la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, "con el fin de asegurar que, en el marco de las competencias que les entrega la actual ley, los gobernadores regionales electos cuenten con las herramientas adecuadas para cumplir con su mandato", lo cual posibilitaría una correcta planificación de las finanzas locales y permitiría "mejorar la ejecución del presupuesto regional, entregar información transparente a la ciudadanía y evitar a tiempo la posible incursión en sendas fiscales insostenibles".
Pese a lo necesario que resulta, dada la proximidad de los comicios, varias voces han salido al paso de este cuerpo legal, apuntando a un presunto centralismo, como también a la ambigüedad respecto de los fondos o recursos que diera entregar. El director del Centro de Estudios de la Universidad Austral de Chile (UACH), Egon Montecinos, por ejemplo, abordó este último punto en una columna de opinión publicada el 13 de octubre en el medio digital El Mostrador.
"Propone la creación de dos nuevos instrumentos de financiamiento regional, uno llamado Fondo de Equidad Interregional (FEI) y el otro Fondo de Apoyo a la Contingencia Regional (FACOR). Ambos, en primera instancia son buenas noticias, pero no queda clara la proporcionalidad que tendrán respecto al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y si se conformarán de recursos fiscales nuevos o si su fuente principal de financiamiento saldrá de la redistribución de los recursos asignados al FNDR", apuntó el académico.
Incluso desde el Congreso llegaron algunas críticas. La diputada Joanna Pérez (DC), aseveró en Diario Concepción que "lo que el Ejecutivo envió al Senado es una ley de fortalecimiento y de responsabilidad fiscal con los mismos instrumentos que tiene el Gobierno Regional en materia presupuestaria. Incorpora un par de fondos, pero estos fondos tienen la misma lógica centralista de inyección de recursos desde el nivel central donde se decretan a través de Dipres. Lo que nosotros requeríamos para fortalecer la descentralización era una Ley de Rentas Regionales que tuviera que ver con una recaudación fiscal específica en cada territorio".
Disposiciones de la normativa
¿Pero que dice puntualmente la ley? En sus primeros párrafos, el texto realza los avances en materia de descentralización que se han hecho en la última década, como aquellas normativas que permiten la realización de la elección de gobernadores, con la respectiva separación de funciones entre el gobierno interior de la zona, a cargo del delegado presidencial, y las labores de administración, que serán de exclusiva responsabilidad de la nueva autoridad regional y su consejo.
Así, se destaca en el documento que el proyecto "apunta a lograr un marco funcional efectivo, para el despliegue adecuado de las actuales normativas que regirán en plenitud cuando la elección de gobernadores regionales se lleve a cabo. Respecto del marco funcional, debe decirse que, en primer lugar, este proyecto crea mecanismos de coordinación entre el gobierno central y la nueva autoridad regional electa", además de asegurar que se cumple con el compromiso expresado en el Programa de Gobierno 2018-2022 del Mandatario.
Entre las modificaciones más importantes, el proyecto plantea un cambio en la estructura del presupuesto regional, "orientado a la aprobación de sumas globales por el Congreso Nacional, entregándole a los gobiernos regionales la potestad de distribuirlos en conformidad a la ley". A esto, se suman "normas que apuntan en la dirección de otorgar mayor flexibilidad en el manejo de los presupuestos regionales y a dotar de mayor objetividad a la distribución de recursos que actualmente se asignan centralizadamente, pasando a distribuirse mediante fondos que cuentan con una regulación y criterios específicos".
Sobre la elaboración del presupuesto, de acuerdo con la ley ingresada el 30 de septiembre de 2020, este proceso inicia con el Anteproyecto Regional de Inversiones (ARI), que se define como "una estimación de la inversión y de las actividades que el gobierno regional, los ministerios y servicios públicos efectuarán en la región, identificando los proyectos, estudios, programas y la estimación de sus costos". En este, se contempla una regulación del mismo procedimiento, incorporando al delegado presidencial regional en calidad de coordinador de los diferentes seremis, jefes de servicios y directores zonales de las distintas instituciones desplegadas en el territorio.
eL PROYECTO FUE INGRESADO A FINES DE SEPTIEMBRE PARA SU TRAMITACIÓN EN LA COMISIÓN DE HACIENDA DEL SENADO. ahora EL OBJETIVO es DESPACHARLO LO ANTES POSIBLE DE CARA A LOS COMICIOS.
Nicolás Reyes Acevedo
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