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Juez demanda al Estado y pide cuidado compartido de su hijo

JUDICIAL. Magistrado acude a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por dictamen de la Corte Suprema que lo declara "incapaz" de cuidar al menor.
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Katherine Escalona M.

Vulneración de derechos y discriminación de género son los dos principales argumentos que esgrime el juez titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, Fernán Rioseco, quien interpuso una denuncia en contra del Estado de Chile en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por un fallo de la Corte Suprema que lo declaró incapaz de cuidar a su hijo.

En el escrito presentado a la CIDH, se establece que el máximo tribunal de Chile incurrió "en un error de derecho respecto de la valoración del deber de cooperación de los padres, resolviendo sobre la nulidad de la sentencia y declarando la incapacidad del padre para ejercer el cuidado personal del hijo, procediendo de oficio, (...) a la dictación de sentencia de reemplazo, radicando el cuidado del niño en la madre".

Esto, según el documento, habría sido determinado el 13 de octubre del año pasado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema, desconociendo la existencia de un acuerdo previo de "cuidado compartido" del niño entre el padre y la madre, situación a la cual el magistrado viñamarino ahora apela, en función de resguardar sus derechos y los del menor en lo que corresponde a su crianza.

"Es un recurso ante la Comisión que tiene por objetivo una acción contra la discriminación, no es una lucha entre hombres y mujeres, sino muy por el contrario; acá lo que se busca es elevar estándares legales y prácticas para definir el rol de padre y madre en un contexto de corresponsabilidad familiar para el desarrollo de la paternidad, de la maternidad y el aporte a la vida del niño", explicó el abogado de Rioseco, Juan Pablo Olmedo

El jurista precisó que "un buen padre acá no es un mero espectador de la vida de los niños, ellos tienen el derecho de estar con ambos padres para su desarrollo personal y ahí es donde el Estado de Chile falla porque, actualmente, la legislación no protege el interés superior del niño en esto, no protege los derechos de la infancia".

Cuidado compartido

La denuncia deja por establecido que en Chile la normativa vigente es la "Ley N°20.6801, publicada el 21 de junio de 2013, que introduce modificaciones al Código Civil y a otros cuerpos legales, con el objeto de proteger la integridad del niño o niña en caso de que sus padres vivan separados".

En este sentido, la reforma legal "otorgó competencias al Poder Judicial para asignar el cuidado personal a uno de los padres, conforme al interés superior del niño en los casos de conflicto" y también establece el cuidado compartido por acuerdo de los padres, lo que no habría sido aplicado en este caso.

"Hay un proyecto de ley que fue recientemente remitido por el diputado Marcelo Díaz (Ind.) que da cuenta de las ineficacias que han tenido las modificaciones al Código Civil del año 2013, para los efectos de establecer la figura del cuidado compartido, y este caso muestra que ese mecanismo de protección legal, del cuidado compartido cuando hay desavenencia entre los padres, los tribunales no son capaces de acompañarlos sino que obliga a la decisión de uno de los padres, en este caso, en perjuicio del otro, valorizando el rol de las madres como cuidadoras de los niños", dijo Olmedo.

Agregó que "la discusión nos parece muy relevante. Todos somos padres y aquí los buenos padres -hombres y mujeres- tienen que ser reconocidos y cuidados. Este es el sentido último de la acción, es una acción que está iniciándose y que tiene un hito en la CIDH y que puede, eventualmente, llegar a la Corte Interamericana para una sentencia específica".

"Se busca elevar los estándares legales y prácticas para definir el rol de padre y madre de corresponsabilidad familiar".

Juan Pablo Olmedo, Abogado de Rioseco

13 de octubre de 2020 fue la sentencia de la Corte Suprema que desconoce la igualdad entre géneros.

20 años de presidio para violador de la laguna Sausalito

JUDICIAL. Se acreditaron tres ataques sexuales cometidos en 2018 y 2019.
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El Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó a 20 años de presidio a Luis Alberto Maureira Gallardo, de 55 años, tras acreditar su responsabilidad en dos delitos de violación cometidos el 7 de julio de 2018 y el 30 de mayo de 2019, además de un abuso sexual registrado el 7 de julio de 2018, todos perpetrados en el sector de la laguna Sausalito de la Ciudad Jardín.

Cabe consignar que la comisión de estos delitos los llevó a cabo encontrándose bajo el beneficio de libertad condicional que le fue otorgado en 2016, cuando llevaba cumplidos 17 años tras ser condenado, en 1999, a cinco penas de 15 años y 1 día y 5 años y 1 día por varios delitos de violación y robos, según informó la Fiscalía

Maureira cometía estos delitos durante la noche, sorprendiendo a parejas en sectores solitarios del entorno de la laguna Sausalito, procediendo a reducir de forma violenta a los hombres, para luego agredir sexualmente a las mujeres. Gracias a intensas diligencias, fue detenido por la PDI el 1 de julio de 2019, lográndose recuperar en el allanamiento a su vivienda un arma de fantasía con la que intimidaba a sus víctimas, además de vestimentas militares con las que fue visto por testigos.

Pruebas y testimonios

En el juicio oral, que se inició el 3 de junio y se extendió por seis días, el Ministerio Público expuso todos los antecedentes recabados que acreditaban los hechos de la acusación y la participación del sujeto en ellos. Para este efecto, la fiscal Carolina Monsalve presentó más de 20 testimonios de víctimas y testigos, prueba documental y la declaración de peritos que trabajaron durante la investigación, antecedentes que ponderó el tribunal.

"Existió un trabajo investigativo, y dentro de éste se estableció un modo de operar por parte del sujeto activo, el que se ejecutaba en el sector de la laguna Sausalito, mismo lugar donde Maureira fue visto, nada menos que oculto entre unos pastizales, individuo cuyas características físicas coincidían con las dadas por las víctimas que hasta ese momento habían denunciado actos sexuales vejatorios, particularmente en cuanto a su estatura, su contextura y vestimenta", puntualizó la resolución del cuerpo colegiado.

El pasado lunes se desarrolló la lectura de la sentencia, donde la Sala del Tribunal Oral, conformada por los magistrados Cristóbal Lira, Claudia Ortiz y Sergio Ortiz, resolvió condenar a Maureira a la pena de 20 años de presidio.

"Esta condena se logró gracias a las diligencias investigativas evacuadas por la Brigada de delitos Sexuales de Valparaíso, quienes, tras una muy ardua y dedicada investigación, lograron las pruebas suficientes para que el Ministerio Público pudiera acreditar el hecho de participación del imputado en los mismos", manifestó la fiscal Monsalve, tras la lectura de sentencia.

"Existió un trabajo investigativo, y dentro de éste se estableció un modo de operar por parte del sujeto activo, el que se ejecutaba en el sector de la laguna Sausalito".

Tribunal Oral de Viña del Mar, Extracto de resolución

"(La Brigada de delitos Sexuales) logró las pruebas suficientes para que el Ministerio Público pudiera acreditar la participación del imputado".

Carolina Monsalve, Fiscal

6 el juicio oral contra Luis Alberto Maureira Gallardo comenzó el 3 de junio y se extendió por seis días.

Fiscalía dio orden de investigar a la PDI por balacera en cerro San Roque

VALPARAÍSO Hombre herido a bala no quiso denunciar el caso. Indagan el tipo de arma usada en el tiroteo.
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Una violenta situación se registró la noche de este lunes en la población La Isla del cerro San Roque, en Valparaíso, donde hubo una balacera efectuada por unos sujetos que manejaban un vehículo, quienes dispararon en reiteradas oportunidades contra una vivienda y un automóvil estacionado, resultando una persona lesionada.

Según antecedentes preliminares, se habría utilizado un arma tipo UZI que percutó, aproximadamente, 100 disparos, sin embargo, eso aún es materia de investigación y no hay claridad del caso. En tanto el Ministerio Público regional confirmó que se instruyó una orden de investigar a la Brigada de Homicidios (BH) de la PDI.

Sobre la persona lesionada, se confirmó que fue atendida en el hospital Carlos Van Buren, sin embargo, no quiso hacer la denuncia por el caso. En forma paralela, Carabineros dio cuenta por oficio del incidente y realizó una inspección del sitio del suceso donde, afirmó la institución, "preliminarmente no se encontraron casquillos".

Desde Fiscalía, afirmaron que "el sujeto presentaba una fractura, lesión de carácter grave. Se instruyó a Carabineros tomar declaración a la víctima, quien se negó a entregar antecedentes y tampoco realizó la denuncia del hecho".

Sobre el caso fue consultada la Gobernación de Valparaíso sobre el manejo de armas en este tipo de hechos, pero dijeron que hoy darían a conocer la información a los medios.