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Ejecutivos de Enap enfrentan nuevos cargos por polución

CRUDO IRANÍ. Fiscalía los formalizará por delitos contenidos en artículos 44 de la Ley 20.920 y 291 del Código Penal. Abogados plantean posibles escenarios.
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Katherine Escalona M.

A casi tres años de los episodios contaminantes en Talcahuano y en la bahía de Quintero, el 4 y 21 de agosto de 2018, respectivamente, donde más de mil personas presentaron síntomas de intoxicación por crudo iraní, combustible que tiene altas concentraciones de ácido sulfhídrico (H2S), y a más de un año de la formalización de seis ejecutivos de Enap y el capitán del barco por estos hechos, el 17 de julio se confirmó por el Juzgado de Garantía de Talcahuano una nueva audiencia de formalización contra los siete imputados.

En el documento, que pudo acceder este Diario, se establece que los intervinientes fueron citados y notificados de la audiencia de formalización que se llevará a cabo el 19 de octubre, a las 11 horas. De los imputados, cuatro son por los hechos ocurridos en la bahía de Quintero, entre los que se encuentran el gerente de la Refinería Aconcagua, Edmundo Piraíno.

Los delitos, según precisa la solicitud de audiencia, son por infracción al artículo 291 del Código Penal y artículo 44 de la ley N° 20.920. El artículo 291 del Código Penal detalla que es delito para "los que propagaren indebidamente organismos, productos, elementos o agentes químicos, virales, bacteriológicos, radiactivos, o de cualquier otro orden que por su naturaleza sean susceptibles de poner en peligro la salud animal o vegetal, o el abastecimiento de la población, serán penados con presidio menor en su grado máximo".

Mientras, el artículo 44 de la Ley N° 20.920 establece "responsabilidad penal por tráfico de residuos peligrosos. El que exporte, importe o maneje residuos peligrosos, prohibidos o sin contar con las autorizaciones para ello será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio" y "si además la actividad ha generado algún tipo de impacto ambiental se aplicará la pena aumentada en un grado".

De estos dos ilícitos, el del artículo 291 del Código Penal, ya había sido formalizado en audiencia del 29 de noviembre de 2019. En aquella oportunidad, la fiscal jefe del Biobío, Marcela Cartagena, y la fiscal especializada en delitos medioambientales, Ana María Aldana, argumentaron que los funcionarios ocultaron información de manera sistemática y falsearon datos sobre la manipulación del crudo iraní.

Abogados

El abogado querellante, Remberto Valdés, quien representa a diversas familias con síntomas de intoxicación en la bahía de Quintero, destacó la labor de las fiscales y dijo que "se ha hecho un rastreo de la información completo y, por lo tanto, los antecedentes son contundentes para llegar a la condena".

Por el caso, Valdés afirma que sí existe una agravación procesal de los imputados porque "son dos tipos penales distintos, la penalidad puede ser la misma, puede llegar a cinco años y las circunstancias de que se comete un delito doloso impone la aplicación de la pena máxima".

Mientras, el abogado de los ejecutivos de Enap, Cristián Muga, aseveró que "lo relevante para nosotros es señalar claramente que esta solicitud de reformalización no agrava la situación procesal existente".

Ahondó que "los trabajadores y ejecutivos de Enap formalizados en esta investigación no tienen responsabilidad en los eventos de contaminación que se han investigado y que son absolutamente inocentes de los cargos que se formulan".

"Claramente que esta solicitud de reformalización no agrava la situación procesal existente".

Cristián Muga, Abogado defensor

funcionarios de Enap

Hechos ocurridos en la región

En la formalización de noviembre de 2019 quedó establecido que desde el 17 al 21 de agosto, los trabajadores de la estatal sintieron un fuerte olor producto del crudo iraní. Ante esto, se aplicó "secuestrante", que no dio efecto, y se dispuso espuma en las piscinas que no habrían sido tapadas y "la que fue arrojada por el viento", comentó la Fiscalía. En Talcahuano el trasvasije se hizo al buque "Cabo Victoria".

Definen parques y cerros más seguros para recibir visitas

DESCONFINAMIENTO. Seremi de Bienes Nacionales realizó catastro regional.
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Esta semana comenzó a regir la fase 3 del plan Paso a Paso en diversas comunas de la región, por lo que la seremi de Bienes Nacionales, Rosario Pérez, realizó un catastro de las zonas de cerros y montañas más accesibles para visitar y que no pertenezcan a privados.

La autoridad destacó que el Parque Nacional la Campana y las reservas nacionales Lago Peñuelas y El Yali son las zonas más seguras a visitar, contando con senderos demarcados y medidas sanitarias. Además, y lo más primordial para evitar algún tipo de problema, son terrenos fiscales.

"Queremos que las familias puedan aprovechar estos espacios que pertenecen a todos los chilenos, pero de manera segura y tomando todas las medidas de resguardo para evitar accidentes, pues nuestra región cuenta con montañas y parques al aire libre que son especialmente atractivos para hacer caminatas, trekking y paseos familiares", declaró Pérez.

Mauco en concón

Reconoció que, en concreto, actualmente el Parque Nacional La Campana, en Olmué, y el cerro Mauco, en Concón, son las montañas que congregan la mayor cantidad de visitantes en la región en comunas que se encuentran en fase 3, pero existe una diferencia importante entre ambos.

En el caso del Parque Nacional La Campana, explicó que sus terrenos son fiscales y actualmente es administrado por la Corporación Nacional Forestal (Conaf), al igual que las reservas nacionales Lago Peñuelas y El Yali, por lo que cuenta con accesos establecidos, además de todas las medidas sanitarias y de seguridad para visitarlo sin ningún tipo de inconveniente, previa inscripción en su página web.

Por eso, aseveró Pérez, "el llamado que hacemos como ministerio es a privilegiar estos lugares establecidos, de tal manera de evitar pasar un mal rato. Condenamos por supuesto la violencia en todas sus formas, pues bajo ningún punto de vista se justifica".

Sin perjuicio de aquello, manifestó que "hay que señalar también que se debe proteger la propiedad privada, y en este contexto, el ministro anunció una mesa de trabajo de tal forma de poder generar ciertos accesos, previa autorización de los privados del sector, para así evitar conflictos entre vecinos", refiriéndose con esto especialmente a lo que pasa en Concón.

Explicó que en el caso del cerro Mauco, sus terrenos son privados y hoy no cuenta con accesos garantizados ni con medidas de seguridad establecidas, por lo que el llamado de la seremi de Bienes Nacionales fue a preferir los terrenos fiscales y así evitar situaciones de conflicto como lo que ocurrió en Lo Barnechea, Región Metropolitana, con la familia del exfutbolista Mark González.

áreas protegidas

Cabe consignar que tanto el parque La Campana como las reservas naturales Lago Peñuelas y El Yali son áreas protegidas por tratarse de áreas naturales con flora y fauna representativa de la zona centro del país.

En el caso de La Campana se, se debe agendar hora de visita y el camino para los visitantes está guiado para evitar cualquier tipo de situación que pudiese poner en peligro a las personas.

"El llamado que hacemos como ministerio es a privilegiar estos lugares establecidos".

Rosario Pérez, Seremi de Bienes Nacionales

3 lugares, hasta ahora, son catalogados como seguros para la visita de las personas al aire libre en fase 3.

Compleja situación por denuncia de abuso sexual contra una menor

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El sábado pasado y el lunes se registraron dos situaciones complejas en Valparaíso por la denuncia de un presunto abuso sexual contra una menor en el cerro Placeres. El sábado vecinos denunciaron a un sujeto y la madre de una niña y el lunes, en el cerro Barón, donde vive la abuela materna, hubo manifestaciones. El jefe de la Tercera Comisaría Norte de Carabineros, mayor Gustavo Tapia, recalcó que "vecinos mantenían retenido a un sujeto de 62 años, el cual era sindicado por los propios vecinos de haber cometido el delito de violación a una menor de edad" y fue detenido. Sin embargo, desde la Fiscalía informaron que tras evaluación médica se determinó que "no existe evidencia física del delito denunciado. (...) Tampoco se evidencian signos de abuso sexual ni existen denuncias", pero sigue la investigación.