MITOS Y REALIDADES DEL TPP11
ECONOMÍA. El tratado considera competencia desleal disminuir la protección ambiental o laboral para aumentar competitividad
El Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTTP), más conocido como TPP-11, corresponde a la profundización de la internacionalización de Chile, aplicada como política comercial desde 1990. Estos acuerdos de libre comercio se denominan en esta categoría, aunque abarcan temas mucho más allá del comercio de bienes, porque la excepción a la cláusula de Nación Más Favorecida se encuentra en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y de Comercio de la Organización Mundial de Comercio (GATT, por sus siglas en inglés y precursor de la OMC).
Los 11 países son Australia, Brunei Darusalam, Canadá, Malasia, México, Japón, Nueva Zelandia, Perú, Singapur, Vietnam y Chile. Este tratado ya ha sido ratificado por siete países, Chile aún no lo realiza por la oposición interna basada en razones que no corresponderían a la aplicación del TPP-11.
Mitos
Mito 1: No proporcionaría beneficios al país dado que Chile tiene TLC con todos los países firmantes: la negociación de una pluralidad de países implica que los requerimientos de origen para que la mercancía pueda acceder a los beneficios del tratado se aplican a toda la región, es decir, se podría producir un bien con insumos de Perú y Chile y ser exportado a cualquiera de los nueve países restantes con desgravación arancelaria, lo que no ocurre en los acuerdos que se han negociado por separado. Asimismo, hay rebajas arancelarias que son mayores a las negociadas individualmente por Chile, como las ofrecidas por Vietnam. Además, hay una serie de principios y disciplinas que se negociarían en una agrupación a futuro, con mayor poder negociador que como economía aislada.
Mito 2: El capítulo de Propiedad Intelectual afectaría la comercialización de medicamentos genéricos, afectaría el almacenando y uso de semillas tradicionales: los medicamentos genéricos, para ser comercializados pasan por un procedimiento de autorización en Chile del ISP en términos de lo sanitario, no se entregan certificados de libre venta. Con ello, se separa lo sanitario del tema de las patentes que queda en los tribunales de justicia. Este es un proceso administrativo que Chile modificó después del TLC con EE.UU., el contenido del TPP-11 le daría un nivel de ley y más países tendrían el sistema, alejando la posibilidad del linkage.
Respecto a las semillas, este tema está asociado al compromiso de adherir a acuerdos internacionales que incluyen semillas que son los organismos genéticamente modificados; estos compromisos ya se incluyeron en los TLC con EE.UU. y con Australia, por lo que no genera cambios a la situación actual.
Una realidad es que el TPP-11 considera un acápite de cooperación para considerar los conocimientos tradicionales en temas de patentes de recursos genéticos, lo que es importantísimo para proteger el uso de semillas naturales. Permitiría atender un tema que en Chile no se ha relevado ni se ve voluntad política en proteger propiedad intelectual que incluye los conocimientos de los pueblos originarios.
Mito 3: Los inversionistas podrían demandar directamente al Estado de Chile. El artículo que contiene esta norma tiene un pie de página donde explícitamente se excluye a Chile y a Perú. Se mantendrían los tribunales internacionales actuales.
Mito 4: Afectaría la soberanía. En el capítulo de contratación pública el primer artículo menciona que el tratado no afecta la soberanía, y su contenido es similar a condiciones que se ha regulado con el Estatuto de las Empresas de Menor Tamaño (2010), decretos y compromisos adquiridos con otros TLC.
Una realidad es que el capítulo Empresas del Estado y Monopolios Designados es más complejo que el capítulo negociado con el TLC con Estados Unidos, aunque estaría basado en normas ya aceptadas por Chile al ser parte de la OECD. Se debería reservar sectores sensibles en la lista negativa, es decir que no aplica el tratado donde se prevea la necesidad futura de intervención más directa del Estado.
Cometario final
Este es un acuerdo que integra y potencia la trayectoria que ha definido Chile en su integración internacional, que se refiere directamente a la necesidad de lograr un desarrollo sostenible y considera competencia desleal disminuir la protección ambiental o laboral para aumentar competitividad. Los desafíos de Chile están principalmente en temas internos que permitan un crecimiento integral de todos los sectores. Este tratado presenta nuevas oportunidades y desarrollo de potencialidades, con otros países interesados en integrarse. En el caso que EE.UU. quiera incorporarse, tendrá que negociar, no imponer las normas que podrían haberse acordado cuando era parte de las negociaciones.