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Carabinero y testigos relatan baleo en que murió haitiano

LA LIGUA. Policía formalizado por homicidio simple quedó con arraigo nacional. Testimonios dan cuenta de ataque previo con un machete hacia el uniformado.
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Cristián Rojas M.

Con la medida cautelar de arraigo nacional quedó el carabinero Franco Antonio Castro Cea, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio simple de un ciudadano haitiano, hecho ocurrido durante un procedimiento policial registrado el pasado martes en La Ligua, acción en la que su abogado argumentó defensa propia en la audiencia de ayer, en la que el magistrado Gregory Rojas, del Juzgado de Garantía de La Ligua, fijó un plazo de investigación de 100 días.

En la instancia, el abogado defensor de Castro, Claudio Nettle, leyó la declaración de su representado ante la Brigada de Homicidios de la PDI, en la que relata que el haitiano ya había sido objeto de procedimientos anteriores, por lo que lo reconoció al llegar al lugar del hecho, donde "alcancé a dar dos o tres pasos en dirección al ciudadano haitiano, y él, al verme, comenzó a caminar hacia mí, sacando algo raro del interior de su pantalón, de la pierna derecha, sin lograr ver qué era lo que estaba sacando, hasta que en un momento logra sacar un machete de aproximadamente 50 centímetros de largo, y una vez que logra sacarlo en su totalidad, lo levantó y comenzó a correr hacia mí".

"no me hizo caso"

Añadió que en ese momento empezó a gritarle "que se detuviera y que se tirara al suelo, o si no, le iba a disparar, pero el ciudadano no me hizo caso y siguió avanzado hacia mí, incluso tuve que retroceder unos pasos, pero siempre frente al ciudadano, y cuando ya se encontraba a una distancia de unos cuatro pasos desenfundé mi arma de servicio, procediendo a disparar en una oportunidad al tronco del cuerpo, ante lo cual el ciudadano haitiano cae al suelo y el machete cayó a los pies de él".

El uniformado agregó que "luego de eso me acerqué para prestarle auxilio, pero no le veía herida en ninguna parte de su cuerpo, sí le vi sangre en su boca, momento en el cual llegó al lugar una segunda patrulla y se acercó a mí el carabinero Nicolás Aguilar Muñoz, quien me ayudó a rasgarle la polera al ciudadano haitiano, logrando verle la herida producida por mi disparo en su pecho, justo en el centro del tórax, tras lo cual el carabinero Aguilar solicitó, vía radial, la concurrencia de personal del SAMU al lugar, ya que se encontraba una persona herida".

En la audiencia, el fiscal jefe de La Ligua, Luis Cortez, también leyó las declaraciones de cuatro testigos del hecho, las que concuerdan con lo relatado por el carabinero. El primer testigo refirió que era vecino de la víctima, identificada como Louis Alex Gentil, quien "se caracterizaba por ser una persona agresiva. Andaba portando un cuchillo tipo machetón, con el cual había amenazado a algunos vecinos. Cuando veníamos camino hacia nuestro departamento y al llegar al portón nos dimos cuenta que había llegado personal de Carabineros. Ahí nos quedamos viendo los hechos, se bajan tres carabineros con la finalidad de detener a esta persona; sin embargo, al momento en que los funcionarios de Carabineros se acercaron a esta persona, él, de manera sorpresiva, sacó un cuchillo tipo machete desde sus vestimentas, con el cual comenzó a intimidar y amenazar a los carabineros".

En aquel momento observo que "mientras forcejeaban, la persona de nacionalidad haitiana le lanzó un corte con el cuchillo, a la altura del cuello al funcionario de Carabineros, quien se hizo para atrás con la finalidad de que no lo cortara, escuchando a los pocos segundos un disparo".

"sé de lo que era capaz"

La segunda declaración relatada por el fiscal da cuenta de que la testigo describió a la víctima como "agresivo, violento, era temido por muchos vecinos del sector, por lo que era conocido como 'El haitiano loco', acostumbraba a desnudarse, a atacar gente sin motivo, y amenazaba también con cuchillos. Ese día, cerca de las 13.15 horas, fui a un negocio que se encuentra frente al block, momento en el cual me percaté que estaba esta persona parada afuera del negocio con una bebida, y al verme, se levantó su polera, de color rojo, diciendo 'ando con un machete', logrando ver que en el cinto del pantalón se le asomaba un mango de color oscuro grisáceo, lo cual me asustó bastante, ya que sé de lo que era capaz esa persona".

Luego, agregó que llamaron a Carabineros, y que cuando éstos llegaron, el haitiano "se sacó el machete del pantalón y comenzó a moverlo para todos lados, abalanzándose sobre la patrulla. Descendieron tres carabineros del carro y todos ellos le decían que se calmara, que botara el machete, pero la persona, descontrolada, más agitaba su machete y lo movía de un lado a otro".

Frente a ello, agrega la testigo, "los carabineros se vieron en la obligación de retroceder, mientras le repetían que se calmara, momento en que se abalanzó sobre un carabinero, pegándole un machetazo a la altura del pecho, pero el carabinero logró esquivarlo haciéndose para atrás, sintiendo en ese momento un solo disparo, cayendo la persona al suelo con el machete a un lado y la bebida al otro".

"lanzándoles machetazos"

Cortez relató la declaración de un tercer testigo, quien señaló que cuando llegaron los carabineros al lugar, la víctima estuvo "lanzándoles machetazos sin hacer caso a las advertencias verbales de los carabineros, que le gritaban que parara, y cuando se disponía, por la corta distancia, a agredirlo, no sé cómo reacciona rápidamente el carabinero, logrando esquivar el golpe, y le dispara, cayendo de inmediato la persona al piso. Los carabineros, de igual manera, trataron de reanimarlo prestándole auxilio hasta que llegó la ambulancia".

El fiscal solicitó las medidas cautelares de arraigo nacional y arresto domiciliario nocturno, acusando al carabinero de homicidio simple, atendido el hecho de que el imputado disparó a la víctima "sin efectuar un disparo de advertencia" y que no lo hizo a un lugar del cuerpo en que era menos probable que le causara la muerte, como las piernas; sin embargo, el juez accedió solo al arraigo nacional, considerando la probabilidad de que el carabinero haya actuado en defensa propia.

"(El haitiano) logra sacar un machete de unos 50 centímetros de largo, lo levantó y comenzó a correr hacia mí".

Franco Castro, Carabinero imputado

"(El carabinero) se hizo para atrás con la finalidad de que no lo cortara, escuchando a los pocos segundos un disparo".

Testigo N° 1 del hecho, Declaración testimonial

"El carabinero logró esquivarlo haciéndose para atrás, sintiendo en ese momento un solo disparo".

Testigo N° 3 del hecho, Declaración testimonial

100 días de investigación fue el plazo fijado por el magistrado Gregory Rojas, de La Ligua.

Contraloría objeta campañas de Sharp y Tania Madriaga

VALPARAÍSO. Ente fiscalizador cuestionó videos con imágenes municipales.
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La Contraloría Regional objetó las campañas del alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp, para su reelección, y la de la constituyente Tania Madriaga, apoyada por él, indicando que, pese a haberlas publicado en sus cuentas personales de redes sociales, utilizaron videos con imágenes de actividades municipales.

Al respecto, el ente fiscalizador expone que recibió dos denuncias del Servicio Electoral (Servel), señalando que "habrían sido publicados en las cuentas de Facebook del alcalde de la Municipalidad de Valparaíso, don Jorge Sharp Fajardo, y de la entonces secretaria comunal de Planificación de esa entidad edilicia, doña Tania Madriaga Flores, sendos videos promocionales de las candidaturas para la reelección del primero, y como convencional constituyente de la segunda, los que contienen secuencias de imágenes obtenidas de videos institucionales de propiedad municipal".

El dictamen agrega que "requerido de informe, don Nicolás Guzmán Mora, director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Valparaíso, mediante oficio N° 1.427, de 2021, manifiesta en síntesis, que los videos de las referidas candidaturas fueron publicados en cuentas personales y no en la institucional; que dichos registros no corresponden a actividades oficiales del municipio y que, por el contrario, estos fueron generados por los funcionarios en cuestión, fuera del ejercicio de sus funciones y en horario que no coincidía con su jornada laboral".

"con fines electorales".

Sin embargo, la Contraloría no lo estimó así, señalando que "el hecho de que las referidas imágenes hayan sido usadas con fines electorales, en circunstancias que corresponden a videos producidos y editados con recursos municipales, de actividades asociadas a las funciones públicas que los otrora candidatos cumplían con anterioridad al citado proceso eleccionario, pudo implicar una infracción al artículo 82 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, letras g) y h), que prohíbe a los funcionarios ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o información reservada o confidencial del organismo para fines ajenos a los institucionales y realizar cualquier actividad política dentro de la Administración del Estado o usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones".

"improcedente"

De este modo, el ente fiscalizador concluyó que "resultó improcedente que don Jorge Sharp Fajardo y doña Tania Madriaga Flores utilizaran con fines electorales, fragmentos de videos institucionales de propiedad de la Municipalidad de Valparaíso e imágenes en las que aparecen participando en actividades municipales en virtud de los cargos públicos de que se encontraban investidos antes del respectivo proceso eleccionario, por lo que corresponde que tanto esa autoridad como el municipio arbitren las medidas necesarias para que, en lo sucesivo, sus actuaciones en estas circunstancias sean efectuadas con plena sujeción a derecho".

Desde Comunicaciones de la Municipalidad de Valparaíso se indicó a este Diario que "si bien la Contraloría no aplica sanción alguna, de igual forma se arbitrarán las medidas necesarias para que, en lo sucesivo, este tipo de actuaciones se realicen de acuerdo al procedimiento establecido".

Tania Madriaga, en tanto, no se refirió al tema.

"Resultó improcedente que don Jorge Sharp y doña Tania Madriaga Flores utilizaran con fines electorales, fragmentos de videos institucionales".

Contraloría Regional, Dictamen