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"Es cierto que se necesitan 29 votos en el senado. La oposición, si todos votaran alineados, son 24, faltan cinco votos", sostiene el analista político. "Pero, por ejemplo, el senador (Manuel José) Ossandón ha deslizado en algunos momentos, conocemos la disputa que ha tenido histórica", dice recordando la mítica frase "no lo declararon reo por lindo", por lo que podría sumarse en contra.
"Es difícil llegar a los 29 votos, pero no imposible", sostiene y recuerda que "la vez pasada se salvó porque se desechó la cuestión previa. Ahora probablemente se apruebe eso y por lo tanto su gobierno va a estar marcado por el mal manejo de su administración, del estallido social, la pandemia, y ahora la casi destitución si es que a lo menos se aprobara esto en la Cámara de Diputados, y fracasara en el Senado, igual va a ser derrotado. Igual tiene una derrota política que no va a poder nunca sacársela de encima".
En vista a la nueva constitución
Las acusaciones constitucionales, junto con las interpelaciones y las comisiones investigadoras, son las herramientas que tiene el parlamento para fiscalizar. El abogado y profesor de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV), Alan Bronfman, comenta que "la regulación del juicio constitucional ha evolucionado desde 1833, con sucesivos cambios en 1874, 1925, 1970 y 1980. Ellos han contribuido a perfeccionar una institución que si bien tiene su origen en el régimen monárquico inglés, se ha configurado en los presidencialismos americanos a partir del modelo constitucional norteamericano de 1787".
Desde su perspectiva, se trata de una herramienta que tiene "problemas, los que han sido observados en el derecho comparado y en el chileno". El fundamental, desde su perspectiva, "es la tensión entre la configuración inicial de carácter jurídico del juicio constitucional y la competencia que se otorga a un órgano político para ejercerlo. Aun cuando existan algunos resguardos en su regulación, el predominio de factores político partidistas en su aplicación es evidente".
Seguramente será un tema que tendrá que ser revisado de cara a la redacción de la próxima Constitución. En este sentido, el profesor de la UV, Ricardo Salas, dice que "si se conserva el régimen presidencial, no debiera innovarse demasiado. A menos, debiera conservarse la idea central de que las acusaciones -o el juicio político- se funden en causales taxativas, parecidas a las que hoy existen. También debiera regularse mejor la influencia en esta responsabilidad jurídico constitucional -o política- de la responsabilidad propiamente penal. Por último, debería revisarse a la baja la intensidad con que una condena constitucional afecta al ejercicio de los derechos fundamentales de los condenados".
Su colega de la PUCV, en tanto, dice que "de todos modos, frente a los problemas que plantea su inserción en un régimen presidencialista, no parece existir una respuesta satisfactoria. Ello, porque es su naturaleza la que da origen a problemas y no algún aspecto particular de su regulación. No obstante lo anterior, creo que algunas garantías de los acusados podrían recibir una regulación explícita en el texto constitucional".
Para el profesor de la UAI, Fernando Wilson, en la próxima Constitución debería haber cambios en el instrumento "en el sentido de que debería restringirse e introducirse en las restricciones que tienen, por ejemplo, Francia, donde el Presidente para ser acusado constitucionalmente tiene que ser después de que termine su periodo, durante un periodo más extenso que el chileno actual de seis meses, y otros mecanismos de cautela. Y lo otro también es algún tipo de sanción que retrovierta en los diputados que presenten acusaciones constitucionales sin destino".
¿Y qué pasaría en un posible régimen parlamentario? Algo que el mismo vicepresidente de la Convención Constituyente, Jaime Bassa, no ha descartado y ha asegurado que es el momento de avanzar hacia ese sistema. Al respecto, el profesor Salas explica que "en un régimen parlamentario no hay separación entre el Parlamento y el Gobierno. El Gobierno, que surge del Parlamento y responde ante él, debe siempre conservar la mayoría parlamentaria. El Gobierno cae si pierde esa mayoría en un voto de confianza o en una moción de censura". En este sentido, "estos mecanismos son diferentes de nuestra acusación constitucional, propia de un régimen presidencial. La experiencia enseña que la estabilidad no queda garantizada por la forma de gobierno -parlamentaria o presidencial- sino por los consensos políticos sobre los que operen las instituciones, cualesquiera estas sean".
"La introducción de un parlamentarismo no es simple decisión de unas normas constitucionales", asegura, por su parte, el académico Alan Bronfman. Pues "se trata de partidos estables, cohesionados y leales (ad intra y con sus coaliciones) que puedan formar una mayoría capaz de gobernar. Por supuesto que, a costa de voluntarismo, se puede introducir un parlamentarismo con representación partidista fragmentada, partidos sin cohesión ni disciplina interna, y con conductas predominantemente desleales en lo interno, pero el resultado obvio de tal voluntarismo es que no hay gobierno de mayoría parlamentaria y hay un gobierno de minoría, inestable y que puede ser censurado de manera recurrente".
"Por supuesto -continúa- que pueden adoptarse algunos mecanismos del parlamentarismo contemporáneo, como la censura constructiva alemana. Pero ahí llegamos a la paradoja de que para promover una mejor democracia apoyamos la consolidación del poder de gobierno de una minoría, sustentado en la fragmentación de la oposición. Creo que la simple lectura de las experiencias españolas, italiana, israelí y belga recientes muestra un buen panorama de algunos de los problemas que puede acarrear un parlamentarismo".
Más allá del sistema que finalmente salga, como puede ser un presidencialismo atenuado, lo cierto que es para el analista político Marco Moreno "hay que mejorar los otros mecanismos" y ejemplifica con las interpelaciones, las que se podrían fortalecer, pues actaulmente "no tienen ningún efecto". "Los propios parlamentarios dicen que las comisiones investigadoras no sirven para nada, porque los funcionarios públicos no tienen la obligación de ir", dice.
Por otra parte, no descarta la posibilidad de contar con referéndums revocatorios: "Yo creo que es un buen mecanismo para dirimir situaciones como, por ejemplo, la que no está afectando hoy día, y también con otras autoridades. En otros países funciona bien, tiene un quorum alto", finaliza. 2
Su gobierno va a estar marcado por el mal manejo de su administración, del estallido social, la pandemia, y ahora la casi destitución (...) Igual tiene una derrota política que no va a poder nunca sacársela de encima".
Pueden adoptarse algunos mecanismos del parlamentarismo contemporáneo (...). Pero ahí llegamos a la paradoja que para promover una mejor democracia apoyamos la consolidación del poder de gobierno de una minoría".
Para Marco Moreno en torno al presidente Piñera se genera una polarización afectiva, que consiste en que no se quiere a la persona, más allá de su cargo o su postura ideológica.
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