Las disposiciones del proyecto

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En lo medular, el proyecto rechazado en la cámara baja consistía en dos modificaciones al Código Penal. La primera de ellas liberaba de sanción penal a la mujer que causara o consintiera un aborto fuera de las tres causales permitidas, hasta la semana 14 de gestación. La pena aplicable para quienes excedieran ese periodo era de presidio menor en su grado máximo (de 3 a 5 años). La segunda modificación establecía que las sanciones para los médicos que provocaran o cooperaran con un aborto se aplicarían solo si este se producía después de las 14 semanas.