Enap alegará que fechas no coinciden con intoxicaciones
JUDICIAL. Ayer partió el inédito juicio oral contra altos ejecutivos por dos delitos medioambientales por el caso "crudo iraní". Querellantes piden 5 años de cárcel.
En el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción comenzó ayer el juicio por el denominado caso "crudo iraní". Durante la primera etapa -estimada en dos semanas-, seis ejecutivos y trabajadores de la Empresa Nacional del Petróleo (Enap) declararán en calidad de formalizados por delitos ambientales que habrían ocurrido en las regiones de Valparaíso y Biobío, tras el almacenamiento y procesamiento del petróleo importado desde Irán en el año 2018.
Durante este periodo asistirán de manera presencial a declarar Edmundo Piraino, gerente de la Refinería Aconcagua; Juan Pablo Rhodes, director del Terminal Marítimo de Quintero; Carlos Lizana, jefe del área terrestre del Terminal Quintero; además de Jorge Farías, Patricia Cabalá y Álvaro Hillerns, acusados por los hechos ocurridos en la bahía de Concepción. Además, el juicio contará con 284 testigos y 20 peritos, junto con 1.098 medios de prueba documental y 116 otros medios de prueba.
Las acusaciones del Ministerio Público tienen que ver con la descarga de crudo de origen iraní en la bahía de Concepción, como también con la infracción de las reglas de protección del medioambiente y laborales al drenar el crudo denominado "iranian heavy" en el Terminal Marítimo de Quintero, lo que habría generado la emisión de sulfuros que afectaron a los habitantes de Quintero y Puchuncaví entre el 17 y el 25 de agosto de 2018, cuando miles de habitantes de esa bahía presentaron síntomas como mareos, náuseas, dolores de cabeza y de piernas.
Responsabilidades
Al respecto, la fiscal Ana María Aldana, especialista en investigar delitos medioambientales, detalló que ayer comenzó "un extenso juicio oral en que llegamos ya al final procesal de una investigación de varios años, en que logramos tener la convicción que aquí le cupo responsabilidad a personas que tomaron decisiones respecto del alije, esto es la descarga de crudo de un barco a otro, y luego del drenaje de las aguas residuales de este mismo producto".
Para el Ministerio Público, los responsables son "los ejecutivos de Enap refinerías, ello en desmedro de personas que, tal vez, pudieron haber tenido participación ejecutando estos actos, pero que la verdad es que no tienen, a juicio de la Fiscalía, la misma responsabilidad, en atención a que recibían órdenes. Además, considerando que a muchos de ellos no se les comunicó la seriedad de los productos que estaban manejando. Tal vez, con una mejor información podrían haber tomado, incluso ellos, desde sus propios cargos, mejores decisiones".
Dos delitos
En cuanto a las penas para los tres acusados de Quintero "estamos adjudicando responsabilidad en dos tipos penales distintos: artículo 291 del Código Penal y artículo 44 de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor, y en estos tres casos estamos pidiendo una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo para cada uno de ellos". Para los dos acusados de Talcahuano solicitan penas de cuatro años para cada uno.
El artículo 291 del Código Penal establece presidio menor en su grado máximo para "los que propagaren indebidamente organismos, productos, elementos o agentes químicos, virales, bacteriológicos, radiactivos, o de cualquier otro orden que por su naturaleza sean susceptibles de poner en peligro la salud animal o vegetal, o el abastecimiento de la población".
En tanto, el artículo 44 de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor establece que "el que exporte, importe o maneje residuos peligrosos, prohibidos o sin contar con las autorizaciones para ello, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio. Si además la actividad ha generado algún tipo de impacto ambiental, se aplicará la pena aumentada en un grado".
Por su parte, el abogado querellante Remberto Valdés, quien representa a 1.434 personas de Quintero y Puchuncaví, señaló que "nosotros estamos pidiendo cinco años de presidio". Considerando que todos los acusados tienen irreprochable conducta anterior, eventualmente podrían tener penas sustitutivas y no pagar con cárcel, dado que no son 5 años y un día, sino solo 5 años, pero dicha determinación "depende del tribunal", puntualizó el jurista, por lo que también cabría la posibilidad de que pasen algún tiempo en prisión.
Llamado al presidente
Valdés destacó que junto a sus representados le hacen un llamado "al Presidente Boric a que intervenga Enap, porque no puede ser que esta empresa esté en colisión con vecinos de las comunas de Quintero y Puchuncaví, que es una zona de sacrificio donde tienen que seguir soportando los perjuicios que una empresa estatal causó". El llamado, precisó, es a que el Estado se allane a pagar sin dilaciones la indemnización por daños y perjuicios "que en total suma 35 millones de dólares".
Al respecto, el abogado de la empresa estatal, Cristián Muga, sostuvo que "el trasvasije se efectuó utilizando un sistema completamente hermético, el que fue comunicado a las autoridades regionales y al personal de la Armada, siendo esta última la que supervisó y autorizó el proceso". Además, "ni el personal de la estatal, ni de la Armada, ni de la empresa naviera que participaron del alije sufrieron afectación alguna por el procedimiento".
Por otro lado, indicó Muga, "las instalaciones de Enap están en condiciones de manejar y procesar cualquier clase de crudo". Asimismo, "sus trabajadores que están siendo investigados se desempeñan en el marco de una empresa pública estratégica que produce y refina los combustibles que consume el país; es decir, la compra de crudo es parte de su actividad habitual y diaria".
"Sesgo" hacia la empresa
A su juicio, "las acusaciones en contra de la empresa tienen un sesgo, lo que impidió investigar sobre los verdaderos causantes de la contaminación en Quintero y Talcahuano. En la propia carpeta investigativa se contienen antecedentes suficientes que permiten mostrar que la causalidad no tiene relación alguna con la descarga del crudo iraní".
El jurista destacó que antes de la hipótesis de que fuese el crudo iraní el causante de los episodios de intoxicación, se manejaron otras tres posibilidades: que se tratara de azufre, de compuestos varios o de la limpieza de los estanques.
Además, "después del 24 de agosto de 2018, cuando las operaciones de Enap estaban detenidas, otras más de mil 300 personas acudieron a centros de salud con los mismos síntomas que previo a esa fecha".
Se espera que el total del juicio, con su desarrollo, cierre y veredicto, termine en diciembre de este año, o bien en enero de 2023 como máximo.
"Aquí le cupo responsabilidad a personas que tomaron decisiones respecto del alije".
Ana María Aldana, Fiscal del caso
"Cuando las operaciones de Enap estaban detenidas, más de 1.300 personas acudieron a centros de salud con los mismos síntomas".
Cristián Muga, Abogado de Enap
35 millones de dólares de indemnización piden 1.434 vecinos querellantes de Quintero y Puchuncaví.