El pasado 7 de junio tuvo lugar la instalación del Consejo Constitucional, que redactará el proyecto de nueva Constitución que será plebiscitado el próximo 17 de diciembre. Como señaló Beatriz Hevia en el discurso con el que asumió la presidencia de este organismo, el anteproyecto elaborado por la Comisión Experta es el insumo con el cual deberá trabajar el Consejo, y servirá de base para la labor que desarrollará en los próximos meses. Durante este período los ciudadanos también podrán participar y entregar su opinión, a través de los diálogos ciudadanos que coordinan las universidades de Chile y Católica de Chile. Como se ve, el proceso constitucional ha sido estructurado para dar cabida no sólo a la intervención del mundo académico y político, sino que también a los ciudadanos, lo que permite afrontar con optimismo el trabajo del Consejo y la propuesta que nos presentará en noviembre.
El ordenamiento constitucional que hoy nos rige tiene numerosos aspectos positivos, provenientes de la tradición constitucional chilena. Sin embargo, es evidente que la Constitución vigente ha ido perdiendo eficacia en diversos aspectos claves, al punto que se ha hecho habitual su infracción en temas tan relevantes como las atribuciones de los poderes del estado. Esto sin perjuicio de que gran parte de los ciudadanos consideran insuficiente la actual regulación constitucional en temáticas como los derechos sociales. Por eso la actual etapa del proceso constitucional es una oportunidad histórica para darnos un texto constitucional generado en democracia, que nos permita superar los déficit y problemas que presenta la actual Constitución, los que han ido quedando en evidencia a lo largo de sus años de vigencia.
En tal sentido, el anteproyecto preparado por la Comisión Experta ha respetado los principios y reglas que conforman nuestra tradición constitucional. No obstante, se trata de un texto perfectible, y esto es sin duda un desafío para el Consejo Constitucional. Desde el punto de vista formal, si bien estamos en presencia de un documento más corto que la propuesta que elaboró la Convención Constitucional, sus 211 artículos resultan llamativos, si se considera por ejemplo que la Constitución hoy vigente tiene 161 artículos, incluidos los resultantes de las reformas que han hecho posible el proceso constitucional anterior y el actualmente en desarrollo. De la lectura del anteproyecto puede concluirse que esta mayor extensión tiene varias causas probables. Entre éstas se cuenta una cierta tendencia a reiterar conceptos y principios, y un innecesario desarrollo de temas que probablemente deberían quedar más bien entregados al legislador. Asimismo, hay algunos aspectos que no necesariamente deberían formar parte de una constitución, como el largo listado de "deberes constitucionales", entre los cuales hay algunos que no parecen ser de contenido jurídico.
Por otra parte, la propuesta de la Comisión debería ser mejorada en algunos aspectos importantes, como por ejemplo la regulación del Poder Judicial, cuyo capítulo es probablemente el menos lucido de todo el texto. Asimismo, el anteproyecto no parece haber dado un adecuado marco regulatorio a la descentralización, temática que a mi juicio ha sido abordada de manera más bien tímida. A su vez, las normas relativas a participación contienen algunos aspectos interesantes, como la iniciativa legislativa popular, pero otros más bien discutibles, como la iniciativa popular derogatoria, o los foros de deliberación. Sobre este respecto la Comisión parece haber desaprovechado la oportunidad de introducir mecanismos de participación más acordes a nuestros tiempos, propios de lo que se ha denominado la "democracia digital", que permitiría por ejemplo el aporte directo de los ciudadanos al trabajo legislativo de los parlamentos, y de esta forma apoyar y profundizar la democracia representativa.
En materia de derechos y libertades, es probable que el trabajo de la Comisión no refleje el sentir ciudadano en algunas temáticas como el reconocimiento expreso del derecho a elección en materia de salud, y del derecho de propiedad y de heredabilidad de los fondos de pensiones. A su vez, los deplorables acontecimientos de connotación sexual ocurridos hace unos días en un establecimiento educacional de Talcahuano, debieran llamar a la reflexión respecto de la forma definitiva en que debiera quedar reconocido el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, y la conveniencia de contemplar expresamente el derecho a la objeción de conciencia en sus diversas manifestaciones.
De más está decir que todo lo anterior son objeciones que en nada empañan lo mucho de bueno que tiene la propuesta de la Comisión Experta, como por ejemplo el reconocimiento de los pueblos indígenas, y la consagración del Estado social y de nuevos derechos sociales, cuyas prestaciones serán proveídas tanto por el estado como por particulares, con desarrollo progresivo y responsabilidad fiscal.
Como se ve, la actual etapa del proceso constitucional nos ofrece una oportunidad única para dotar a nuestra patria de una Constitución que, apegada a nuestra tradición constitucional, incorpore las mejoras que resultan necesarias para restablecer el orden y la estabilidad política, y para afrontar adecuadamente los desafíos sociales de nuestra patria.
"La propuesta de la Comisión debería ser mejorada en algunos aspectos importantes, como por ejemplo la regulación del Poder Judicial, cuyo capítulo es probablemente el menos lucido de todo el texto".
*Profesor de Derecho Constitucional. Investigador de Polis, Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes