Secciones

Tribunal Supremo DC bajó candidatura de Undurraga

DEMOCRACIA CRISTIANA. El TS consideró que el presidente del partido, al negarse a concurrir a primarias, incumplía el acuerdo que dio pie a su postulación.
E-mail Compartir

Redacción

Un revés mayúsculo sacudió ayer a la Democracia Cristiana (DC). Su Tribunal Supremo (TS) comunicó oficialmente la anulación de la candidatura presidencial de su timonel, Alberto Undurraga, en una decisión que pone fin abruptamente a su aspiración a La Moneda y sume a la colectividad en una profunda incertidumbre a solo días del cierre del plazo legal para la inscripción de candidaturas.

La drástica medida, según detalla la resolución del organismo interno, se fundamenta en el estricto incumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta Nacional del partido. En particular, se refiere a la Junta del 15 de marzo pasado, que ratificó la nominación de Undurraga como candidato, pero bajo una condición explícita e ineludible: su postulación estaba supeditada exclusivamente a la participación del partido en primarias presidenciales, de acuerdo con lo que prescribe la Ley N° 20.640. Este mandato fue además reafirmado el 9 de abril, especificándose que bajo ningún concepto dicha nominación habilitaba a Undurraga para presentarse directamente a primera vuelta sin una nueva aprobación de la junta nacional.

"El camarada don Alberto Undurraga por efecto de los acuerdos de la Junta Nacional de fecha 15 de marzo, ha cesado en su calidad de candidato presidencial de la Democracia Cristiana, por lo que ya no se encuentra habilitado para actuar en esa calidad en el partido ni frente a terceros, habiendo expirado ese mandato de la Junta Nacional para que representara al PDC en primarias", reza el comunicado del TS, confirmando que la resolución judicial bloqueó de manera definitiva su aspiración.

El comienzo del fin

El nudo del conflicto se desató el 23 de abril. Contrariando el claro mandato de la Junta Nacional, la directiva nacional de la colectividad decidió no participar en primarias con los partidos de Socialismo Democrático -y excluyendo al Partido Comunista, un punto de controversia persistente-, una opción que, según trascendió, el propio Undurraga había explorado, insistiendo en la posibilidad de ir directamente a la primera vuelta si no se concretaba el pacto deseado. Esta postura había generado alarma y tensión entre sus correligionarios, quienes veían en ella un desconocimiento del acuerdo original.

El Tribunal Supremo fue tajante al analizar esta divergencia. Su resolución declara la nulidad del acuerdo de la Directiva Nacional del 23 de abril, argumentando que esta instancia partidaria se arrogó facultades que son privativas de la Junta Nacional, el máximo órgano soberano de la colectividad, contraviniendo los estatutos y la ley vigente. La votación en el seno del TS fue clara: seis votos a favor de anular la candidatura (emitidos por Julia Panez, Constanza Tobar, Oscar Osorio, Héctor Ruíz, Sebastián Llantén y Matías Valdés) y tres en contra (Octavio Arellano, Marcela Carrasco y Luis Thayer Morel).

Según Eric Aedo, vocero del Tribunal Supremo, la situación es jurídicamente clara: "Lo que se eligió fue un candidato para primarias. Como no hubo primaria, ya no existe esa candidatura".

El tribunal, además, sancionó al subsecretario nacional del partido, Ricardo Díaz, por no haber entregado una copia del acta de la sesión de la Directiva Nacional del 23 de abril.

Libertad de prensa y filtraciones

José Ignacio Martínez Estay
E-mail Compartir

En los últimos meses diversos medios de comunicación nos han entregado antecedentes sobre hechos que revisten caracteres de delito, o que al menos están reñidos con la probidad,en los que habrían intervenido funcionarios públicos y personas particulares. Parte importante de la información ha sido filtrada de investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público, sin que hasta la fecha se sepa con certeza quién o quiénes han dado a conocer información investigativa reservada.

Estas filtraciones afectan las reglas de la investigación penal, y ponen en riesgo derechos fundamentales de las personas imputadas y de terceros. Pero, a la vez, su difusión por los medios nos pone en alerta respecto de hechos en los que pareciera estar en juego el interés público,elemento clave en un sistema democrático, en el que los ciudadanos, mediante el voto, deben adoptar decisiones debidamente informadas. Eneste sentido, y como se ha señalado reiteradamente,la libertad de prensa contribuye a la democracia reforzando el control del poder.

Lograr un adecuado equilibrio entre todas esas variables resulta sin duda complejo, y la búsqueda apresurada de soluciones no parece ser aconsejable. Todos los valores en juego son importantes, y es por eso que legislar de manera apresurada resulta reprochable.Lamentablemente, pareciera que esto no ha sido considerado por algunos parlamentarios, que han planteado transformar en penalmente responsables a los periodistas que divulguen información filtrada de investigaciones criminales en trámite.

La medida planteada se asemeja a la de castigar al mensajero que lleva malas noticias.Y es que todo indica que si realmente se quiere lograr proteger los derechos de terceros y la eficacia de la investigación penal, los énfasis regulatorios debieran ponerse más bien en la adecuada sanción de quienes incumplen deberes y prohibiciones funcionariales.

Una vez más el mundo político reacciona frente a un problema de manera poco razonada y más bien visceral, en circunstancias de que lo que se espera de él es la adopción de medidas producto de la reflexión y el estudio de los pro y los contra de ellas.En este sentido,lo razonable es procurar un adecuado equilibrio entre los bienes jurídicos en juego, tomando en consideración el inestimable valor de la libertad de prensa, así como la necesaria protección de otros derechos y libertades, y el respeto a las reglas de una eficaz e imparcial investigación penal.

Legislar apresuradamente no sólo es poco presentable,sino que además conlleva el riesgo de que los ciudadanos profundicen su mala opinión respecto de la actividad política, y quede la sensación de que se está frente una medida de autoprotección.

*Profesor de Derecho Constitucional e Investigador de Polis, Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes