Tribunal ordena libertad de condenado por atropello y muerte de Pablo Ascencio
VIÑA DEL MAR. Gonzalo Rojas cumpliría el resto de la pena en libertad vigilada intensiva. Fiscalía, en tanto, informó que recurrirá en contra de la resolución del Juzgado de Garantía.
El pasado 3 de junio, Gonzalo Rojas fue condenado por el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar a 9 años de prisión por la muerte de Pablo Ascencio, a quien atropelló el 21 de septiembre de 2014 en la avenida San Martín, en momentos en que conducía su automóvil en estado de ebriedad, luego de lo cual se dio a la fuga sin prestar ayuda a la víctima. El fallo se transformó en el primer caso en el que se aplicó la Ley Emilia.
Sin embargo, a cuatro meses de aquella condena y tras una serie de acciones legales, el Tribunal de Garantía de la Ciudad Jardín ordenó ayer la libertad de Rojas para iniciar el cumplimiento del resto de la condena a través de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, la cual ya había sido otorgada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en agosto pasado, esto en virtud de una apelación subsidiaria interpuesta por la defensa de Rojas.
Sin embargo, un recurso de reposición presentado por el Ministerio Público frenó la disposición, argumentando que la Ley Emilia obliga a una pena de cumplimiento efectivo de al menos un año en ambos delitos, es decir, tanto para la conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte como por el hecho de haberse fugado y no haber brindado ayuda.
Ante ello, la defensa presentó un recurso de amparo ante el tribunal de alzada. "No había discusión por el delito de manejo en estado de ebriedad con causa de muerte; la discusión estaba si esa norma también se aplicaba al otro delito por el cual fue condenado, de huir del lugar del accidente sin prestar ayuda ni dar aviso a Carabineros", precisó el defensor Iván Seperiza. La Corte resolvió entonces que la acción debía ser conocida por el Tribunal de Garantía de Viña del Mar.
Fue así que el magistrado de garantía, Rodrigo Cortés, determinó acoger la petición de la defensa, en el sentido de que el cumplimiento efectivo durante un año de privación de libertad solo corresponde respecto del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, no siendo procedente en relación al delito de no prestar ayuda ni dar aviso a la autoridad.
En consecuencia, Gonzalo Rojas, como ya ha cumplido más de un año de privación de libertad en la cárcel de Valparaíso, quedó en libertad pasadas las 11 horas de ayer, iniciando el cumplimiento de las dos penas bajo la modalidad de libertad vigilada intensiva.
Pedro Ascencio, padre de Pablo, se enteró alrededor de las 14 horas de la resolución y a través de la presidenta de la Fundación Emilia, Carolina Figueroa. "Me asombra esta decisión, nadie lo tenía presupuestado", manifestó a este Diario, formulando además una dura crítica al magistrado que resolvió acoger la tesis de la Defensoría: "Los jueces se están equivocando, algunos, no todos, específicamente, con nombre y apellido, el juez Rodrigo Cortés, quien hace una interpretación de la Ley Emilia la cual no debiera interpretarse. La Ley Emilia no está fallando, están fallando los jueces. La ley está escrita y solamente hay que aplicarla, no interpretarla".
En este contexto, agregó que "el tema es que en Chile hay dos tipos de jueces, jueces que se dedican a aplicar la ley y jueces garantistas", por lo que adelantó que el próximo martes espera reunirse con el fiscal del caso, Roberto Depaux, cita a la que también espera asistir Carolina Figueroa, quien también cuestionó la decisión del magistrado.
"Esta resolución nos deja totalmente desconcertados, puesto que cuando nosotros apoyamos y se promulgó La Ley Emilia la Comisión de Constitución y Justicia del Senado aseguró que se iba a cumplir un año de cárcel efectiva por cada uno de los delitos por separado. (...) De alguna u otra forma no están reconociendo la magnitud del delito que se causó o el daño generado, como fue la muerte de Pablo. Es una señal contradictoria de los tribunales y a eso tiene que exigirse algún tipo de respuesta", declaró.
Por su parte, el defensor penal público Iván Seperiza manifestó que "consideramos que es la interpretación correcta. A nuestro juicio, el legislador solamente para el manejo en estado de ebriedad con causa de muerte contempló un año de pena efectiva; no correspondía extenderlo a este otro delito (darse a la fuga sin brindar ayuda)".
En tanto, el fiscal Roberto Depaux aseveró que "la Fiscalía considera que el sentenciado debe cumplir un año efectivo por cada delito por el que fue condenado, por lo que recurrirá contra la resolución del tribunal".
Régimen de mayor control
De acuerdo a lo informado por el defensor penal público Iván Seperiza, Gonzalo Rojas "está tranquilo, aunque sabe que pueden venir recursos de la Fiscalía o los querellantes" que podrían revertir la medida. Cabe consignar que la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a la que deberá someterse Rojas se caracteriza por ser un régimen de mayor control, en el que el condenado estará sujeto al cumplimiento de un programa de actividades bajo la aplicación de condiciones especiales y la orientación permanente y rigurosa de un delegado de Gendarmería de Chile.
9 años fue condenado Gonzalo Rojas el pasado 3 de junio, por la muerte de Pablo Ascencio Solari.