"Son cinco los días para que los candidatos que se sientan afectados puedan solicitar la reposición"
Días llenos de trabajo ha debido sortear durante la última semana Patricio Santamaría, presidente del Consejo Directivo del Servel.
El establecimiento de los lugares donde se podrá instalar la propaganda electoral, la puesta a punto de la transmisión de datos desde las mesas electorales hasta el Centro de Computo Nacional y, por sobre todo, la validación de las candidaturas a primarias por varias alcaldías del país, han copado la agenda de Santamaría, quien por un decreto de ley, deberá ser el encargado de entregar los escrutinios y los resultados preliminares al país a través de un informe tras la puesta en marcha de las elecciones Primarias, responsabilidad que el presidente del Consejo Directivo del Servel asume con tranquilidad.
"Tenemos aprobados la gran mayoría de los candidatos inscritos, se está haciendo un registro especial y, al mismo tiempo, estamos realizando todo un movimiento logístico para que las Primarias cuenten con todos sus materiales, es un trabajo más operativo, pero fundamental", puntualizó Santamaría.
- ¿Cuáles son las causales que establece el Servel para rechazar una candidatura?
- Lo que ocurre es que una vez que se tienen por declaradas las candidaturas, hay un plazo de cinco días que tiene la directora del Servel para revisar si cumplen con los requisitos formales de presentación que establece la ley. Ante eso, es bastante habitual que se produzca el rechazo por diferentes causales, por ejemplo, una de las más habituales es que los partidos declaran como militante o afiliado a una persona que no aparece en los registros, o al revés, declaran como independiente a una persona que es militante de un partido. También hay otros casos, en los cuales no se cumple con los requisitos que establece la ley para acreditar el requisito de haber cursado la enseñanza media, y un tercer número de casos en esta oportunidad tiene que ver con el hecho de candidatos que no acompañaron las declaraciones de intereses y patrimonios o que, habiéndola acompañado, el servicio estimó que estaban incompletas y no las completaron en plazo.
- ¿Los rechazos de candidaturas se realizaron con la información que los partidos políticos entregaron el pasado 20 de abril?
- No, las candidaturas que se revisaron son aquellas que los partidos entregaron en el Servicio Electoral materialmente el día 27 de abril, cuando acompañaron la documentación junto a una solicitud a la directora para que en definitiva recibiera las candidaturas. En este punto, se mantuvieron en el servicio mientras se tramitó el recurso de queja que se efectuó ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), y cuando este dio curso a las candidaturas, se abrieron ante un notario público y la directora procedió a calificar si las aceptaba o rechazaba.
- ¿Cuáles son los plazos que tienen los partidos políticos para apelar al rechazo de candidaturas?
- Ahí existe todo un procedimiento ante los Tribunales Electorales. En concreto, son cinco los días, desde la publicación que fue ayer, para que los candidatos que se sientan afectados, puedan solicitar la reposición de sus candidaturas ante el Tribunal Electoral Regional (TER). Al mismo tiempo, en ese mismo plazo, cualquier partido político u otro candidato independiente, también puede solicitar que alguna candidatura que fue aceptada sea excluida de las primarias por parte de los Tribunales Electorales Regionales, de ese fallo, si el recurrente no queda conforme, puede apelar para que en una segunda instancia lo vea el Tricel en Santiago.
- A partir de hoy, los candidatos están facultados para comenzar a instalar la propaganda electoral en los lugares ya definidos, ¿qué tipo de fiscalización realizará el Servel en este proceso?
- Nosotros como Servicio Electoral no recibimos facultades para fiscalizar en terreno, fue un tema que se discutió durante la tramitación de la ley, pero finalmente no se nos dieron facultades. De todas maneras, acá lo principal será la participación de la ciudadanía, pues a través de la página www.servel.cl podrán conocer los lugares en donde se podrá instalar propaganda legal, y toda la propaganda publica que esté fuera de esos lugares, pueden ser denunciados al municipio, al Juzgado de Policía Local, a Carabineros de Chile o al Servel, aunque estamos trabajando para establecer un sistema de denuncia a través de internet, en donde desde el teléfono a través de una plataforma digital que debemos tener establecida a partir del 25 de julio, se puedan realizar las denuncias.
- Pero, ¿estima que el Servel debió contar con facultades para sancionar?
- El Tribunal Constitucional rechazó las facultades que se le daban al Servel para aplicar sanciones y ese es un tema que nos ha dicho el Ejecutivo que va a reponer en una próxima ley corta que enviará al Congreso. En este punto, la ley estableció que toda la propaganda que sea retirada será valorizada al doble de su valor normal y, por ende, significa que el candidato que hace propaganda ilegal va copando antes su límite total de gastos y, eventualmente, puede incurrir en una infracción o en un delito electoral que podría implicarle la pérdida del cargo.
"El Tribunal Constitucional fue quien rechazó las facultades que se le daban al Servel para aplicar sanciones, y ese es un tema que el Ejecutivo nos ha dicho que va a reponer en una próxima ley corta"
"La ley estableció que toda la propaganda que sea retirada será valorizada al doble de su valor normal y, por ende, significa que el candidato que hace propaganda ilegal va copando antes su límite total de gastos"