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Caso Avilés: Tribunal acogió las acusaciones y habrá juicio oral

VALPARAÍSO. Fiscalía pidió 541 días de presidio; padre de la víctima, 10 años, y el INDH, 15.
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Cristián Rojas M.

Tres acusaciones contra el exfuncionario de Fuerzas Especiales de Carabineros Manuel Noya fueron presentadas en la audiencia de preparación del juicio oral, en la que se discutieron los medios de prueba que van a ser rendidos en el juicio contra el expitonero que lesionó de gravedad con el chorro del carro lanzagua al estudiante Rodrigo Avilés durante una manifestación en la avenida Pedro Montt, en Valparaíso, ocurrida el 21 de mayo de 2015.

En la instancia no hubo exclusión de pruebas y la acusación que presentó el Ministerio Público es por el delito de lesiones graves, solicitando una pena de 541 días de presidio; mientras que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) persigue la responsabilidad en los delitos de homicidio simple frustrado y lesiones graves, ante lo cual pidió 15 años de cárcel. En tanto, el padre y abogado de la víctima, Félix Avilés, presentó una acusación en base al artículo 330 del Código de Justicia Militar, por violencia innecesaria con resultado de lesiones graves, solicitando una sanción penal de 10 años de presidio.

El fiscal adjunto jefe de Valparaíso, Cristián Andrade, detalló que "todas las pruebas que presentamos en la acusación fiscal van a ser las pruebas que se van a rendir en el juicio oral. Son 25 testigos, seis peritos, documentos y otros medios de prueba que, básicamente, son filmaciones, y esa misma prueba es compartida por las partes querellantes, que son la víctima y el Instituto Nacional de Derechos Humanos".

Por su parte, el abogado querellante particular Félix Avilés, padre de la víctima, señaló que "lo que me interesa también es dejar sentado un precedente que sea un punto de inflexión en el comportamiento de las Fuerzas Especiales (FF.EE.) de Carabineros en la relación con la sociedad civil. Nosotros no hemos querido apurar esto, porque creemos que es un caso emblemático en ese sentido, no sólo en la defensa de la vida, de la dignidad de las personas, del respeto a las organizaciones, sino que además debe ser un ejemplo para el comportamiento de las instituciones públicas en un marco de democracia en este país".

Par Avilés, "sin duda, esto ha sido una seguidilla de complejidades, de dolor, de angustia, pero miramos con esperanza que ese dolor se transforme en un gran cambio para el país. Fue Rodrigo, podría haber sido otro; fue Camilo Catrillanca, tenemos una serie de casos que son emblemáticos en el mal comportamiento de las Fuerzas Especiales, y eso queremos cambiarlo".

En ese sentido, Avilés añadió que "ya parece que en este país nos hemos acostumbrado a enfrentarnos cívicamente a Carabineros de Chile y FF.EE. como una institución que miente, que intenta posicionarse en las relaciones sociales, en las relaciones de Estado, con criterios que no constituyen ni humanidad, ni democracia ni dignidad, y ellos tienen una independencia y una autonomía a la voluntad del poder civil y eso ha quedado en evidencia".

En ese sentido, añadió que "esa autonomía finalmente concluye en que para resolver los conflictos sociales lesionan a la gente, matan a la gente, y una vez que actúan de esa manera, tratan de decirnos 'no fue responsabilidad nuestra, fue responsabilidad de ellos por lo que estaban reclamando, estaban haciendo'".

A su juicio, "existe una similitud en el comportamiento de la FF.EE. en La Araucanía y en su relación en general con los movimientos sociales en el país; y este caso, así como el de Camilo Catrillanca, deben ser emblemáticos y deben ser íconos de cambio, de transformación de la conducta de FF.EE. Chile no necesita una institución de Carabineros como la que hoy día hay".

Uno de los hechos que expuso la Fiscalía es que la acción de FF.EE. se inició tras un saqueo a una tienda en Pedro Montt, pero el chorro del carro lanzagua se dirigió a la vereda opuesta donde se desarrollaba ese delito, lo que a juicio de Avilés, podría resultar determinante, teniendo en cuenta que hay registros audiovisuales que así lo confirman.

"Sin duda que el saqueo es un hecho que está probado, pero no tiene nada que ver con la acción de los estudiantes, que iban por la vereda del frente, y todas las imágenes muestran que la conducta de Carabineros no era de interés por el saqueo, sino que era interés por disolver una supuesta movilización que ya no existía, porque ya había concluido", destacó Avilés.

En esa línea, agregó que "todas las imágenes indican que el movimiento estudiantil que allí estaba presente, donde se encontraba Rodrigo Avilés, era un grupo de personas que se iba, iban todos caminando, nadie obstruía el tránsito, no había ningún altercado, no había ninguna alteración a nada de la vida ciudadana, entonces, la verdad es que aquí lo que hay es que se aplica una fuerza contra los estudiantes que no corresponde".

Avilés precisó que "esa es además la teoría nuestra, hay una fuerza indebida de un funcionario público, un uniformado, y nos parece que tiene que asumir las responsabilidades penales que produce esa fuerza indebida. Está establecido que aquí hubo un hecho constitutivo de delito, hay un señor que es autor, que es el sargento Noya, evidentemente, respondiendo a una política institucional, no a una decisión propia".

A su vez, el director regional del INDH, Fernando Martínez, explicó que solicitaron 15 años de presidio debido a que "el análisis de los hechos que nosotros hacemos indica que estos corresponden, efectivamente, a la figura de homicidio frustrado. A nosotros nos parece que éste es un caso de la más alta relevancia, quizás el más relevante que se ha producido en Chile, en el cual se puede discutir cómo el uso excesivo de la fuerza puede conducir a un delito de tal gravedad, y es absolutamente necesario esclarecer que esto se ha producido".

En concordancia con lo planteado por Félix Avilés, Martínez sostuvo que al INDH le parece "importante que esto pueda también tener el efecto de prevención que una sentencia debería tener, respecto de cómo se hace uso de la fuerza, para poder avanzar en términos de que el entrenamiento y los métodos sean los adecuados, de que los mandos ejerzan las responsabilidades que corresponden respecto de las personas que están en las operaciones mismas de ejercicio de la fuerza".

En tal sentido, remarcó que "nos parece que se trata de un caso, quizás, único en la historia del INDH, en donde esto se va a poder discutir claramente".

"Este caso, así como el de Camilo Catrillanca, deben ser emblemáticos y deben ser íconos de cambio, de transformación de la conducta de FF.EE. de Carabineros"

Félix Avilés, Padre y abogado de la víctima"

"Nos parece que es quizás el caso más relevante en Chile en el cual se puede discutir cómo el uso excesivo de la fuerza puede conducir a un delito de tal gravedad"

Fernando Martínez, Director regional del INDH"

Defensa admite responsabilidad

En cuanto a las pruebas y testigos que se presentarán en el juicio oral, el director regional del INDH, Fernando Martínez, destacó que "quedamos satisfechos porque no se nos excluyó ninguna prueba ofrecida, y además hay algo que nos parece que es relevante, y es que la defensa planteó desde ya un nivel de responsabilidad individual, pues señaló que aquí había, a lo menos, responsabilidad en un nivel de culpa, o sea, ni siquiera la defensa está yendo por la inocencia del imputado formalizado".