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Más allá de la ley ambiental, la opinión del ministro Aránguiz

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Junto con las quince medidas y sus argumentos, la sentencia dada a conocer esta semana por la Corte Suprema incluyó una previsión del integrante de la Tercera Sala, juez Carlos Aránguiz, quien en los argumentos de su punto de vista llama la atención por la gravedad de los hechos expuestos y postula que las acciones deben ser más drásticas con las empresas porque aún no se resuelve la contaminación de la zona y la población está expuesta. El ministro Aránguiz fue de "parecer de resolver el asunto sometido al conocimiento de esta Corte conforme a la Constitución Política de la República y no a la Ley Ambiental y considerando que la reiteración de episodios críticos de contaminación (...), continúa amenazando los derechos a la integridad física y psíquica, a la salud, a la vida y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación". Aránguiz estaba por acoger los recursos contra el Presidente de la República y las empresas públicas y privadas que operan en el Complejo Industrial Ventanas -que fueron rechazados por la mayoría de los magistrados, "disponiendo la suspensión de toda actividad de estas últimas, a partir de la notificación del presente fallo y por el término de noventa días".

Según el ministro, la máxima autoridad, el Presidente, debería disponer "las acciones necesarias tendientes a que dichas compañías presenten un Programa de Prevención y Descontaminación para la Bahía de Quintero, Ventanas y Puchuncaví". Esto, porque se desconoce quién sustenta el origen de la toxicidad y cuál es el responsable de las emanaciones que provocaron las intoxicaciones.

Recurrentes destacan medidas por contaminación en la zona

QUINTERO. Abogados que interpusieron los recursos esperan que el Estado y los ministerios respondan en un plazo acotado.
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Algunos de los recurrentes de los diez recursos de protección que apelaron al fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó las acciones judiciales por los masivos casos de intoxicación en Quintero y Puchuncaví, valoraron la determinación de la Corte Suprema y destacaron el precedente que marca la Justicia para la protección y el amparo de las víctimas.

En este sentido, los abogados recalcaron la importancia de la determinación de aplicar quince medidas de carácter urgente por la contaminación existente, las que esperan sean cumplidas a cabalidad por el gobierno y las diferentes entidades públicas. Una de ellas es la posibilidad de evacuar a la población de existir otro episodio de contaminación grave.

El director ejecutivo de la ONG Fima, Ezio Costa, que fue una de las partes litigantes, afirmó que "la Corte Suprema toma en consideración una serie de elementos que son súper relevantes para la justicia ambiental en general y en particular para el caso de Quintero y Puchuncaví. Pone de relieve que el ministerio de Medio Ambiente ha incumplido varias de sus obligaciones, ha incumplido con tener un registro de contaminantes que (...) como varias autoridades no se han coordinado a la fecha para prevenir. Manda a coordinarse de manera muy concreta y a aplicar medidas".

Costa afirmó que "es un fallo emocionante porque (...), además, nos muestra que la lucha jurídico ambiental es una vía institucional adecuada para solucionar los conflictos ambientales y por lo mismo esperamos que, ahora que la Corte Suprema se ha pronunciado, la administración del Estado, los ministerios, cumplan con el fallo".

Gravedad de medidas

Matías Asun, director nacional de Greenpeace, que presentó un recurso en contra del Presidente de la República, el Ministerio del Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental, afirmó que tras la determinación del máximo tribunal se evidencia una situación grave. Dijo que "el máximo tribunal del país no sólo obliga a desarrollar este estudio, sino que obliga de manera perentoria al gobierno para que, en un plazo máximo de un año, implemente las medidas correctivas necesarias".

En la práctica, afirmó Asun, lo redactado en la sentencia "es un reconocimiento claro de que el Estado no ha cumplido su obligación de garantizar los derechos fundamentales de los habitantes de la zona, cuestión que evidenció la emergencia y por ello obliga al gobierno no sólo a proteger de manera efectiva y perentoria a los vecinos de esta zona de sacrificio, sino que señala que la autoridad debe revisar las autorizaciones ambientales entregadas a las empresas instaladas en la zona y evaluar el efecto sinérgico que estas tienen sobre la salud y el medio ambiente".

Asun destacó que otro de los puntos de la sentencia de la Corte Suprema es "la elaboración de un diagnóstico de base de las enfermedades detectadas a la población de esas comunas que permita determinar qué patologías han sido producidas por la contaminación del aire, del suelo y del agua; asimismo, deberá implementar un sistema de seguimiento de los casos detectados para verificar la prevalencia y supervivencia de esas patologías", lo que marca un precedente en la zona.

El director nacional de Greenpeace destacó la medida que la Corte Suprema, precisó, "obliga al Estado al traslado de las personas directamente afectadas por estas emergencias contaminantes en la zona. Pero no solo de los pacientes directamente afectados, sino que amplía su protección a la ciudadanía vulnerable. La corte es clara y enfática en señalar que cada vez que se produzca un evento crítico de contaminación, la población vulnerable será trasladada desde la zona afectada".

El abogado Christian Lucero, que representó la causa del senador Francisco Chahuán en contra de Enap, la cual fue rechazada por considerar amparos "concebidos genéricamente", afirmó que con la resolución "la comunidad puede tener la tranquilidad que se tienen que tomar medidas para que esto no vuelva a pasar. Es histórico. Acá se ha reconocido responsabilidad como fuentes contaminantes de todas las empresas y abre la puerta de fallos de otra orden".

Lucero explicó que "desde ahora va a comenzar un período de medidas concretas y no sólo políticas en la zona. Vamos a ver que las empresas no pueden quedar impunes. En el caso de La Greda no pasó nada, pero esto marca un antes y un después".