Terminar con las malas prácticas entre arrendatario y arrendador, es lo que busca la nueva "Ley de Arriendo", impulsada por el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, en donde se modifica la actual normativa que no ha presentado cambios desde el año 2003.
A partir del año 2006, el total de arrendatarios ha crecido sostenidamente en Chile, esto, de acuerdo a la Encuesta de Caracterización Socioeconómica (Casen) del 2017, en donde se representa que un 22% de los hogares arrienda, vale decir, 1.270.483 familias. En ese sentido, han aumentado tanto los arriendos con y sin contrato, de personas que cumplen con su compromiso de pagar por el arriendo.
Sin embargo, se estima que habría alrededor de 60.000 casos de controversias entre arrendatarios y arrendadores, de los cuales solo un cuarto de ellos recurre a tribunales, por lo que estamos hablando de aproximadamente 15.000 juicios de arrendamiento al año. Para terminar con esta situación, es que nuestro ministerio de Vivienda y Urbanismo busca modificar la Ley n° 18.101 con cinco simples pasos.
Queremos simplificar el procedimiento del juicio de arrendamiento y acortar los plazos, por ejemplo, si el demandado no asiste a la citación al juzgado, se considerará que él admite la culpabilidad de las acusaciones, además, se establecerá un plazo de 10 días para que el juez dicte sentencia desde la última audiencia, ya que actualmente la Ley de Arriendo no establece plazos.
Por otra parte, y no menos importante, respecto a los servicios adeudados como agua, luz gas y cable, el demandante podrá pedir al Tribunal que oficie a las empresas de servicios de que existe un juicio de arrendamiento y que el responsable de pagar es el demandado y no el dueño de la propiedad, con ello se busca que la deuda sea personal y no de la vivienda.
Prohibiremos el subarriendo, salvo que se encuentre expresamente estipulado en el contrato, y estableceremos la figura de arriendo y subarriendo abusivo y hacinamiento. La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones consagrará las condiciones mínimas para que una propiedad o una habitación se pueda arrendar, considerando seguridad, habitabilidad, ventilación, entre otros. Los arriendos abusivos podrán denunciarse ante un juez de policía local quien aplicará las respectivas multas expresadas en la ley.
En último lugar implementaremos la regulación del mes de garantía. Pese a que es algo muy común en un contrato de arriendo, el mes de garantía no está regulado. Este proyecto de ley establece que el mes de garantía no puede ser mayor a dos mensualidades de arriendo y que este monto debe devolverse en un plazo máximo de 60 días desde la restitución del inmueble. Además, se establece que se deben justificar cada uno de los descuentos que se le hagan al arrendatario tras entregar el inmueble.
Nuestro objetivo principal, es terminar con diferentes tipos de abusos que se pueden producir en el arrendamiento de viviendas, por un Chile más justo e igualitario para todos.