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Plebiscito: hoy termina plazo para cambiar domicilio electoral

VOTACIÓN. Se puede hacer por Internet o de forma presencial, hasta las 18 horas.
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El Servicio Electoral (Servel) cerrará hoy el plazo para solicitar el cambio de domicilio electoral, de cara al plebiscito por una nueva Constitución, fijado para abril del próximo año. La modificación de los datos puede realizarse en línea o presencial.

"El próximo viernes 27 (de diciembre) se publicará el decreto por el cual el Presidente convocará el plebiscito. Por ello, el plazo para cambiar el domicilio vence a las 24 horas del próximo jueves 26 de diciembre", señaló el presidente del Servel, Patricio Santa María, en su cuenta de Twitter.

En Servel.cl se pueden revisar los datos tal como los tiene el organismo estatal, ingresando el RUT. En caso de ser necesaria una modificación, se debe entrar con la Clave Única para trámites, otorgada por el Gobierno. La misma plataforma proporciona un enlace para obtenerla o recuperarla.

También es posible solicitar el cambio de domicilio en las oficinas regionales del Servel (hasta las 14:00 horas), disponibles en la página web del servicio, así como en Chile Atiende (18:00 horas) y en el Registro Civil (14:00 horas). Ante cualquier duda, fue habilitado el teléfono 600 6000 166. En caso de estar en el extranjero, las solicitudes de cambio deben ser realizadas en los consulados.

Proceso constituyente: comandos por el "Sí" y por el "No" ya trabajan en campañas

PLEBISCITO. Figuras de oposición se unen para el "Apruebo", pero no quieren al PC.
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Con el inicio del proceso constituyente y la próxima convocatoria al plebiscito de abril próximo, comenzó también la conformación de comandos por el "Sí" y por el "No" a una nueva Carta Fundamental.

En la ex oposición se han reunido para conformar un comando como bloque para enfrentar el plebiscito del 26 de abril, aunque el Frente Amplio aún no define su participación y la Democracia Cristiana rechaza que el Partido Comunista pueda integrarse, pues no firmaron el acuerdo constitucional que permitió generar la reforma que está en curso.

Heraldo Muñoz, presidente del PPD, ya inició las reuniones con el Consejo Nacional de Televisión, porque habrá franja electoral y habrá media hora que se dividirá en cuatro bloques, dos para la opción apruebo o rechazo y otros dos para apoyar el formato de convención mixta o constitucional.

Fuad Chahín, presidente de la DC, elevó ayer como una de las principales voceras de esta campaña por el "Sí" a Carmen Frei, la hija del expresidente Eduardo Frei Montalva.

En la opción "No", aparte de las figuras de la UDI y de Renovación Nacional que han mencionado que defenderán esa opción para buscar una reforma y no una nueva Constitución, también se está conformando "La casa del No", un comando que ya respaldan, según sus creadores, unas 20 mil personas.

El comando por el "Rechazo" a la nueva Constitución tendrá sede en Vitacura y lo dirigen Gonzalo de la Carrera, ex vicepresidente de La Polar, ex presidente de Isapre Colmena y actual locutor radial, y el ingeniero Gerardo Jofré, expresidente de Codelco.

Quien también se apresta a encabezar una campaña por el "No" es José Antonio Kast, líder del Partido Republicano, que aprueba la actual Constitución y rechaza redactar una nueva "al alero de los abusos de la violencia callejera.

Retención de Impuestos Internos a las boletas de honorarios subirá a 10,75%

ENERO. La devolución también será menor, ya que el dinero será destinado a la protección social. El monto retenido llegará de forma gradual a un 17% en el año 2028.
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Redacción

El Servicio de Impuestos Internos (SII) recordó en sus cuentas de redes sociales que el próximo 1 de enero la retención de las boletas de impuestos pasará del actual 10% a 10,75%, con el objetivo de brindar a los contribuyentes servicios de protección social.

Este incremento fue promulgado el 2 de febrero pasado, en la Ley 21.133, que establece un mecanismo obligatorio y gradual en el pago de las cotizaciones para los trabajadores independientes, con el fin de quienes no posean un contrato de trabajo sí puedan acceder a beneficios de seguridad social, como servicios de salud, pensiones, seguros de invalidez, sobrevivencia, de accidentes de trabajo y ante enfermedades; y la ley Sanna, es decir, el seguro para los padres de niños afectados por una condición grave de salud.

El aumento en la retención de las boletas de honorarios que el 1 de enero pasará de 10% a 10,75% continuará aumentando de forma gradual, cada año, hasta llegar a 17% en 2028, señala la página web del SII.

Cotizaciones

Los trabajadores independientes que optaron por esta forma de pago de cotizaciones, es decir, que el año pasado recibieron la mitad de su devolución de impuestos, verán nuevamente bajar este monto.

En el caso de los trabajadores que optaron por la cobertura completa, no accederán a devolución en mayo del próximo año, pero tendrán cobertura total en los beneficios mencionados anteriormente.

"En el caso de (empleados) dependientes (con contrato) que también emitan boletas de honorarios, ambas cotizaciones se suman, debiendo hacerlo solo hasta el tope imponible", explicó el SII en Facebook.

"Es decir, en este caso, se cotiza por las boletas de honorarios por la diferencia que existe entre la remuneración como dependiente y el tope imponible. En caso que cotice como dependiente por el tope imponible, no cotizará en calidad de independiente", agregó el organismo.

El recordatorio de la medida en la cuenta de Facebook del SII fue compartida casi tres mil veces y un sinfín de comentarios y de reacciones, muchas de ellas negativas. La misma situación se vivió en Twitter, donde la información fue replicada más de 400 veces.

Consultas

En caso de necesitar ayuda, el servicio cuenta en su plataforma electrónica con los menús "¿Cómo se hace para?", "Aprenda Sobre", "Material Informativo" y "Preguntas frecuentes", además del teléfono 223951115.

Las consultas también pueden ser atendidas en las oficinas del SII, o mediante "una presentación, por escrito, al Director Regional del SII de su jurisdicción, con la descripción y antecedentes de su situación particular".

Obligados y exentos de cotizar

La ley 21.133 señala que están obligados a cotizar todos los trabajadores independientes y miembros de sociedades profesionales que emitan boletas de honorarios, "siempre que el monto bruto anual de sus ingresos sea igual o mayor a cinco ingresos mínimos mensuales". Excluidos de esta obligación quedan las mujeres de 50 años o más y los hombres con 55 años o más, así como los trabajadores independientes afiliados al IPS, Dipreca (Carabineros) o Capredena (Fuerzas Armadas).