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El nuevo calendario de votaciones y elecciones 2020-2021

La pandemia de covid-19 obligó a mover a octubre el Plebiscito constitucional y a reprogramar para abril próximo las elecciones municipales, de gobernadores regionales y, eventualmente, de convencionales constituyentes. Con Presidencial y parlamentarias en el horizonte, 2021 será así un período cargado de decisiones relevantes para la ciudadanía.
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Mariela Puebla V.

La pandemia de covid-19 tendrá entre sus efectos el que, como pocas veces en su historia, 2021 será para Chile un período cargado de decisiones políticas relevantes para la ciudadanía.

El año próximo, que ya contemplaba para noviembre la elección Presidencial, de parlamentarios y de consejeros regionales (cores), sumará en abril una jornada para elegir alcaldes y concejales, gobernadores regionales y, eventualmente, convencionales constituyentes.

Así se grafica el 'efecto dominó' generado en nuestro mapa político-institucional por el virus surgido en China, que traspasó continentes y que, tras aterrizar en Chile, obligó a trasladar para el 25 de octubre próximo el Plebiscito en que los votantes decidirán si aprueban o rechazan hacer una Nueva Constitución y -dependiendo de lo anterior- el órgano encargado de su redacción: una Convención Mixta Constitucional (conformada por partes iguales de parlamentarios en ejercicio y convencionales constituyentes o personas especialmente elegidas para ello) o una Convención Constitucional (integrada solo por convencionales constituyentes). Inicialmente, la jornada de votación debía realizarse el pasado 26 de abril, y al trasladarse al 25 de octubre obligó a mover las elecciones de alcaldes y concejales, y de gobernadores regionales planeadas originalmente para ese día.

La nueva fecha fue resultado de un acuerdo político que derivó en la Ley Nº 21.221 Reforma Constitucional que establece un nuevo itinerario electoral para el Plebiscito Constituyente y otros eventos electorales.

Fechas anexas

El Plebiscito Constitucional del 25 octubre tiene asociadas diversas fechas previas que son importantes:

6 de junio: Será el último día para poder cambiar el domicilio electoral. - 28 de julio: Se inicia período de reclamaciones al Padrón Electoral auditado (listado de electores tanto en Chile como en el extranjero que se encontrarían habilitados para sufragar). 26 de agosto: Se inicia propaganda electoral en medios escritos, radios, espacios públicos autorizados y espacios privados. 26 de agosto: Se publica Padrón Electoral definitivo y Nómina de Inhabilitados. 25 de septiembre: Comienza la franja de propaganda televisiva. 3 de octubre: se publica nómina de vocales de mesa designados, locales de votación y miembros de Colegio Escrutador. 5 de octubre: Comienza plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones para la labor de vocal de mesa ante las Juntas Electorales. 10 de octubre: Se publica nómina de vocales reemplazantes. 22 de octubre: Finaliza toda propaganda electoral. 24 de octubre: Vocales deben constituir mesas de votación.

ELECCIONES DE ABRIL 2021 El 29 de noviembre, en tanto, será la última cita electoral de 2020, con la realización de las primarias de alcaldes y gobernadores regionales (en caso que los partidos o coaliciones políticas decidan definir a sus candidatos mediante este mecanismo. Si bien no están obligados a participar, si deciden hacerlo, sus resultados son vinculantes). Posteriormente, el 11 de abril de 2021, se desarrollarán las elecciones municipales y regionales y, dependiendo del resultado del Plebiscito de octubre próximo, podrían ser también la de Convencionales Constituyentes.En esa jornada se deben elegir 345 alcaldes y 2.240 concejales a nivel nacional (ambos cargos van en votos separados). Ese día también se realizará por primera vez en Chile una elección popular de gobernadores regionales, hoy designados por el Presidente de la República. Serán 16 en total, es decir, uno por región. Si ningún candidato alcanza al menos el 40% de los votos válidamente emitidos, se deberá realizar una segunda vuelta entre los dos candidatos más votados, fijada para el 9 de mayo de 2021. En el caso de los convencionales constituyentes, serían 86 representantes a elegir si gana la opción de Convención Mixta Constitucional, o 155 si se impone la de Convención Constitucional.

PRESIDENTE, PARLAMENTARIOS Y CORES

El 4 de julio de 2021 serán las primarias presidenciales y parlamentarias, en caso de que algún partido o coalición decida realizarlas para poder definir a sus candidatos.

El 21 de noviembre, en tanto, serán las elecciones de Presidente de la República, de senadores y diputados, y de consejeros regionales.

En el caso de la elección presidencial, podrán competir los candidatos que cumplan con los requisitos establecidos para el cargo (ser chileno, tener 35 años y ser ciudadano con derecho a sufragio). En caso que ningún candidato obtenga mayoría absoluta (50% + 1 voto), se realizará una segunda vuelta electoral presidencial entre los dos candidatos con mayor votación, fijada para el 19 de diciembre de 2021.

En las parlamentarias se debe elegir a 155 diputados, ya que se renueva la Cámara Baja en su totalidad), y a 27 senadores de las regiones con número par, más la Metropolitana.

Respecto a la elección de cores, a nivel nacional se deberá definir a 294.

Fuentes: Biblioteca del Congreso Nacional (www.bcn.cl) y Servicio Electoral de Chile (www.servel.cl).

VOTO EN EL EXTRANJERO

Todo chileno con derecho a sufragio puede participar desde el extranjero en los Plebiscitos Nacionales, las elecciones Primarias Presidenciales y las elecciones de Presidente de la República (Artículo 13 de la Constitución Política).

CAMBIOS EN EL MUNDO

La página web del Servicio Electoral de Chile (www.servel.cl) consigna que países como Austria, Estados Unidos, Argentina, Francia, España, Siria, Brasil, Reino Unido, Colombia, Serbia, Suiza e Italia en estos meses han postergado también elecciones nacionales y locales debido a la epidemia. Hasta el 31 de marzo, 36 elecciones a nivel mundial fueron aplazadas: tres presidenciales, nueve parlamentarias, dos generales, 11 municipales, cinco referéndum os plebiscitos y seis de otra índole figuran en el listado. Algunos de los países mencionados siguen sin asignar una fecha concreta, pero sí han anunciado cambios para que la votación sea por correo o desde casa, mientras otros que sí efectuaron comicios en estos meses adoptaron medidas especiales. Un ejemplo es Israel, que instaló láminas de plástico en las mesas de sufragio y obligó a usar trajes protectores a funcionarios electorales y votantes.

Emergencia y Constitución

Facultad de Derecho Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
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Las situaciones de emergencia generan oportunidades para la política y problemas para el derecho. Oportunidades porque imponen una agenda única y urgente, y abren la puerta a recursos y medidas extraordinarias. Para el derecho, la incertidumbre y peculiaridad de cada emergencia son difíciles de compatibilizar con los límites y controles sobre el poder.

En este contexto, la pandemia que nos embate, claramente, es una emergencia de aquellas que exigen un respuesta política y jurídica excepcional. Ella genera pérdidas y sufrimiento, pero también enseñanzas para el derecho y para la política.

Al derecho le enseña que su regulación de excepción debe considerar nuevos supuestos. Ante emergencias sanitarias, las potestades para la restricción de libertades deben ser revisadas, en especial, en su estricto ajuste a sus peculiares requerimientos. La distribución de competencias entre distintos niveles de gobierno y administración también tiene que ser examinada, pues la emergencia exige coordinación.

A la política le enseña, entre otras cosas, que en materia constitucional no conviene confundir lo permanente con lo transitorio. La sección incorporada al capítulo XV de la Constitución en diciembre de 2019, mezcla el procedimiento plebiscitario para la creación de la nueva Constitución con las reglas particulares que atañen al proceso en curso, con fechas y detalles propios de normas transitorias. Tales detalles, impropios de normas permanentes de una Constitución (incluso de una supuestamente moribunda), generan problemas interpretativos difíciles de resolver y, por lo mismo, conflictos políticos y jurídicos gratuitos.

La postergación del proceso constituyente, bien fundada en una situación de anormalidad incompatible con una votación ciudadana libre e informada, incide en esta mezcla de regulación permanente y transitoria, con efectos que ojalá hayan sido previstos por el constituyente.

Aún asumiendo la pertinencia de la premura con que se elaboró la reforma de diciembre del año 2019, no puede obviarse que su pobre resultado en términos técnico-jurídicos es fuente de opacidades políticas y jurídicas. El nivel de los siguientes instrumentos del proceso y el resultado del trabajo de la convención -si llega a existir-, debiese ser superior. Las normas permanentes que regirán nuestra convivencia pacífica por muchos años tienen que ser el fruto de una cuidadosa reflexión. Y no de fiebres ni barricadas.

"La pandemia es una emergencia que exige una respuesta política y jurídica excepcional. Ella genera pérdidas y sufrimiento, pero también enseñanzas para el derecho y la política".

Alan Bronfman Vargas

Profesor de Derecho Constitucional

El calendario electoral constituyente

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El pasado domingo 26 de abril debió haberse celebrado el plebiscito constituyente que abre el camino institucional para la elaboración de una nueva Constitución, a partir de una decisión libre y democrática del pueblo soberano. Como consecuencia de la crisis sanitaria que afecta al mundo, todo el proceso electoral se suspendió por unos meses, aplazándose tanto el plebiscito constituyente como la elección de las y los integrantes de la Convención que redacte el nuevo texto y, por tanto, el inicio de sus trabajos. En el actual escenario, el plebiscito constituyente se realizará el 25 de octubre del presente año, mientras que la elección de las y los integrantes del órgano constituyente quedó para el 11 de abril del próximo año. Junto al calendario de elecciones constituyentes, se aplazaron las elecciones municipales y de gobierno regional, las que también se realizarán en abril de 2021.

Como toda decisión de carácter político, el aplazamiento del calendario electoral puede ser revisado y analizado con el fin de identificar sus elementos positivos y negativos. Entre los primeros, parecía muy razonable suspender el plebiscito del pasado mes de abril, no solo para evitar aglomeraciones y cuidar la salud de la población, sino para concentrar los esfuerzos institucionales en la pandemia y así evitar que la contienda electoral pudiera debilitar el trabajo conjunto, política e institucionalmente. Entre los segundos, la postergación del plebiscito parece haber interrumpido el intenso proceso de diálogo y deliberación ciudadana, muy probablemente inédito en la historia del país, que se desencadenó luego de los acontecimientos del 18 de octubre, a lo largo de innumerables encuentros en plazas, juntas de vecinos y asambleas de distinto tipo y en todo el país.

Esta contingencia ha significado cambios importantes en el calendario electoral constituyente, pero también en las condiciones para la reflexión política acerca del presente, pues la pandemia ha tensionado de manera muy importante el ejercicio de diversos derechos fundamentales, especialmente aquellos que estaban en el centro de la cuestión constitucional. En efecto, en las últimas semanas hemos debido enfrentar los problemas estructurales en materia de salud pública, pero también en torno al trabajo (muchas relaciones laborales fueron suspendidas o terminadas), seguridad social (con millonarias pérdidas de los fondos de pensiones), educación, vivienda e, incluso, acceso al agua.

Así, si bien el calendario electoral se ha postergado, la discusión constituyente parece seguir plenamente vigente.

"En las últimas semanas hemos enfrentado los problemas estructurales en materia de salud pública, pero también en torno al trabajo, seguridad social, educación, vivienda y acceso al agua".

Jaime Bassa Mercado

Profesor titular

Derecho Constitucional y Teoría Política

Escuela de Derecho

Universidad de Valparaíso