EL Proyecto no vulnera la libertad de expresión, la protege
"El estallido social dio lugar a conductas de violencia política y delictual de diferente naturaleza, y esta es una premisa esencial al tomarse una decisión de estas características. La destrucción de bienes públicos y privados, asociadas a saqueos e incendios, que afecta a la sociedad en su conjunto, especialmente a la población más carenciada, no puede tener el mismo tratamiento que el desorden del orden público que pudiera producirse por manifestaciones de la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos a expresarse en espacios públicos.
La destrucción de infraestructura de transporte, como las estaciones de metro, semáforos, refugios peatonales, entre otras, o de vehículos de transporte público, resulta inaceptable en tanto perjudica a los sectores de ingresos más bajos que deben desplazarse cotidianamente haciendo uso del transporte público.
También es necesario distinguir las acciones emprendidas por grupos de manifestantes, destinadas a proteger a terceros que pudieran resultar afectados por la violencia policial, a veces ilegal, de las acciones delictuales de bandas organizadas de saqueadores, que deben ser castigados con toda la fuerza de la ley y de nuestra institucionalidad. En este sentido, también ha de considerarse como parte de esta evaluación las conductas de efectivos policiales que pudieran ser tildadas de violencia excesiva o innecesaria, que escapan de sus atribuciones que contempla el uso legítimo de la fuerza en un Estado de derecho.
El proyecto de ley aprobado por la Cámara, que tipifica como delito la justificación o negación de las violaciones a los DD. HH. ocurridas en dictadura, fue declarado inconstitucional no por su contenido, sino por considerar que su aprobación exige un quórum calificado. El fallo no fue al fondo del problema, con lo cual lo dejó pendiente hasta cuando el país cuente con una Constitución que no cuente con estos amarres de la dictadura.
En mi opinión, el proyecto rechazado por el TC no vulnera la libertad de expresión; más bien, la protege. Ello en tanto la libertad de expresión es uno de los derechos esenciales que fue vulnerado durante la dictadura militar. En consecuencia, al sancionarse las conductas y actos que justifican, aprueben y/o nieguen los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, incluyendo la imposibilidad de ejercer la libertad de expresión, se la cautela como derecho esencial de la ciudadanía.
Ha de tomarse en cuenta la experiencia de países europeos que también tuvieron regímenes autoritarios en el pasado, en los cuales, de acuerdo a su legislación, se sanciona fuertemente las conductas y actos que justifiquen, aprueben y/o nieguen las atrocidades cometidas por los regímenes de facto. 2
Ha de tomarse en cuenta la experiencia de países europeos, donde se sancionan los actos que nieguen atrocidades de regímenes de facto".
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