Participación de independientes en elecciones para la convención
En la elección del 11 de abril, que será la más grande de la historia en términos de candidatos, con cuatro comicios simultáneos, hay 155 cupos para la Convención Constitucional, 16 para gobernadores regionales, 345 para alcaldes y 2.252 para concejales, y en ella puede participar un padrón electoral auditado de 14.900.089 personas, 7.642.418 mujeres y 7.257.671 hombres, incluidos 414.915 extranjeros habilitados para votar.
Las barreras para los independientes son elevadas. De acuerdo a la normativa electoral, su participación en las elecciones de convencionales constituyentes contempla tres opciones: los partidos que conformen un pacto electoral pueden declarar candidatos independientes que sólo pueden participar en el pacto en calidad de asociados a una de las colectividades que lo integran. También pueden tomar parte con otro u otros independientes conformando una lista electoral, la cual rige exclusivamente en el distrito en el que declaren candidaturas. O bien pueden postular en forma individual acompañando los patrocinios del caso.
Estos últimos dependen de la forma en que los candidatos independientes concurren a la elección. Si lo hacen asociados a un partido político que postula integrando un pacto electoral, no se les exige patrocinio. Los independientes que postulan fuera de lista requieren al menos el patrocinio de un 0,2 por ciento de los electores que hubiesen sufragado en el respectivo distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, salvo que el porcentaje de electores sea menor a 300, en cuyo caso se necesita el patrocinio de 300 independientes. Y si conforman una lista electoral de independientes, la lista requiere el del 0,5 por ciento de los electores en dicha situación, salvo que dicho porcentaje de electores sea menor a 500, caso en que necesita el patrocinio de 500 independientes. 2