Rebaja de condena para John Cobin
Después de más de un año tras las rejas, la Corte Suprema decidió recalificar los delitos por los cuales fue castigado el estadounidense. El debate cívico vuelve a crisparse en torno a esa suerte de bandos nacidos para el 18/O, según los cuales unos merecen perdón por motivos humanitarios y otros el más cruel de los castigos por sus actos.
En una inesperada resolución, la Corte Suprema acogió anteayer, de forma parcial, el recurso de nulidad presentado por la Defensoría Penal Pública en favor del estadounidense John Macarewich Cobin, condenado por disparar temerariamente (uno de cuyos tiros hirió en un muslo a Luis Villegas Ahumada y otro dio en el automóvil de Daniel Molina Meza) durante una manifestación en Reñaca el 10 de noviembre de 2019, modificando la pena de 11 a 6 años de cárcel fallada por el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar el pasado 25 de octubre.
De esta manera, la Sala Penal del máximo tribunal anuló la parte del fallo que condenaba a Cobin por los delitos de homicidio frustrado y de homicidio en grado de tentativa, recalificando el primero como lesiones graves y el segundo como daños.
La nueva interpretación argumenta que ni la Fiscalía ni la parte acusadora pudieron acreditar el dolo directo en el accionar de Cobin, ni tampoco el delito de homicidio calificado frustrado que pedían los acusadores, sino solo lesiones graves consumadas, que merecieron una pena de 819 días, además de una segunda de 301 días por daños y una tercera de 3 años y un día por disparo injustificado de arma de fuego.
Las críticas por la recalificación del fallo y el acortamiento de la condena de Cobin -un símbolo de los imprudentes "chalecos amarillos" de los días del estallido- se asocian a la lentitud con la cual la Justicia ha obrado en el caso de los detenidos por incidentes, enfrentamientos con Carabineros, daños públicos y privados, y otras tropelías cometidas desde el 18 de octubre de 2019.
Ello incluso motivó la presentación de un indulto por parte de las senadoras Isabel Allende (PS), Adriana Muñoz (PPD), Yasna Provoste (DC) y sus pares Juan Ignacio Latorre (RD) y Alejandro Navarro (PRO), cuya idea de legislar fue votada favorablemente a fines de enero por la Comisión de Derechos Humanos del Senado, con el apoyo de las senadoras Muñoz, Provoste y Latorre; y el rechazo de Felipe Kast (Evópoli) e Iván Moreira (UDI).
De esta forma, el proyecto de ley sigue su tramitación en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, donde algunos como el senador Pedro Araya (Ind.) ya anticipan una ardua discusión ("en Chile no existen presos políticos; las personas que se encuentran detenidas en causas relacionadas con el estallido social tienen que ver con la comisión de ciertos delitos, no están presos por sus ideas o pensamientos", aseveró), para luego continuar su curso en la Comisión de Seguridad.
Así, lamentablemente, el debate cívico vuelve a crisparse en torno a esa suerte de bandos nacidos para el 18/O, según los cuales unos merecen el perdón por motivos humanitarios y otros el más cruel de los castigos por su impresentable oposición. La Justicia vuelve a ser cuestionada.