Suprema revoca sentencia del Tribunal Ambiental: Los Rulos
LIMACHE. Máximo tribunal ordenó al TA pronunciarse sobre el fondo de la reclamación presentada por Salvador Donghi contra la central termoeléctrica.
La Corte Suprema revocó la sentencia emitida el 19 de marzo del 2020 por el Tribunal Ambiental (TA) rechazando la reclamación presentada por el biólogo Salvador Donghi y el arquitecto Arturo Chadwick, representados por el abogado Alejandro Díaz, contra la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que habilitaba ambientalmente la puesta en marcha de la Central Termoeléctrica Los Rulos en la comuna de Limache.
Donghi informó que el máximo tribunal ordenó al TA pronunciarse sobre el fondo de la reclamación que cuestionó el proyecto argumentando que la zona sería afectada por un aumento en la concentración de material particulado (MP) 2,5, con un potencial de afectación a la salud humana y al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación constitucionalmente garantizado.
"El TA sostuvo el 2020 que no podía pronunciarse sobre estas materias, aduciendo que algunas de ellas se encontrarían pendientes ante el Comité de Ministros", expuso. "Al respecto la Suprema fue taxativa al señalar, que siendo el Comité de Ministros una instancia administrativa y no judicial, se vulnera el principio de inexcusabilidad al argumentar que el caso expuesto a consideración del TA lo está viendo otra instancia".
La sentencia de la Suprema obliga al TA a revisar las RCA impugnadas el 2018 por los reclamantes y exige al Consejo de Ministros revisar, en un plazo de 60 días, todas las reclamaciones referidas al mismo caso, agregó.
Sienta jurisprudencia
El reclamante señaló que la resolución del máximo tribunal "sienta jurisprudencia al reconocer el primer error denunciado en nuestro recurso de casación, que cuestiona la negativa del TA a pronunciarse sobre las materias sometidas a su conocimiento, aduciendo que nuestra reclamación estaba en manos de Comité de Ministros".
"Definido esto, el fallo nos habilita para ejercer nuestro derecho de exponer ante el TA los vicios cometidos en la tramitación ambiental del proyecto termoeléctrico, que a nuestro juicio impiden calificarlo ambientalmente de forma favorable", subrayó.
Entre los vicios mencionó que hay afectación a la salud humana y a la reserva de la biosfera La Campana - Peñuelas por la emisión de gases de efecto invernadero; y se excluyó de la evaluación ambiental a comunas como Concón, Quintero y Puchuncaví, hoy bajo planes de descontaminación ambiental por material particulado y que, de ejecutarse este proyecto empeorarían su situación ambiental.
Reanudación
También indico que la sentencia "dejó sin efecto el fallo defectuoso del TA, lo que significa que se reanuda el proceso judicial; por lo tanto, trae otra vez a la vista el examen de las ilegalidades en la calificación ambiental del proyecto que esperamos demostrar. Por otra parte, la Suprema ordena al Comité de Ministros resolver las reclamaciones ingresadas por los ciudadanos, para que la decisión de este comité y nuestras alegaciones sean conocidas y resueltas en una sola sentencia".
Ahora, los reclamantes "esperamos la citación del TA para nuevos alegatos. Esta será posterior a lo que resuelva el Comité de Ministros, quienes deberían dejar sin efecto la RCA 78/2017 por adolecer de graves deficiencias técnicas y legales".
19 de marzo de 2020 el Tribunal Ambiental rechazó la reclamación del biólogo Salvador Donghi.
2018 fue el año en que los reclamantes impugnaron la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto.