Comisión define "negacionismo"

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En su sesión de ayer, la Comisión de Ética de la Convención definió un concepto de "negacionismo" de violaciones a los derechos humanos, describiéndola como "toda acción que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad" en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990". En la definición, además de proponer sanciones a quienes vulneren la norma (aunque sin detallarlas), se consideran también vulneraciones en el contexto del estallido social y a los pueblos originarios.