Ocho empresas de la zona no tendrán derecho a huelga por carácter estratégico
REGIÓN. Decisión del Gobierno puede ser apelada por los sindicatos.
Finalmente, el Gobierno, a través de la decisión tomada en conjunto por los ministerios de Economía, Trabajo y Defensa, definió a las empresas del país que tendrán el carácter de estratégico, por lo cual no tendrán el derecho a ejercer la huelga en el marco de un proceso de negociación colectiva.
De un total de 102 designadas bajo esa condición, ocho pertenecen a la zona y corresponden a ESVAL, Chilquinta Energía, Compañía Eléctrica del Litoral SA, Energía Casablanca SA, GasValpo, GNL Quintero, Sociedad Agrícola y Servicios Isla de Pascua SpA, y la Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica (Conafe).
Los trabajadores de estas empresas no podrán ejercer el derecho a huelga en razón al artículo 362 del Código del Trabajo.
"Fueron 134 las que postularon en un primer momento a ser consideradas en este rango, de las cuales 102 fueron designadas como empresas estratégicas excluidas de huelga. Acá se ratificó el criterio de que las firmas de los sectores de servicios sanitarios, eléctricas, tanto en distribución como transmisión, distribuidoras de gas natural y licuado fueran consideradas de utilidad pública", comentó la seremi del Trabajo, Karen Medina, haciendo notar que se incorporaron además algunos puertos, empresas de diálisis, de transportes en zonas alejadas y también el Banco Central.
DiferenciasEn cuanto a las consecuencias que esto tiene para los trabajadores, enfatiza que el procedimiento de negociación es el mismo en cuanto a tiempo y plazos, aunque establece las diferencias. "Como no estamos hablando de huelga, evidentemente, por ejemplo, no deben presentar una propuesta de servicios mínimos", señala la personera.
Sin embargo, aclara que se cautela el entendimiento entre las partes, en base "a una mediación obligatoria de la Dirección del Trabajo que en estos casos igualmente opera y que ha sido fortalecida en la nueva reforma laboral".
DEBE EXISTIR ACUERDOEn esa línea advierte que, aunque no haya derecho a huelga, lo que prima es el acuerdo en base al instrumento de arbitraje de mediación que puede ser solicitada por cualquiera de las dos partes. "La idea es que igualmente se garantice un diálogo fructífero", enfatizó la seremi.
Esta condición de que la compañía sea considerada estratégica se irá revisando cada dos años y, además, los sindicatos de las empresas aludidas tienen derecho a un proceso de reclamación si estiman que la condición de carácter estratégico no corresponde.
empresas fueron las que postularon a ser consideradas de carácter estratégico por el Gobierno. 134
años es la duración que tiene esta característica, tras lo cual debe ser renovada por la autoridad. 2