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Suprema ratifica penas para autores de mortal incendio en caso Lara

JUDICIAL. Tribunal rechazó recurso de nulidad y confirmó condenas de entre 15 y 10 años para los seis implicados.
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Alexis Paredes R.

La Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad y confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso que condenó a los imputados por incendio con resultado de muerte de Eduardo Lara Tapia (71 años), hecho ocurrido el 21 de mayo de 2016 en la ciudad. El guardia municipal falleció cuando cumplía funciones en un edificio de la avenida Pedro Montt, en cuya planta baja funcionaba una farmacia, a la cual manifestantes arrojaron elementos incendiarios que destruyeron por completo el inmueble.

En fallo dividido (rol 16.687-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm- ratificó la sentencia que condenó a Miguel Ángel Varela Veas y Felipe Eduardo Ríos Henríquez a las penas efectivas de 12 años de presidio.

Además, Varela Veas deberá purgar 3 años y un día de presidio, como autor del delito de porte de bomba incendiaria.

En la misma causa se condenó a Constanza Ignacia Gutiérrez Salinas, Hugo Ignacio Barraza Araya, Rodrigo Andrés Araya Villalobos y Nicolás David Bayer Monnard a las penas efectivas de 10 años y un día de presidio, en calidad de coautores del delito de incendio con resultado de muerte.

La Corte Suprema descartó la influencia sustancial en la incorporación de prueba obtenida de manera ilícita en la investigación: "Que así las cosas, la infracción denunciada carece de trascendencia, toda vez que no obstante se prescindiera de los testimonios de los tres agentes de inteligencia que depusieron en el juicio, igualmente se habría tenido por establecida la participación de los impugnantes en los hechos materia de autos, en cuanto existen -y así por lo demás lo determinaron expresamente los sentenciadores del grado, conforme se expuso en el motivo que antecede- otros medios de prueba que permiten de igual manera arribar a la convicción de que fueron partícipes de los hechos que se les atribuyen", dice el fallo.

Agrega que: "Habiéndose establecido por esta Corte que, por una parte, no existió infracción de garantías fundamentales en la incorporación al proceso penal del informe secreto N° 76 y de las probanzas que de éste se derivaron y, por otra, que la infracción del derecho a defensa de los acusados, en cuanto se vieron impedidos de controlar adecuadamente la prueba de cargo rendida, carece de trascendencia y sustancialidad, la causal de nulidad principal común a los cuatro arbitrios en estudio será desestimada".

La sentencia en primera instancia se conoció el pasado 7 de julio en el Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, juicio en el cual la defensa de los implicados cuestionó la validez de parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en relación a informe reservado de la Jefatura de Inteligencia (JIPOL) de la Policía de Investigaciones, puesto que el OS-9 de Carabineros, en la parte inicial de la investigación, seguía los pasos de otros sospechosos que habrían causado el incendio.

Como parte querellante en el proceso, el intendente regional, Jorge Martínez, valoró la resolución de la Corte Suprema en uno de los casos que estremeció a la opinión pública local y nacional, producto de la muerte de un querido funcionario municipal.

"Como Intendencia fuimos querellantes en esta causa y valoramos que la Corte Suprema de Justicia haya confirmado la sentencia en contra de los condenados por el delito de incendio con resultado de muerte de Eduardo Lara. Esta sentencia debe ser y constituirse en una señal para todos los chilenos que nadie está al margen o fuera de la ley y que la violencia en ningún caso es un modo de expresión ni un modo de resolver ningún tipo de conflicto; la violencia sólo genera más violencia y en este caso causó que una familia perdiera a su ser querido, que la ciudad perdiera a un gran funcionario público muy querido y respetado por todos, que en definitiva perdiéramos una vida. Llamamos a que no se ejerza la violencia, que no se permita, que no se tolere ni directa ni indirectamente bajo ninguna circunstancia", comentó la autoridad regional.

Los dos principales condenados -Varela y Ríos- están en calidad de prófugos y sin cumplir las cautelares dictadas, por lo que una vez ejecutoriada la sentencia se espera que emanen sendas órdenes de captura en su contra.

El fiscal jefe de Valparaíso, Cristián Andrade, valoró que, con la resolución de la Suprema, "ha quedado firme el fallo de dar cumplimiento efectivo de las penas dictadas. El fallo deja conforme a la Fiscalía, toda vez que reafirma la línea de investigación que llevó a acusar a los imputados en este caso. Con ello también la familia de don Eduardo Lara cierra judicialmente la arista penal del caso de su muerte".

"Fuimos querellantes y valoramos que la Corte Suprema haya confirmado la sentencia en contra de los condenados"

Jorge Martínez, Intendente regional"

Los hechos que acreditó la Fiscalía

El 21 de mayo del año 2016, el grupo de condenados asistió a la marcha convocada por organizaciones como la CUT, ANEF y la Confech en Valparaíso, con motivo de la Cuenta Pública. Parte de ellos se reunió cerca de las 10:30 de la mañana en los alrededores de la tienda Entel, en la avenida Pedro Montt, que también fue objeto de ataques. Luego se juntaron con Miguel Varela para ir la farmacia Ahumada. Encapuchados y con herramientas, Hugo, Felipe, Nicolás, Rodrigo y Miguel Ángel violentaron la cortina metálica del local. Miguel Ángel lanzó una bomba tipo molotov y Felipe Ríos hizo que se propagara, arrojando una botella con líquido acelerante.

Solicitan extender plazo de indagación sobre caso Nibaldo

VILLA ALEMANA. Audiencia que revisará petición se fijó para el 26 de este mes.
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El desenlace de uno de los casos policiales más impactantes del último tiempo en la región deberá seguir esperando. Y es que la investigación por el homicidio y posterior descuartizamiento del profesor de Villa Alemana, Nibaldo Villegas, vencía mañana sábado 22 de diciembre. Sin embargo, durante las últimas horas el Tribunal de la comuna recibió dos solicitudes para aumentar el plazo de indagación, fijado inicialmente en 120 días desde que fueron formalizados Johanna Hernández y Francisco Silva, ambos en prisión preventiva desde entonces.

Según fuentes ligadas al caso, las dos peticiones llegaron por parte de los abogados defensores de los imputados. La solicitud coincide con que a la fecha aún no se conoce el examen psiquiátrico que el Servicio Médico Legal de Santiago le practicó a Silva en octubre pasado, a lo que se suma que recién la semana pasada el Tribunal ordenó realizarle la misma pericia a Johanna, cuyo abogado se había negado en un principio tras acusar al fiscal José Miguel Subiabre de vulnerar el secreto de la investigación.

De esta forma, durante la tarde de ayer el Juzgado de Villa Alemana decidió fijar para el miércoles 26 de diciembre la audiencia donde se discutirá la ampliación de plazo.

Uno de los sobrinos del fallecido profesor, Bernardo Canales, aseguró a primera hora de ayer que desconocían si alguna de las partes había presentado una petición de este tipo. "El cierre de la carpeta investigativa debía ser hoy (ayer), es la última información que tenemos referente al caso. Hoy se tenía que cerrar, pero no sabemos si se levantó alguna otra solicitud", comentó el familiar.

Al conocer la información, el sobrino aseguró que "lo más probable es que ellos lo hayan realizado para alargar el tiempo del caso y ver si es que nosotros bajamos la guardia, lo que no va a ocurrir".

De todas formas, Canales sostuvo que "para nosotros es importante que se realicen todas las pericias para que así, en un eventual juicio oral, no se siga alargando el tema". "Si es que se solicitó una ampliación es porque quizás no se conocen aún las pericias psicológicas de la diputada o aún no se somete a los exámenes, pero lo desconocemos", indicó.

En paralelo a la discusión sobre el aumento de plazo, el miércoles de esta semana la Fiscalía solicitó agrupar las causas que existían en torno al homicidio de Villegas. Así, a la investigación sobre la muerte del profesor se sumó la denuncia por presunta desgracia que habían interpuesto sus familiares antes de que se revelara que el torso que apareció flotando en Valparaíso correspondía a él. Dicha solicitud fue acogida por el Juzgado de Villa Alemana.

Este Diario solicitó obtener una versión del fiscal respecto al desarrollo de la investigación. Sin embargo, desde el área de comunicaciones de la Fiscalía Regional indicaron que no se iba a referir por ahora a la espera de que se revisen las solicitudes judiciales.

"Para nosotros es importante que se realicen todas las pericias para que así, en un eventual juicio oral, no se siga alargando el tema"

Bernardo Canales, Sobrino de Nibaldo"

solicitudes de ampliación de plazo se presentaron ad portas de que se cerrara la investigación. 2

de diciembre será la audiencia para discutir ambas peticiones, las que habrían ingresado ambas defensas. 26