Rechazan amparo y confirman legalidad de prisión preventiva
CASO LÓPEZ. Presidente de la Cuarta Sala de la Corte porteña, Raúl Mera, explicó que por unanimidad se rechazó la acción de la defensa del cineasta.
Por unanimidad, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó ayer el recurso de amparo que interpuso la defensa del cineasta Nicolás López para revocar la prisión preventiva que resolvió el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Viña del Mar, como medida cautelar a la espera de que la sentencia de 5 años y un día por dos delitos de abuso sexual contra el cineasta sea ejecutoriada.
La defensa de López recurrió a la acción legal por considerar que lo dictado por el TOP de Viña del Mar era ilegal e inconstitucional, lo que fue desechado en todas sus formas por el tribunal de alzada, al considerar que sí era legal la determinación de prisión preventiva interpuesta por el tribunal viñamarino. El presidente de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Raúl Mera, explicó que "fue rechazado por estimarse que la aludida resolución no es ilegal y tampoco inconstitucional".
Consignó que no es ilegal porque la determinación "fue dictada por el tribunal competente, es decir, el tribunal que conoce del juicio y en el curso de ese juicio, luego de terminada la sentencia, pero no estando está todavía firme, es decir, todavía pudiendo recurrirse y tratándose de una medida que está contemplada en la ley como una hipótesis posible".
En un análisis de fondo, manifestó el juez, la resolución del TOP de Viña del Mar está fundada "en un aspecto central y que la Corte consideró importante, consistente en que hay un elemento nuevo procesal como es la dictación de una sentencia que le impuso al señor López una pena de cárcel, es decir, una pena de cumplimiento efectivo en encierro. Ahora bien, si esto es o no suficiente para decretar una prisión preventiva, esa es un cambio de circunstancia con el peso, con el mérito suficiente para ello, estimó la Corte que es una cuestión ajena al problema de ilegalidad que es el único que conoce el recurso de amparo. El recurso de amparo no entra a determinar el peso de los fundamentos, el mérito de la resolución, para esos son los recursos de apelación" y destacó que "la prisión preventiva se mantiene, puesto que no fue declarada ilegal".
Alegatos
En los alegatos realizados ayer, minutos antes de la resolución de rechazo al recurso de amparo, la defensora de López, Paula Vial, argumentó que en su momento (antes del juicio) se solicitó la prisión preventiva, la que fue rechazada por el tribunal, dando a conocer después que "la prisión preventiva es ilegal, es arbitraria y por eso se justifica el recurso de amparo". Cuatro años López estuvo con medidas cautelares.
Sin embargo, la fiscal Paula Valdés manifestó que tras la dictación de la sentencia se estableció por el tribunal "un patrón de conducta" por parte de López tras ser sentenciado por dos delitos de abuso sexual, por lo que se podría establecer un peligro de reiteración, lo que "los jueces pudieron plasmar en una sentencia de aproximadamente 700 páginas". La querellante Grace Schmidt, en tanto, dijo que "más que un recurso de amparo es un recurso de apelación claramente".
"La prisión preventiva se mantiene, puesto que no fue declarada ilegal".
Raúl Mera, Pdte. Cuarta Sala de la, Corte de Apelaciones
"No entendemos el reproche de la defensa con esta acción constitucional que está encubierta como una apelación".
Paula Valdés, Fiscal del caso