Asociación de Notarios cuestiona indicación sobre proyecto de ley que simplifica trámites
LEGISLACIÓN. Gremio pide dejar fuera a los contratos que pueden tener efectos patrimoniales en terceros, así como los actos de familia, y advierte que podría generar un perjuicio económico al Fisco.
La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó recientemente en general el proyecto que suprime o modifica la intervención de notarios públicos en ciertos trámites, propuesta que elimina de varias normas el requisito de escritura pública o de autorización notarial cuando no sea estrictamente necesario, y que en una de sus indicaciones generó la oposición del gremio.
Al respecto, el presidente (s) de la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile, Alfredo Martin, recordó que "nosotros sostuvimos que estábamos de acuerdo en la simplificación de varios trámites, pero que había que hacer una diferenciación muy clara entre aquellas declaraciones que son de hechos propios, como 'vivo en tal parte', 'tengo tal residencia', y aquellos actos y contratos que tienen efectos en derechos de terceros, efectos patrimoniales o que se refieren a actos de familia, porque no nos parece razonable que se aplique la misma rigurosidad para hacer una declaración de soltería que para que salga del país un menor".
Firma electrónica
El dirigente advirtió que "hay una indicación que presentó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que hace más preocupante esta norma, porque esta indicación tiene por objeto traer a otra instancia una discusión que se está llevando a efecto en el Senado y que tiene relación con la modificación de la ley sobre firma electrónica avanzada y documentos electrónicos, la Ley 19.799".
Martin explicó que "en ese proyecto se ha discutido mucho la indicación que presentó el Ministerio de Justicia en cuanto a que todos los actos que requieran de solemnidad, de comparecer ante notario, se entenderá cumplida esa solemnidad por el solo hecho que el acto conste de un documento electrónico suscrito por el otorgante o las partes, según corresponda, con firma electrónica avanzada y fechado electrónico".
Frente a ello, la Asociación de Notarios envió una carta a la diputada Karol Cariola, presidenta de la Comisión de Constitución, solicitándole ser recibidos nuevamente en la instancia, a fin de exponer sus reparos frente a esta indicación, dado que se ingresó en una fecha posterior a la que ellos expusieron ante la comisión.
En dicho documento, firmado por Martin, el gremio notarial plantea que "lo propuesto se trata de una norma que ya se debate en otro proyecto de ley. Dicha norma tiene impacto en la seguridad jurídica, ya que se trata de una disposición genérica y de extraordinaria amplitud que, según los antecedentes, busca (sin explicitarlo) establecer la equivalencia de los documentos electrónicos suscritos con Firma Electrónica Avanzada y Sellado de Tiempo, con todos aquellos instrumentos autorizados por notario, en los que solo pareciera ser necesario la acreditación de identidad y determinación de la fecha, sin entrar a una categorización de los mismos".
La Asociación de Notarios advierte que "acerca del fondo de la propuesta, surgen preocupantes dudas, por cuanto se pretende que un certificado de soltería o de residencia quede sujeto a la misma exigencia y estándar de seguridad para las transferencias de vehículos, la venta de bienes muebles, de acciones y otros actos o contratos que (...) afectan derechos de terceros, constituyen actos de familia o tienen significativos efectos patrimoniales".
Luego entregan cuatro fundamentos "para desvirtuar la equivalencia propuesta", y en uno de ellos alertan que "la tecnología en ningún caso permite dar seguridad respecto a que la persona que firma está en condiciones de entender el acto o contrato que suscribe (no privada temporal o permanente de sus facultades), si tiene o no capacidad plena para administrar o disponer de sus bienes y si se encuentra efectivamente actuando libremente".
Por otra parte, la Asociación de Notarios hace presente que la propuesta del Ministerio de Justicia "puede generar un claro perjuicio Fiscal, ya que no hay referencia alguna de cómo las actuaciones realizadas de manera electrónica quedarán sujetas a la vigilancia en el pago de los impuestos en todos aquellos actos o contratos afectos a dicho pago, tales como letras, mutuos, pagarés, reconocimientos de deudas con plan de pago, compraventa de vehículos y otros. No se puede dejar de lado que los notarios tenemos la obligación de vigilar el pago de los impuestos y somos solidariamente responsables del pago de los impuestos que gravan los actos o contratos que autorizamos, lo que no ocurre con las empresas certificadoras".
Pensión alimenticia
Asimismo, advierten que "otra materia preocupante se da en el ámbito de aplicación de la Ley N° 21.389, que, entre otras materias, crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, en la cual los notarios deben estar enrolados para vigilar la realización de varios trámites, que estarían comprendidos en la indicación presentada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, tales como finiquitos, compraventa de vehículos y otros, a diferencia de las empresas certificadoras, que no tienen tales obligaciones, y dicha normativa se prestaría para eludir, por parte de los deudores, una situación tan delicada y sensible, como lo es el resguardo del pago de la pensiones alimenticias".
Consultado sobre si la oposición del gremio notarial también responde al perjuicio económico que sufrirían si se aprueba la indicación en cuestión, Martin aseguró que "no es el tema, los argumentos que entregamos van mucho más allá de lo monetario, y esto se desdice fácilmente: cuando viene una persona que no está en su cabalidad a otorgar un mandato general, yo no le tomo la firma, no autorizo el contrato porque la persona no está en su sano juicio. ¿Y qué es lo que hice en ese momento? Renuncié al ingreso".
Asimismo, recordó que "al Ministerio de Justicia le propusimos más de 12 trámites que tenían que salir de nuestra esfera, entonces no nos digan que aquí estamos defendiendo los recursos, porque estamos lejos de eso. Si nuestro único objetivo fueran los ingresos el mundo jurídico estaría lleno de contratos inválidos, porque autorizaríamos cualquier cosa con tal que ingrese".
Diputados matizan
Para la diputada Camila Flores (RN), integrante de la Comisión de Constitución, "esta normativa va en la línea correcta en el sentido de avanzar a tener una menor burocratización de los trámites notariales, sobre todo de aquellos que son trámites simples y que no requieren necesariamente la presencia de un notario, ya que hoy en día se puede realizar de forma electrónica y tener exactamente la misma validez legal".
El diputado Luis Fernando Sánchez (Partido Republicano), también miembro de la instancia, planteó que "los republicanos estamos convencidos de que hay que disminuir la burocracia, facilitar trámites y ayudar a la gente, especialmente a los más pobres y la clase media, haciéndoles más simple la vida. Este proyecto de ley está bien inspirado, pero tiene problemas. Hay trámites que se propone eliminar que generarían incertidumbre para cuestiones muy importantes, como por ejemplo, algunas concesiones, y también la representación legal de diversas entidades, documentos que se propone desnotarizar. Creo que algunas propuestas del Gobierno son excesivas y será responsabilidad nuestra en la Comisión de Constitución modificarlas".
"No nos parece razonable que se aplique la misma rigurosidad para hacer una declaración de soltería que para que salga del país un menor".
Alfredo Martin, Presidente Asociación de Notarios
"Este proyecto está bien inspirado, pero tiene problemas. Hay trámites que se propone eliminar que generarían incertidumbre".
Luis Fernando Sánchez, Diputado Comisión Constitución
44 notarios hay en la Región de Valparaíso actualmente en funciones en todas las provincias.