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Confirman avance del 37% en el Centro Cultural de Concón

OBRA. Municipio ya trabaja en el plan de gestión del lugar.
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Tras seis meses de ejecución del Centro Cultural de Concón, en una visita inspectiva realizada ayer, autoridades confirmaron que la edificación lleva un 37% de avance, por lo que se espera esté terminada antes del periodo final de la obra que tiene plazo para abril de 2019.

El encargado de la inspección técnica de la Dirección de Obras municipal, Bruno Porras, aseveró que "de acuerdo a los estados de pago que hemos cursado, tenemos un avance sobre el proyectado, así que, por ese lado, va bien la obra (...). La obra ha caminado bien hasta el momento y esperamos que para el invierno pueda avanzar igual".

La encargada del área de cultura del municipio de Concón, Helena Vásquez, confirmó que ya están trabajando el plan de gestión con la ciudadanía. En este sentido, aseveró que la herramienta permitirá completar "la programación, la utilización de los espacios y la parte administrativa de esta infraestructura", una vez terminada la obra.

Demandantes por incendio de Rodelillo insisten en responsabilidad de RVC y Esval

JUDICIAL. Abogados de damnificados piden nulidad del juicio por "graves vicios contenidos en el fallo", el cual sólo condena a soldador de constructora a millonaria indemnización. Defensor de inmobiliaria demandada desestimó imputaciones.
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Alexis Paredes R.

Los abogados que representan a más de 150 familias que perdieron sus viviendas tras el gran incendio del 14 de febrero de 2013 y que dejó como saldo cuantiosas pérdidas materiales en Rodelillo y cerros colindantes apelaron al fallo del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, que en la demanda de indemnización de perjuicios sancionó como único responsable al soldador de la empresa RVC Constructora, Carlos Rivas Quiroz, a un pago superior a los $ 900 millones.

En la sentencia, la jueza Carmen Gloria Vargas exculpó por "falta de pruebas" a los codemandados, Inmobiliaria e Inversiones RVC SPA, por ser el titular del permiso de edificación otorgado por la DOM de Valparaíso, empresa dueña de la obra donde se ejecutaban los trabajos de soldadura que dieron inicio al incendio en la calle Navío San Martín del cerro San Roque y del cual el trabajador era dependiente, y contra la sanitaria Esval, debido a que los grifos no tenían agua, lo cual impidió a Bomberos combatir el avance de las llamas, dejando como saldo más de 300 casas destruidas.

Los abogados demandantes, Rodolfo Precht y Vladimir Mondaca, presentaron sendos recursos de apelación y casación en la forma ante el tribunal de alzada porteño, con lo cual se busca anular la sentencia en primera instancia ante "los vicios contenidos en el fallo".

El abogado Mondaca subrayó que entre los argumentos de la magistrada para exculpar a RVC da cuenta que no se habría demandado a la empresa correcta, en este caso la constructora y no la inmobiliaria. Sin embargo, en la respuesta a la demanda "no se distingue entre ambas, pero en el fondo, el mandante de estas obras es RVC SPA, que tiene varias filiales. "El titular del permiso de edificación obtenido en la DOM de la Municipalidad de Valparaíso para construir el edificio de departamentos es RVC Spa y no la constructora RCV Ltda., aun cuando ambas son parte del holding RVC. Ese permiso de edificación, conforme al artículo 18 de la Ley de Urbanismo y Construcciones, hace responsable al denominado propietario primer vendedor, es decir, la inmobiliaria, de los defectos constructivos y de los daños que se provoquen. Ese es el grave error que contiene la sentencia y que permite eximir de responsabilidad a Inmobiliaria RVC Spa", afirmó.

La mayor irregularidad que se denuncia en la apelación es que la jueza Carmen Gloria Vargas da lugar a la confesión del trabajador Carlos Rivas, "sabiendo que Rivas no se presentó al juicio. Otorga un privilegio procesal enorme, al permitirle citar a confesar hechos a un codemandado de RVC y Esval, sabiendo que nunca concurrió al juicio. La jueza sabía que en los dos juicios acumulados Carlos Rivas no contestó la demanda. Sin embargo, se le tomaron por contestadas afirmativamente las preguntas contenidas en un pliego para absolver posiciones, que se la pide la misma RVC, y en el que deslinda toda responsabilidad de la empresa, algo totalmente irregular, ya que Carlos Rivas no estaba en el juicio, nunca apareció".

Mondaca insiste que en la sentencia "la jueza concluye que Carlos Rivas no tiene nada que ver con RVC SPA, le da valor a esa prueba conforme a la absolución de posiciones, que se hace sólo en papel y que, por tanto RVC Spa, no tiene nada que ver en estos hechos".

El jurista recalcó además que con esta decisión se contradice toda la prueba penal, que tiene incidencia en los juicios civiles respecto de los hechos que se logran acreditar en un proceso penal. "En el juicio penal era muy claro y evidente que la responsabilidad penal era de Carlos Rivas, pero el gerente que fue a declarar, el prevencionista de riesgo, los bomberos, siempre hablaron de las medidas de prevención que tomó la empresa RVC Spa, nunca se habló de la constructora. La Ley de Urbanismo es clara, el responsable civil de los daños es el propietario primer vendedor, en este caso la Inmobiliaria RVC Spa, que tiene el permiso de edificación que otorgó la DOM, y no la constructora. Ese va a ser el debate y esperamos que la Corte así lo valore para que se haga justicia", recalcó Mondaca.

Respecto al fallo civil y la apelación de los querellantes, el abogado de la Inmobiliaria RVC SPA, Juan Carlos Manríquez, salió al paso de las críticas y enfatizó que "el fallo es muy sólido y los recursos se basan en un supuesto errado. La demanda fue interpuesta contra una empresa equivocada y eso fue expuesto de inmediato. Jurídicamente el asunto fue correctamente resuelto por el tribunal."

Sobre una eventual responsabilidad de la empresa fundada en el permiso de edificación que entregó la DOM, el defensor afirmó que "la empresa que representamos no es responsable de daño alguno. Ese es otro argumento que no tiene ninguna relación con el caso y que no formó parte del juicio".

Respecto a que la jueza haya aceptado una eventual confesión de Carlos Rivas, pese a que no compareció a las citaciones al juicio civil, a través de preguntas realizadas por abogados de RVC y que se tuvieron por contestadas afirmativamente, en lo que se basó para concluir que Rivas no tiene un vínculo jurídico con RVC Spa, Manríquez fue tajante: "No es cierto. El tribunal analizó la totalidad de la prueba rendida por las partes y los peritajes de ingeniería muy concluyentes de las más prestigiosas universidades de este país. RVC no ha causado mal alguno en estos hechos tan lamentables".

Esval: "Nuestras redes funcionaron"

Consultados por el fallo en primera instancia del tribunal civil que también exculpó a Esval del pago de cualquier tipo de indemnización a los afectados, desde la sanitaria afirmaron que "en el caso del lamentable siniestro de Rodelillo de 2013 aportamos toda la información requerida para el desarrollo de la investigación, ratificando con un análisis técnico que nuestras instalaciones y redes funcionaron adecuadamente durante todo el transcurso de la emergencia. Seguiremos colaborando con la investigación, como siempre hemos hecho, hasta el cierre definitivo de este caso".

"El fallo es muy sólido y los recursos se basan en un supuesto errado. La demanda se interpuso contra una empresa equivocada"

Juan Carlos Manríquez, Abogado Inmobiliaria RVC"