La ley por medio de la cual se elegirán los próximos gobernadores regionales no fue apresurada: su expediente en el Congreso tuvo una duración de más de tres años, de tramitación compleja porque su diseño debía ser compatible con la naturaleza de un Estado unitario y universalista. En pocas palabras, las regiones no ganaron batallas al centralismo para tener autonomía política y convertirse en Estados federados.
Al contrario, el Estado de Chile mediante iniciativa presidencial y acuerdo del Congreso, les ha otorgado a sus divisiones administrativas intermedias denominadas Regiones, el derecho a autogobernarse con el objetivo de buscar el desarrollo social, cultural y económico territorial del país.
La crítica transversal ha sido que son gobiernos que tienen pocas competencias. ¿Con que régimen subnacional lo están comparando sus críticos? Se supone que no lo hacen con Argentina, Brasil o Venezuela, que son países federales. Las competencias y facultades de los próximos gobernadores no son pocas ni muchas. Son las suficientes para comenzar a desarrollar gobiernos subnacionales autónomos, aún no asumidos por la cultura política tradicional. Es una convicción a la que se llegó después de revisar las experiencias regionalizadoras de Estados análogos y próximos como Perú, Colombia o Bolivia.
Para incrementar paulatinamente el poder del Gobierno Regional, la ley incluye un procedimiento de transferencia de nuevas competencias, basado en una relación de colaboración mutua entre la Presidencia y la gobernación. Sin embargo, competencias están sujetas sólo a "las materias de ordenamiento territorial, fomento de actividades productivas, y desarrollo social y cultural" (Art. 21 bis), aunque las materias son manifiestamente generales.
La gran relevancia política que tendrán los Gobernadores Regionales es la elección por parte de una comunidad electoral regional de una autoridad máxima. Sus labores más importantes serán las de administrar la Región, representarla ante terceros y priorizar la inversión pública regional.
Su valor reside en que será una autoridad autónoma del poder central, que contará con facultades y atribuciones de origen otorgadas por la ley, así como las nuevas transferidas por el actual gobierno, y será apoyada por un cuadro administrativo que crecerá al doble de los actuales funcionarios de las intendencias, así como de nuevos órganos auxiliares.
También contará con recursos para enfrentar su labor, ya que a los montos del FNDR se deben adicionar los recursos propios y los otorgados por ley, como los porcentajes derivados de las patentes acuícolas, mineras y concesiones de casinos de juego.
Henry Saldívar Canales Profesor de Filosofía PUCV y Cientista Político P UC